CONTRATO DE FIDEICOMISO
Enviado por vviccini • 29 de Octubre de 2015 • Examen • 2.076 Palabras (9 Páginas) • 342 Visitas
1- En este caso Ramón, el productor televisivo, plantea realizar un contrato de fideicomiso; él sería el fiduciante, el beneficiario sería su sobrino, y el fiduciario a su muerte, su socio minoritario o el contador. De acuerdo al CCyC, art 1666, el fideicomiso es aquel contrato mediante el cual una parte llamada fiduciante, transmite o se compromete a transmitir a otra persona denominada fiduciario, la propiedad de bienes, a su vez éste se obliga a ejercerla en beneficio de otra persona llamada beneficiario, que es designado en el contrato, y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición al fideicomisario.
CONTRATO DE FIDEICOMISO
En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 15 días del mes de Julio del año dos mil catorce, comparecen ante mí, Diego A. Perez, Titular del Registro Notarial número 55 del Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, Escribano Público autorizante, por una parte el señor Ramón Héctor PEREYRA, Documento Nacional de Identidad 8.450.123, nacido el 13 de diciembre de 1.950, de estado civil casado, con domicilio legal y constituido en Avenida Pellegrini 1.240 de Concordia, Provincia de Entre Ríos, argentino, mayor de edad y hábil para contratar, quien interviene en carácter de Socio Gerente de la Empresa Canal 2 Concordia S.R.L. según consta en Contrato Social de fecha 10 de enero de 2.010, otorgado mediante escritura 2, folio 5, pasado ante el Escribano Juan José Garibaldi, Titular del Registro Notarial 19 del Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, cuya fotocopia debidamente certificada se adjunta al margen de la presente, en adelante denominado EL FIDUCIANTE; y por la otra parte el señor Néstor Germán BINAGHI, Documento Nacional de Identidad 10.135.742, nacido el 5 de mayo de 1.962, de estado civil casado, con domicilio en calle San Justo 740 de Concordia, Provincia de Entre Ríos, argentino, mayor de edad y hábil para contratar, en adelante denominado EL FIDUCIARIO; y el señor Luis ENRIQUEZ PEREYRA, Documento Nacional de Identidad 30.452.791, nacido el 13 de agosto de 1.985, de estado civil soltero, con domicilio en calle 25 de mayo 1.447, de Paraná, Provincia de Entre Ríos, argentino, mayor de edad y hábil para contratar, en adelante denominado EL BENEFICIARIO; convienen en celebrar en acuerdo de voluntades el presente contrato de FIDEICOMISO, sujeto a las condiciones y cláusulas que se estipulan y detallan a continuación y en estricto cumplimiento de las leyes.
PRIMERA: EL FIDUCIANTE, mediante testamento otorgado por acto entre vivos y en acto público en el lugar y fecha mencionados ut-supra, ante el Escribano Publico Diego A. Perez, titular del Registro Notarial número 55 del Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, dispone instituir como único y universal heredero de sus bienes posterior a su fallecimiento a su sobrino Luis ENRIQUEZ PEREYRA.
SEGUNDA: EL FIDUCIANTE se compromete a transmitir, posteriormente acaecido su fallecimiento, la propiedad fiduciaria de la empresa Canal 2 Concordia S.R.L., siendo ésta el objeto del presente contrato, constituido por los bienes muebles e inmuebles que conforman la empresa productora, estando los bienes registrados en el Registro de la Propiedad del Inmueble del Departamento Concordia, adjuntándose fotocopia certificada al efecto de demostrar ser el titular dominial, a favor del FIDUCIARIO, en los términos del artículo 1701 del Código Civil y demás disposiciones de la ley 24.441, con la finalidad de que el adquirente lo afecte al destino y disposiciones que surgen del presente contrato.
TERCERA: Los bienes objeto de este fideicomiso están compuestos e integrados por los bienes materiales e inmateriales que conforman la empresa productora Canal 2 Concordia S.R.L., integrada por el inmueble oficina central situada en Avenida Pellegrini 1.240 de esta ciudad, inscripto bajo Matrícula 102.471, de fecha 13 de diciembre de 1.972, del registro Público de Concordia, Provincia de Entre Ríos, y descripto como planta baja, y subsuelo, con todo lo clavado y plantado, maquinarias, muebles y útiles, equipos y parabólicas con torres, además de todo lo registrable resultante del inventario y constatación a realizar al momento del fallecimiento de EL FIDUCIANTE.
CUARTA: En caso de adquirirse o ingresar al patrimonio otros bienes, sean muebles o inmuebles y que se encuentren debidamente registrados o que resulten del inventario de la empresa productora, todos estos deberán incorporarse e integrarse al contrato de fideicomiso constituido al efecto.
QUINTA: EL FIDUCIARIO se compromete y obliga a administrar los bienes arriba mencionados, con la debida diligencia y responsabilidad, no pudiendo disponer ni gravar los bienes fideicomitidos, reconociendo además los derechos de EL BENEFICIARIO a que le sean transmitidos dichos bienes una vez que concluya sus estudios de Doctorado en Biología Molecular, acreditando dicho hecho con el diploma correspondiente teniendo en cuenta los términos del artículo 1701 del CCyC.
SEXTA: En caso de que EL FIDUCIANTE falleciere antes de que EL BENEFICIARIO obtenga su título de Doctorado, EL FIDUCIANTE deja expresamente establecido que el contador de la empresa productora Canal 2 Concordia S.R.L. será quien asuma responsablemente la administración del presente FIDEICOMISO, en carácter de FIDUCIARIO, y bajo las mismas obligaciones y cláusulas establecidas en este contrato.
SÉPTIMA: EL FIDUCIARIO se compromete a realizar todas las diligencias necesarias para el buen mantenimiento y conservación de los bienes fideicomitidos, además de la responsabilidad en el pago de impuestos, gravámenes, recibir pagos parciales y totales, llevar al día la contabilidad de la empresa y debiendo afrontar dichos gastos con la utilidad neta que genere la misma.
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