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Calculo Del Feriado Proporcional


Enviado por   •  15 de Abril de 2014  •  436 Palabras (2 Páginas)  •  284 Visitas

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Cómo se calcula el feriado proporcional?

De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código del Trabajo, si el

trabajador ha dejado de pertenecer a la empresa antes de completar el año de

servicio que da derecho a feriado debe percibir una indemnización por dicho

beneficio equivalente a la remuneración íntegra calculada en forma

proporcional al tiempo que medie entre su contratación o la fecha que enteró la

última anualidad y el término de sus funciones. Para determinar el monto de lo

que corresponde pagar por feriado proporcional debe, en primer lugar, dividirse

el número de días de feriado a que el trabajador tendría derecho, incluidos los

días de feriado progresivo, por el número de meses (12) que comprende el año

(el producto será el número de días hábiles de feriado que deberá

compensarse por cada mes trabajado). Posteriormente, el resultado deberá

multiplicarse por el número de meses, y fracción de meses que hubiere

acumulado el trabajador entre la fecha de su contratación y el término de sus

servicios, o entre su última anualidad y la terminación del contrato (el producto

será el número total de días hábiles de feriado que debe compensarse), y, por

último, dichos días así determinados, deben contarse a partir del día siguiente

a la fecha de terminación del contrato y, deberá comprender, además de los

días hábiles, los sábados, domingo y festivos (el producto será el número total

de días que en definitiva el empleador deberá compensar por feriado)

.

Así, por ejemplo, si el contrato ha terminado el 27 de julio de

2011 y el trabajador ha laborado 8 meses y 18 días, le

correspondería un feriado proporcional equivalente a 10,75

días hábiles, los cuales al contabilizarse a partir del día

siguiente al despido (28 de julio de 2011), daría un total de

14,75 días (incluyendo los sábados, domingo y festivos), que

son los que el empleador deberá indemnizar por concepto de

feriado proporcional. Finalmente, los días a indemnizarse así

calculados deben multiplicarse por el sueldo diario del

trabajador en caso de estar sujeto a sistema de remuneración

fija, o por el promedio de lo ganado en los últimos tres meses

trabajado en caso de estar sujeto a remuneraciones variables,

o por la suma de ambos en caso de estar con remuneración

mixta.

El detalle del procedimiento correspondiente al

ejemplo es el siguiente:

a) 15: 12 = 1,25 (días de feriado por mes trabajado)

1,25: 30 = 0,04167 (feriado por día trabajado)

b) 1,25 x 8 meses = 10

0,04167 x 18 días = 0,75006

Días hábiles a indemnizar = 10,75

c) Contabilizar

...

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