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CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POST-ALFABETIZACIÓN


Enviado por   •  3 de Agosto de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.436 Palabras (6 Páginas)  •  206 Visitas

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CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA

DIRECCIÓN GENERAL DE POST-ALFABETIZACIÓN

Y (CARITAS COROICO)

Conste por el presente Convenio Interinstitucional que se regirá por las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA.- (ANTECEDENTES).

La Constitución Política del Estado en su Artículo 77, establece que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla; asimismo, en su Artículo 78 señala que la educación es unitaria, pública, universal democrática, participativa, comunitaria, descolonizadora y de calidad; a su vez el Artículo 82 señala que, el Estado garantizará el acceso a la educación y la permanencia de todas las ciudadanas y los ciudadanos en condiciones de plena igualdad.

Dentro los Acuerdos ALBA suscritos entre los presidentes de Cuba, Venezuela y Bolivia, así como  el Decreto Supremo N° 0004 de 11 de febrero de 2009, por el cual se crea el Programa Nacional de Post-alfabetización (PNP), tienen como objetivo proporcionar educación primaria a los recién  alfabetizados y a todas las personas mayores de quince (15) años que han abandonado o no han tenido acceso a la educación, otorgándoles un currículo de primero al quinto curso.

La Ley de Educación N° 070 de 20 de diciembre de 2010 “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, en su Artículo 1 establece que toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural sin discriminación. Del mismo modo el Artículo 23 manifiesta que los niveles de formación de la Educación de personas jóvenes y adultas comprende la Educación Primaria de personas Jóvenes y Adultas, Alfabetización y Post-alfabetización.

La Resolución Ministerial Nº 083/09 de 19 de marzo de 2009, dispone crear una Unidad Desconcentrada para el Proyecto “Programa Nacional de Post-alfabetización”, bajo responsabilidad directa de la Dirección General de Post-alfabetización.

(NOTA: INDICAR ANTECEDENTES DE LA INSTITUCIÓN)

CLÁUSULA SEGUNDA.- (PARTES INTERVINIENTES).

Son partes del presente Convenio:

2.1.        La DIRECCIÓN GENERAL DE POST-ALFABETIZACIÓN, legalmente representado por el Lic. Hector Ramiro Tolaba Rivera, Director General de Post-alfabetización, designado mediante Resolución Ministerial Nº 675/2011 de 10 de Noviembre de 2011, y delegado para la firma de convenios interinstitucionales mediante Resolución Ministerial Nº 863/2011 de 30 de diciembre de 2011, que en adelante se denominará DIRECCIÓN.

2.2.        (CARITAS COROICO) legalmente representado por el (la) señor (a)………………, con Cédula de Identidad Nº ……………….., en su calidad de (NOTA: CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL), acreditado mediante (DOCUMENTO QUE LO ACREDITE COMO REPRESENTANTE) de (FECHA DEL DOCUMENTO EN LITERAL), que en adelante se denominará (ABREVIACIÓN O SIGLAS DE LA INSTITUCIÓN).

CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO).  

El objeto del presente Convenio es establecer un marco de Cooperación Interinstitucional, a través de la participación activa y financiera de la DIRECCIÓN y (ABREVIACIÓN O SIGLAS DE LA INSTITUCIÓN) para definir los lineamientos que normen, acrediten y dirijan adecuadamente el Programa Nacional de Post-alfabetización “Yo, Sí Puedo Seguir”.

CLÁUSULA CUARTA.- (DERECHOS Y OBLIGACIONES).

La DIRECCIÓN y (CARITAS COROICO) reconocen y aceptan las obligaciones y responsabilidades que incluyen el aporte de recursos humanos, económicos y materiales para el éxito de objetivos plasmados en el presente documento, tal como se señala en los siguientes puntos:

  1. La DIRECCIÓN, se compromete a:

  1. Promover, desarrollar y ejecutar interinstitucionalmente acciones conjuntas de  responsabilidad  con  el          fin de llevar adelante el Programa Nacional de Post-alfabetización “Yo, Sí Puedo Seguir” en el marco de la normativa legal vigente en el país.
  2. Respetar los valores culturales y sociales de las regiones, comunidades y/o localidades, beneficiarios del Programa Nacional de Post-alfabetización “Yo, Sí Puedo Seguir”.
  3. Promover la participación de la comunidad, localidad o región en las actividades del Programa Nacional de Post-alfabetización, brindando apoyo en su planificación, ejecución, seguimiento y evaluación, enfocados a mejorar las condiciones de vida de la gente joven, adulta y la población en general.
  4. Dotar de equipamiento, material didáctico y demás medios de enseñanza apropiados en las zonas de acción.
  5. Seleccionar y capacitar a Facilitadores y Supervisores sobre Alfabetización y Post-alfabetización.  
  6. Trabajar en coordinación con ((CARITAS COROICO)), de manera que puedan estar informados de los métodos a aplicarse, modalidad del sistema, estadísticas y sistemas de evaluación.
  7. Autorizar la apertura de puntos de Alfabetización y Post-alfabetización en Unidades Educativas, Núcleos Escolares, Juntas Vecinales, Sindicatos Agrarios, Organizaciones Sociales Representativas u otros lugares a definirse, en coordinación de los representantes del (CARITAS COROICO) y los Pedagogos Departamentales del Programa Nacional de Post-alfabetización “Yo, Sí Puedo Seguir”.
  8. Viabilizar el uso de ambientes de Unidades Educativas para facilitar el funcionamiento del Programa Nacional de Post-alfabetización “Yo, Sí Puedo Seguir”.
  9. Llevar el registro de inscripción de participantes y de sus calificaciones para su posterior certificación.

  1. Por su parte (CARITAS COROICO) se compromete  a:

                   EJECUCION DEL PRESUPUESTO 2012 ASIGNADO  POR EL GOBIERNO MUNICIPAL  DE SORATA PARA EL PROGRAMA NACIONAL DE POST ALFABETIZACION.

               SUPERVISION DE LOS PUNTOS DE ALFABETIZACION Y POST ALFABETIZACION

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