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CONTRATO DE ASOCIACION EN PARTICIPACION.


Enviado por   •  20 de Mayo de 2016  •  Apuntes  •  3.486 Palabras (14 Páginas)  •  515 Visitas

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Convocatoria Pública

CONTRATO DE ASOCIACION EN PARTICIPACION N° XXX-2016-EMUSS S.A. PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE XXX - SURCO SALUD – SEDE XXX.

Conste por el presente documento el CONTRATO DE ASOCIACION EN PARTICIPACION en adelante, el “contrato”, que celebran las partes:

EMPRESA MUNICIPAL SANTIAGO DE SURCO S.A., con RUC No. 20502733851, domicilio legal en la Calle San Borja No. 109 del distrito de Santiago de Surco, Lima, debidamente representado por su Gerente General Miguel Enrique Castillo Aguirre, identificado con DNI No. 09134005, registrado en la Partida Electrónica No. 11304076 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima, a quien se le denominará “EL ASOCIANTE” y de la otra parte, la persona natural o jurídica: XXX con RUC N° XXX, con domicilio en XXX, debidamente representado por su Gerente General, señor XXX, identificado (a) con DNI N° XXX, facultado para suscribir el presente instrumento conforme a los poderes inscritos en la Copia Literal que forma parte del legajo de contratación, debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de SUNARP, a quien en lo sucesivo se le denominará “ EL ASOCIADO”.

En su conjunto a EL ASOCIANTE y a EL ASOCIADO se les denominará LAS PARTES, quienes celebran el presente CONTRATO en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES

EL ASOCIANTE es una Empresa Municipal de derecho privado de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que fue constituida mediante Acuerdo de Concejo N° 20-2001-ACSS de fecha 10 de Abril del 2001, cuyo objeto social fue ampliado el 17 de marzo del año 2014, con la misión de mejorar la calidad de vida de los habilitantes del Distrito de Santiago de Surco, teniendo como finalidad dedicarse a las actividades de gestión, gerencia, asesoría, consultoría y representación de cualquier actividad productiva y comercial de bienes y servicios de interés municipal.

EL ASOCIANTE, conforme a los convenios de Cooperación Interinstitucional suscritos con la Municipalidad de Santiago de Surco; se encuentra encargada de la administración de la Red de Establecimientos Médicos “Surco Salud”, conforme al Acuerdo de Concejo N° 111-2015-ACSS, de fecha 28 de octubre del año 2015.

EL ASOCIADO es una persona natural o jurídica dedicada a brindar servicios, para lo cual cuenta con personal debidamente acreditado y calificado para prestar el servicio solicitado, contando con los equipos e insumos necesarios para tales efectos y para la respectiva obtención de los permisos y licencias de operatividad respectivos.

Mediante Convocatoria Pública, se realizó la selección correspondiente para la implementación del servicio de XXX, cuyo código de selección fue XXX, el mismo que fue adjudicado a favor de EL ASOCIADO.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO

Por el presente contrato, las partes convienen asociarse bajo la modalidad contractual de Asociación en participación con la finalidad de brindar el servicio médico de XXX dentro de las instalaciones de Surco Salud –Sede XXX.

CLAUSULA TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES Y FACULTADES DE EL ASOCIANTE

Por el presente Contrato EL ASOCIANTE se obliga a:

a)         Brindar el espacio físico dentro de las instalaciones de Surco Salud para que EL ASOCIADO lo implemente de acuerdo a sus necesidades técnicas del servicio. Asimismo, EL ASOCIADO deberá de implementar dentro de su servicio, determinado acondicionamiento adicional que disponga EL ASOCIANTE.

b)         Supervisar constantemente la calidad del servicio prestado por EL ASOCIADO, verificando el cumplimiento de las normas técnicas, sanitarias, y de las obligaciones asumidas por EL ASOCIADO. Para estos efectos, EL ASOCIANTE podrá efectuar inspecciones sin necesidad de comunicación, así como remitir o derivar documentación al personal médico designado para la coordinación de los aspectos vinculados al contrato de EL ASOCIADO.

c)         EL ASOCIANTE establecerá convenios con otras instituciones Públicas o Privadas, convenientes para el crecimiento y desarrollo de EL ASOCIADO.

d)         Verificar que los insumos utilizados cumplan con las normas sanitarias vigentes, así como que los equipos e instrumentos cumplan con las especificaciones técnicas requeridas para una adecuada atención, así como el debido mantenimiento.

e)         De ser necesario, EL ASOCIANTE podrá ceder su posición contractual del presente contrato a la Municipalidad de Santiago de Surco u a otra persona jurídica, únicamente, si asume la obligación del cumplimiento estricto de las cláusulas del presente contrato.

f)        En caso EL ASOCIANTE determine que el servicio brindado por EL ASOCIADO tiene mucha demanda en el establecimiento Surco Salud – Sede XXX, cuenta con plena facultad para aperturar uno o más servicios de XXX dentro de las mismas instalaciones; con la finalidad de satisfacer las necesidades de los vecinos de Santiago de Surco y de los usuarios de Surco Salud.

g)         Instalación de un software para la emisión de comprobantes de pago que efectúe EL ASOCIADO de manera exclusiva. EL ASOCIADO no podrá realizar cobro alguno sin el software brindado por EL ASOCIANTE.

CLAUSULA CUARTA: DE LAS OBLIGACIONES Y FACULTADES DEL ASOCIADO

Por su parte, EL ASOCIADO se obliga a:

a)         Implementar y brindar el servicio materia del presente contrato, para lo cual deberá contar con:

  • Equipos de última generación, los mismos que deberán contar con la documentación que acredite dichas condiciones.
  • Profesionales especialistas colegiados y que cuenten con RNE (Registro Nacional de Especialidad), personal técnico, tecnólogos y apoyo administrativo, deberán contar con los documentos que acrediten el cumplimiento de las funciones asignadas en cada uno de los servicios.
  • Presentar registro sanitario en caso lo amerite.
  • El personal Médico y técnico deberá cumplir con las normas de Bioseguridad según el D.S. 013-2006-SP.
  • Mantener una adecuada limpieza, desinfección y esterilización  de las áreas entregadas para la realización de sus prestaciones.
  • Garantizar las prestaciones de la especialidad en el horario establecido por Surco Salud para las actividades asistenciales.
  • Todo el personal deberá estar correctamente uniformado, llevando los distintivos de la institución, así como los formatos y publicidad utilizados en el servicio.

b)         EL ASOCIADO, abonará el porcentaje que corresponde a favor de EL ASOCIANTE, máximo 72 horas después de que EL ASOCIADO haya recibido la producción entregada por el área de sistemas de EL ASOCIANTE, cuyos cortes serán los días 10 y 25 de cada mes. Asimismo, en dichos cortes, deberá entregar EL ASOCIADO a EL ASOCIANTE el reporte diario de los cobros realizados con el sistema P.O.S. y cada cobro debe estar relacionado al comprobante de pago que corresponda. Asimismo, es importante dejar establecido que la comisión del sistema P.O.S. será asumido íntegramente por EL ASOCIADO y bajo ningún concepto por EL ASOCIANTE.

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