CONCEPTO Y PRINCIPIO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
Enviado por reina16 • 13 de Octubre de 2013 • Tesis • 1.061 Palabras (5 Páginas) • 382 Visitas
1): CONCEPTO Y PRINCIPIO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
Concepto: es un conjunto de normas y principios que rigen el ejercicio de una de las funciones del poder, de la administrativa. Los Derecho Administrativo. Rama jurídica que fija los principios y analiza las normas que orientan y regulan las relaciones sociales que se producen en la organización y actividad de la Administración del Estado, considerada en todas sus esferas tanto nacional como local. Es el conjunto de normas y principios que rigen el ejercicio de una de las funciones del poder, administrativo.
Principios: Por tales, se entienden aquellos principios que rigen el nacimiento, interpretación, aplicación y operatividad de las normas jurídicas que regulan las distintas facetas en que se desenvuelve el Derecho Administrativo o Administración Pública:
Principio de auto tutela: Al tener como base la potestad reglamentaria de la Administración Pública, que le permite crear sus propias normas e interesar ante la jurisdicción correspondiente, a la legalidad de un acto emitido por ella.
Principio de legalidad: Se concreta a la actuación de la Administración Pública en consonancia con la Ley y el Derecho; es decir, se conforma a partir de lo reglado expresamente por la Ley. Este principio guarda estrecha y consustancial relación con la existencia de las potestades administrativas, sobre todo con la discrecional, coercitiva, sancionatoria y reglamentaria.
Principio de objetividad normativa: Se relaciona con la mutabilidad de las normas jurídicas que regulan la actuación de la Administración Pública, dado que la incongruencia de la realidad con la norma haría el Derecho Administrativo inoperante, debido a la necesidad de actualización que requiere para la seguridad jurídica de las normas frente al poder público.
Principio de autoridad: Reconocido en el ordenamiento jurídico, como una noción legal a partir de la regla estatuida, la que establece a quién y en qué medida se debe obedecer cuando se trata de la satisfacción de los intereses de la colectividad, asimilando éstos al interés público o social, aunque es conveniente acotar, que visto ese ordenamiento legal como líneas generales determinantes de la acción administrativa, en cuanto a los objetivos a alcanzar y los medios a adoptar, debido a que también existe la denominada discrecionalidad administrativa, con respaldo del principio de legalidad.
2): BASE FUNDAMENTALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
Bases fundamentales del Derecho Administrativo
ARTS 1 al 6 LOPA.
La Administración Pública Nacional y la Administración Pública Descentralizada, integradas en la forma prevista en sus respectivas leyes orgánicas, ajustaran su actividad a las prescripciones de la presente ley.
Las administraciones Estadales y Municipales, la Contraloría General de la República y la Fiscalía General de la República ajustaran igualmente sus actividades a la presente ley, en cuanto les sea aplicable.
Toda persona interesada podrá por sí o por medio de su representante dirigir instancias o peticiones a cualquier organismo entidad o autoridad administrativa. Estos deberán resolver las instancias o peticiones que se les dirijan o bien declarar en su caso los motivos que tuvieren para no hacerlo. Los funcionarios y demás personas que presten servicios en la administración pública están en la obligación de tramitar los asuntos cuyos conocimientos les corresponda y son responsables por las faltas en que incurran. Los interesados podrán reclamar ante el superior
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