ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTRATOS MERCANTILES


Enviado por   •  29 de Junio de 2015  •  745 Palabras (3 Páginas)  •  140 Visitas

Página 1 de 3

CONTRATOS MERCANTILES

Contrato: Compra – Venta Mercantil Arts.: 2248 C.C. y 371 C.Co.

Es el contrato en virtud del cual una persona llamada vendedor transmite la propiedad de un bien o de un derecho a otra persona denominada comprador, quien se obliga a cambio de ello a pagar un precio cierto y en dinero.

CLASIFICACION: Bilateral, oneroso, conmutativo, (aleatorio – Compra de esperanza), de tracto sucesivo, Principal, Típico, Real, Formal o consensual.

ELEMENTOS PRESONALES: Comprador y Vendedor

Obligaciones de las Partes:

Comprador Vendedor

Pagar el precio en tiempo, forma, y lugar convenidos Transferir el dominio del bien o derecho

Recibir la cosa Conservar la cosa o custodiarla hasta su entrega

Pagar la mitad de los gastos de escrituración, (salvo pacto en contrario) Entregar la cosa

Garantizar la calidad de la cosa

Responder en caso de evicción

*Modalidades del Contrato:

 A vistas

 Sobre Muestras

 Con pacto de Preferencia

 De esperanza o de cosa futura

 Por acervo

 Con pacto de no vender a determinada persona

 En abonos

 Con reserva de dominio

Terminación: Con la entrega de la mercancía, por acuerdo de voluntades, por rescisión (incumplimiento de partes).

Ejemplo Práctico: Venta de tela de una empresa en México, para elaborar prendas de vestir y posteriormente su reventa al consumidor final.

Contrato: Permuta Arts.: 2327-2331 C.C. 388 C.Co.

LA PERMUTA ES UN CONTRATO POR EL CUAL CADA UNO DE LOS CONTRATANTES SE OBLIGA A DAR UNA COSA POR OTRA. SE OBSERVARA EN SU CASO LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 2,250.

CLASIFICACION: bilateral, oneroso, que puede asumir las modalidades de conmutativo o aleatorio, por el cual ambos contratantes, como recíprocos acreedores, se obligan a entregar con transferencia de dominio uno al otro, una cosa.

ELEMENTOS PERSONALES: permutantes

Obligaciones de las Partes: ambas partes son a la vez vendedores y compradores, de dos o más bienes que se intercambian

Permutantes

transferir en tiempo, forma, y lugar convenidos

Ceder el derecho de propiedad del bien o la cosa.

Intercambiar la cosa y de ser necesario cubrir con dinero el resto del pago.

Los gastos que ocasione el contrato serán cubiertos a partes iguales (salvo pacto contrario)

Terminación: Con la entrega de la mercancía, por acuerdo de voluntades, por rescisión (incumplimiento de partes).

Ejemplo Práctico: se permuta un automóvil con valor de $150,000.00, a cambio se recibirá otro con valor de $100,000.00, y se cubrirá en efectivo la cantidad de $50,000.00.

Diferencia con la compraventa: La diferencia está en que en la compraventa el precio se paga

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com