Calculo Del Feriado Proporcional
Enviado por libertad33 • 15 de Abril de 2014 • 436 Palabras (2 Páginas) • 284 Visitas
Cómo se calcula el feriado proporcional?
De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código del Trabajo, si el
trabajador ha dejado de pertenecer a la empresa antes de completar el año de
servicio que da derecho a feriado debe percibir una indemnización por dicho
beneficio equivalente a la remuneración íntegra calculada en forma
proporcional al tiempo que medie entre su contratación o la fecha que enteró la
última anualidad y el término de sus funciones. Para determinar el monto de lo
que corresponde pagar por feriado proporcional debe, en primer lugar, dividirse
el número de días de feriado a que el trabajador tendría derecho, incluidos los
días de feriado progresivo, por el número de meses (12) que comprende el año
(el producto será el número de días hábiles de feriado que deberá
compensarse por cada mes trabajado). Posteriormente, el resultado deberá
multiplicarse por el número de meses, y fracción de meses que hubiere
acumulado el trabajador entre la fecha de su contratación y el término de sus
servicios, o entre su última anualidad y la terminación del contrato (el producto
será el número total de días hábiles de feriado que debe compensarse), y, por
último, dichos días así determinados, deben contarse a partir del día siguiente
a la fecha de terminación del contrato y, deberá comprender, además de los
días hábiles, los sábados, domingo y festivos (el producto será el número total
de días que en definitiva el empleador deberá compensar por feriado)
.
Así, por ejemplo, si el contrato ha terminado el 27 de julio de
2011 y el trabajador ha laborado 8 meses y 18 días, le
correspondería un feriado proporcional equivalente a 10,75
días hábiles, los cuales al contabilizarse a partir del día
siguiente al despido (28 de julio de 2011), daría un total de
14,75 días (incluyendo los sábados, domingo y festivos), que
son los que el empleador deberá indemnizar por concepto de
feriado proporcional. Finalmente, los días a indemnizarse así
calculados deben multiplicarse por el sueldo diario del
trabajador en caso de estar sujeto a sistema de remuneración
fija, o por el promedio de lo ganado en los últimos tres meses
trabajado en caso de estar sujeto a remuneraciones variables,
o por la suma de ambos en caso de estar con remuneración
mixta.
El detalle del procedimiento correspondiente al
ejemplo es el siguiente:
a) 15: 12 = 1,25 (días de feriado por mes trabajado)
1,25: 30 = 0,04167 (feriado por día trabajado)
b) 1,25 x 8 meses = 10
0,04167 x 18 días = 0,75006
Días hábiles a indemnizar = 10,75
c) Contabilizar
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