Capitulaciones matrimoniales
Enviado por rb11286 • 11 de Septiembre de 2011 • Trabajo • 535 Palabras (3 Páginas) • 770 Visitas
Introducción
Las convenciones matrimoniales son pactos entre los cónyuges relativos a los bienes ya sea adoptando un determinado régimen de relaciones patrimoniales que la ley autoriza o conviniendo o modificando parcialmente un régimen.
Hay 2 supuestos. La designación de los bienes que cada uno lleva al matrimonio es pre constituir la prueba de la existencia y carácter propio de tales bienes por medio de un inventario que sea útil en el futuro en el momento de la disolución del matrimonio.
Y las donaciones que el esposo hiciera a la esposa.
Están sujetas a la celebración del matrimonio y a que el matrimonio sea válido.
La naturaleza de la sociedad conyugal incide en el modo de resolver cuestiones específicas relativas a la titularidad de los bienes y a su gestión. Constituye una comunidad en el sentido que se le atribuye a los regímenes que se basan en la existencia de bienes que cualquiera que fuese el cónyuge que los adquirió durante el matrimonio, son cooparticipados a la disolución del matrimonio.
Capitulaciones matrimoniales
El objeto de las capitulaciones matrimoniales radica, de forma directa y precisa, en instrumentar las estipulaciones conyugales referentes al régimen económico del matrimonio, pero que, de forma complementaria, puede referirse también a "cualesquiera otras disposiciones por razón del matrimonio" (p.ej., el regalo o donación propter nuptias que los suegros realizan a favor del cónyuge de su hijo o hija)
Las capitulaciones son un acto o convenio perfeccionado por los futuros contrayentes, con la finalidad de determinar el régimen patrimonial del matrimonio, es decir, es una relación contractual donde la pareja antes de formalizar su relación, fijan la forma mediante la cual se regirá la comunidad de bienes durante la unión conyugal. Nuestra legislación reconoce a los contrayentes amplia libertad para estipular su régimen patrimonial matrimonial, fundamentado en la autonomía de la voluntad, como principio fundamental del campo de las relaciones contractuales, siempre y cuando no sean acordadas cláusulas contrarias a las leyes, a normas de orden publico y a las buenas costumbres.
Ahora bien, existen ciertos elementos que regulan la validez de las capitulaciones matrimoniales, en primer lugar deben otorgarse antes de la celebración del matrimonio, siendo nulas todas aquellas estipulaciones celebradas en fecha posterior a la celebración matrimonial, así como su alteración también en la misma oportunidad. En segundo lugar, deben los contrayentes tener capacidad suficiente para celebrar las capitulaciones, siendo esta la misma capacidad que requieren para contraer matrimonio. Por ello, seria contrario decir que quien puede casarse, no pueda estipular, conjuntamente con la persona con quien va a contraer matrimonio, el régimen patrimonial
...