COMO ES EL FORMATO DE DEMANDAD RECONOCIMIENTO DE PATARNIDAD
Enviado por nero88 • 14 de Diciembre de 2015 • Trabajo • 4.515 Palabras (19 Páginas) • 149 Visitas
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
VS XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX JUICIO: RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD
ESCRITO INICIAL DE DEMANDA
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO CON RESIDENCIA EN MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E:
XXXXXXXXXXXXX, por mi propio derecho, en nombre y representación de mi menor hijo de nombre XXXXXXXXXXXXX, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de escritos y notificaciones el ubicado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX autorizando en términos del 4° párrafo del artículo 112 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal Señor Licenciado en Derecho XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con número de cedula profesional XXXXXXXXXX expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública así como mi Mandatario Judicial; asimismo autorizando para oír y recibir todo tipo de notificaciones del 7° párrafo del artículo 112 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal al Licenciado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, así como los estudiantes en derecho XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito en vía de ordinario civil, vengo a demandar del C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX quien puede ser emplazado en el domicilio ubicado en la calle de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, las siguientes:
PRESTACIONES
a) El reconocimiento expreso de la paternidad que ejerce el demandado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX sobre mi menor hijo ROBERTO ALEXANDER RODRÍGUEZ MARTÍNEZ.
b) Derivado de la prestación anterior y como prestación accesoria, la tildación y anotaciones correspondientes que se realice en el acta de nacimiento del menor hijo de las partes y en específico, la tildación que se especifique en el acta de nacimiento del menor con los datos del demandado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, reconociendo la paternidad que dicho demandado deberá ejercer sobre el menor, así como los nombres y apellidos de los abuelos maternos XXXXXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXXX y los abuelos paternos XXXXXXXXXXXXXXXX
c) La guarda y custodia provisional y en su momento definitiva de mi menor hijo XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
d) Se garantice los alimentos conforme a la ley sustantiva de la materia, así como el pago del retroactivo de los mismos en un tiempo comprendido al de la edad de mi hijo.
e) El pago de los gastos y costas que con motivo de este juicio se lleguen a originar.
Se funda la acción, en los siguientes puntos de hecho y consideraciones de derecho:
HECHOS
1.- Es el caso que en el mes de febrero del año de 20XX conocí al hoy demandado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y a consecuencia de esto sostuvimos una relación amorosa y producto de ésta la suscrita dio a luz a un menor hijo
2.- Es el caso que la suscrito manifestó al demandado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con fecha Junio de 20XX, se me encontraba embarazada, manifestándole al demandado la paternidad a la que tiene obligación y derecho a ejercer.
3.- Es el caso que durante el tiempo de gestación el hoy demandado y el suscrito convivíamos de manera armónica y sin problema alguno, y así mismo el demandado visitaba de forma consecutiva a la accionante, tal y como cualquier relación de noviazgo es normalmente .
4.-Es el caso que derivado del hecho anterior el demandado entregaba de manera irregular e insuficiente, dinero a la suscrita para efectos de cubrir en parte los gastos que se generaban durante el embarazo.
5.- Es el caso que la de la voz siempre le propuesto al demandado y hasta la fecha se mantiene en ésta postura para efecto de que reconozca la paternidad que ejerce sobre mi menor hijo, así como registrar de manera correcta conforme a las leyes mexicanas y ante el Registro Civil correspondiente y competente, toda vez que es derecho elemental y de interés superior de mi menor hijo.
6.- Es el caso que el demandado un mes antes de dar a luz a mi menor hijo, se negó rotundamente a registrar al antes referido menor con los apellidos del hoy enjuiciado argumentando que: “él no se iba a hacer responsable y que era mi problema, por lo que manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD a su Señoría que el demandado ES EL PADRE BIOLÓGICO DEL MENOR.
7.- Es el caso que la suscrita dio a luz a un hijo XXXXXXX con fecha XXXX de febrero de 20XXX en el XXXXXX México y aunado a esto el hoy enjuiciado se ha negado a procurar a mi menor hijo de manera correcta, bastante y necesaria en todos los ámbitos desde esta fecha.
8.- Es el caso que mis intentos de llegar a un arreglo conciliatorio con el hoy enjuiciado han sido en vano, toda vez que éste se ha negado a reconocer la paternidad que éste ejerce sobre mi menor hijo, así como registrar con sus apellidos al referido menor.
Y para mayor abundamiento se citan las siguientes jurisprudencias:
JUICIOS DE PATERNIDAD. EN LOS CASOS EN QUE A PESAR DE LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS DE APREMIO LOS PRESUNTOS ASCENDIENTES SE NIEGAN A PRACTICARSE LA PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE GENÉTICA (ADN), OPERA LA PRESUNCIÓN DE LA FILIACIÓN CONTROVERTIDA (LEGISLACIONES DE NUEVO LEÓN Y DEL ESTADO DE MÉXICO).-Conforme a los artículos 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., 6o., 7o. y 8o. de la Convención sobre los Derechos del Niño; y 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los menores tienen derecho a conocer su identidad, y la importancia de ese derecho fundamental no sólo radica en la posibilidad de que conozcan su origen biológico (ascendencia), sino en que de ese conocimiento deriva el derecho del menor, constitucionalmente establecido, de que sus ascendientes satisfagan sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, para su desarrollo integral, además de que puede implicar el derecho a una nacionalidad determinada. Por otra parte, los Códigos de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León y del Estado de México establecen medidas de apremio a través de las cuales los Jueces y Magistrados pueden lograr que sus determinaciones se cumplan. Así, cuando en un juicio de paternidad se ordena el desahogo de la prueba pericial en materia de genética (ADN) y el presunto ascendiente se niega a que se le practique, es constitucional que se le apliquen dichas medidas para que se cumpla la determinación del juzgador, pero si a pesar de esas medidas no se logra vencer la negativa del demandado para la realización de la prueba, esto no significa que se deje a merced de la voluntad del presunto ascendiente el interés superior del menor, y que dicha negativa u oposición para la práctica de la prueba quede sin consecuencia alguna, ya que en todo caso debe operar la presunción de la filiación controvertida porque, por una parte, el artículo 190 bis V del Código de Procedimientos Civiles de Nuevo León así lo señala expresamente y, por otra, aunque la legislación del Estado de México no precisa esa circunstancia en una norma expresa, atendiendo al interés superior del niño y de una interpretación extensiva y analógica de los artículos 1.287 y 2.44 del Código Procesal Civil de esa entidad federativa, que establecen los supuestos de confesión ficta y reconocimiento de documentos, se concluye que ante la negativa del presunto ascendiente a practicarse la mencionada prueba, debe operar la presunción de la filiación, salvo prueba en contrario, pues como se ha dicho, considerarlo de otra manera llevaría a dejar el interés superior del niño a merced de la voluntad del presunto progenitor y no se respetaría su derecho fundamental a conocer su identidad.
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