Contrato De Fideicomiso
Enviado por jesimza • 3 de Septiembre de 2012 • 1.237 Palabras (5 Páginas) • 635 Visitas
CONTRATO DE FIDEICOMISO.
Concepto: Contrato por medio del cual una persona (fiduciante) transmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario) quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en dicho contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario. (Art.1 Ley 24.441).
Por este contrato se transmite la propiedad fiduciaria, es decir un derecho de propiedad revocable por que esta subordinado a durar solamente hasta que se cumpla un plazo o cierta condición resolutoria, momento en que habrá que restituir la cosa.
Sujetos: se discute acerca de si las partes son dos (fiduciante o fiduciario) o si son cuatro (fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario).
- Fiduciante: es el que crea el fideicomiso y transmite los bienes de los cuales es propietario al fiduciario.
- Fiduciario: es quien recibe los bienes y esta obligado a darle los frutos de lo recibido al beneficiario y a entregar los bienes a la persona designada en el contrato. Adquiere el dominio imperfecto de la cosa durante un plazo o hasta que se cumpla la condición resolutoria. El fiduciario NO puede ser fideicomisario ni tampoco beneficiario, salvo que sea una entidad financiera.
Hay dos personas que algunos consideran terceros y otros como parte:
- Beneficiario: es el que se benéfica con el producido que saca el beneficiario con esos bienes desde que se comienza el contrato hasta que se termina.
- Fideicomisario: el que se queda con los bienes al termino del contrato.
La diferencia entre el fiduciario, el beneficiario y el fideicomisario es que el primero (fiduciario) va a administrar el bien y cobrará por dicho trabajo, el segundo (beneficiario) va a recibir durante el ctto. los frutos de ese bien, y el tercero (fideicomisario) va a adquirir el bien cuando termine el ctto.
Caracteres: Oneroso, Bilateral, Consensual, Formal, Nominado y Típico.
Contenido del contrato (art.4)
Básicamente el contrato debe contener:
a) La individualización de los bienes objeto del contrato.
b) El modo en que otros bienes pueden ser incorporados al fideicomiso.
c) El plazo o condición a que se sujeta el dominio fiduciario.
d) La identificaron del beneficiario.
e) El destino de los bienes a la finalización del fideicomiso, con indicación del fideicomisario.
f) Los derechos y obligaciones del fiduciario y el modo de sustituirlo si cesare.
Objeto: toda clase de bienes, deben ser ciertos, existentes y que estén en el comercio, incluso puede ser un objeto incorporal, un crédito o un derecho. NO pueden ser objeto: las cosas fungibles o consumibles, las herencias futuras, los títulos valores y los derechos intelectuales.
Plazo: el ctto. puede hacerse por un plazo (Ej. Hasta el año 2002) o hasta que se cumpla una condición resolutoria (Ej. Hasta que Juan se reciba de abogado). Hay un plazo máximo de 30 años salvo que el beneficiario sea un incapaz, donde la duración es hasta su muerte o hasta que cese su incapacidad. Si vencido el plazo, no se nombro un destinatario el bien pasa al fiduciante o a sus herederos.
Forma: se debe celebrar por instrumento publico o privado, pero si el objeto es un inmueble es obligatoria la escritura pública.
Derechos y deberes de las partes:
- Fiduciante: debe cumplir con las obligaciones que asumió en el ctto., y puede reclamarle al fiduciario que cumpla con sus deberes. Si el fiduciario no ejerce, sin motivos, las acciones para defender los bienes, el fiduciante puede con autorización del juez, ejercerlas.
- Fiduciario: debe cumplir con las ob. que asumió en el ctto. y rendir cuentas de su gestión. Tiene derecho a recibir una retribución, que sino esta fijada en el ctto., la fijara el juez. Puede gravar o disponer de los bienes si lo quiere el fideicomiso (ej. Alquilar)y no necesita el consentimiento de nadie. No puede transmitir su derecho por causa de muerte, porque si muere, en lugar de pasar los bienes a sus herederos, se designara otro fiduciario; no puede adquirir para sí los bienes fideicomitidos.
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