CONTRATO DE SECUESTRO
Enviado por mayraelihua • 25 de Noviembre de 2013 • Informe • 343 Palabras (2 Páginas) • 409 Visitas
CONTRATO DE SECUESTRO
Contrato de Secuestro celebrado por una parte y con la calidad de depositantes los Señores Felipe Velasco Contreras y Angustias Flores Catalán, Quienes declaran ser mexicanos, mayores de edad y con pleno goce de sus derechos, y como depositario el Sr. Antonio Burgos Fernández, quien está de acuerdo en seguir las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- Los señores Felipe Velasco Contreras y Angustias Flores Catalán entregan en su calidad de DEPOSITANTES el artículo consistente en Un automóvil Marca BMW de la serie 7, que se detallará en descripción:
• MARCA = BMW
• SERIE 7351A Año 2013
• Automático
• Placas de circulación 568rpe
• Con valor nominal de 97,400 dólares
• Color blanco
• Asientos en piel
• Frenos abs
Automóvil, que será recibido en calidad de Depositario en secuestro, y por el que el depositario se obliga a su guarda hasta el momento en que las autoridades jurisdiccionales ubicadas en la ciudad de Querétaro, Querétaro México se pronuncien judicialmente a su respecto y le sea solicitado el mismo previa sentencia y ejecutoria correspondiente.
SEGUNDA.- Con este contrato de secuestro convencional, esta obligado el depositario a cuidar del bien descrito en la cláusula anterior como si fuere el propietario, y si éste se enriqueciera por medio del bien objeto de este contrato deberá resarcir de los mismos al próximo propietario del bien en cuestión con la previa exepción de que no reciba la prima correspondiente.
TERCERA.- Con el fin de cumplir su obligación de DEPOSITARIO, se le entregará la cantidad de $ 800 00 (ochocientos pesos M/N) cada 30 días, pagando los depositantes la mitad exacta del monto por cada uno.
CUARTA.- El DEPOSITARIO recibirá el pago arriba descrito por el concepto de MANUTENCIÓN, Y CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO PARA QUE NO SE PEGUE EL MOTOR, ASÍ COMO PARA REALIZAR SUS VERIFICACIONES CHEQUEOS MECANICOS Y TRAMITES CORRESPONDIENTES.
QUINTA.- Las partes declaran que el presente contrato se realizó sin dolo, reticencia o mala fe de ninguna naturaleza y en base a esto ratifican lo establecido en el presente contrato y lo firman.
Puebla, Puebla México a 22 de Noviembre de 2013.
Felipe Velasco Contreras Antonio Burgos Fernández
DEPOSITANTE: DEPOSITARIO:
...