Carasteristicas del legado
Enviado por luzprato • 12 de Junio de 2014 • Trabajo • 5.414 Palabras (22 Páginas) • 179 Visitas
SUCESIONES TEMA 10. EL LEGADO zulbeth
EL LEGADO
En el antiguo derecho español, los legados se conocieron con el nombre de mandas, debido a que el testador manda o dispone que se entregue al legatario lo que se expresa.
En nuestra legislación, nace de la institución testamentaria instrumento mediante la cual una persona plasma en un testamento, que es un acto jurídico, solemne y libre su voluntad de disponer de su patrimonio a un tercero(s) extraño a la herencia o a sus heredero(s) en caso de existir estos, después de su muerte, siempre y cuando cumpla con todas las formalidades y requisitos que establece la ley, es decir, en caso de poseer herederos forzosos o legítimos; los descendientes, ascendientes y al cónyuge sobreviviente, a estos le corresponde el 50% correspondiente del patrimonio del testador, el otro 50% el testador gozara de libertad de disposición, en caso de no existir herederos legítimos el testador puede disponer con libertad de todo su patrimonio, siempre y cuando no vaya en contra de la ley la moral y las buenas costumbres. La institución del legado nace por voluntad propia del testador, no puede estar sujeta a disposiciones contractuales, solo las que la ley establece. El legado se adquiere a título particular un derecho o prestación de dar o de hacer, sin más modalidades que las expresas por el testador.
En Resumen: el legado es una institución que solo se dispone por testamento, a una persona(s) extraña a la herencia o a los heredero(s), toda persona física o jurídica capas, que puedan recibir por testamentos y que al momento de la apertura de sucesión son llamados a recibir una alícuota o parte del patrimonio del de cujus, siempre y cuando sea capaz para suceder por testamento y cumpla con las formalidades establecidas en la ley.
Las doctrinas mantienen una controversia desde el derecho romano, en que si el legado representa un beneficio para el legatario o no, creemos que esto no tiene importancia, porque esto es potestativo del legatario, ya que si el estima que el legado dejado le interesa optara por aceptarlo o rechazarlo.
EJEMPLO: La última voluntad del causante fue dejarle una obra de arte como legado a una persona, con la condición de que esta persona pague el justo precio de esta obra según el precio del mercado, el legatario tendrá la libertad de decidir si acepta o no la obra de arte.
SUJETOS DEL LEGADO
1. EL TESTADOR; es una persona capaz, en su sano juicio, dispone en un acto de última voluntad, disponer de su patrimonio mediante un testamento, como será distribuido su patrimonio, respetando la ley y las buenas costumbre.
2. EL HEREDERO(S); los ascendientes, los descendientes y el cónyugue sobreviviente, quienes por derechos legítimos les concede la ley, a reclamar la alícuota o parte correspondiente al 50% del patrimonio del de cujus.
3. EL LEGATARIO(S); quien es un extraño a la herencia, llamado a heredar por voluntad del testador. El legatario es un acreedor del heredero para el cobro de su legado.
4. EL PRELEGATARIO(S); es un heredero universal y, se le asigna una alícuota o parte del testamento por legado, además de la cuota que le corresponde como heredero universal. El prelegado no tiene prelación con el legatario, después que el legatario tenga su cuota que le corresponde el vendría a satisfacer la cuota que le corresponda por legado.
NOTA: hay que tener en cuenta, que primero se debe solventar los pasivos del causante, en caso de tenerlos, para poder distribuir los activos patrimoniales entre sus herederos y legatarios.
HIRWIN
CARASTERISTICAS DEL LEGADO
• EL LEGADO DEBE SER CIERTO; el testador debe determinarlos cuando los fija, deben ser determinables.
• EL LEGADO DEBE SER LÍCITO; no tendrá validez el legado cuyo cumplimiento implique violación a la ley; o vaya en contra del orden público o las buenas costumbres.
• EL LEGADO DEBE SER POSIBLE; es decir, que la acción ordenada pueda ser ejecutada por los obligados, no tiene efecto que se ordene un acto imposible.
• EL LEGADO ES UNA DISPOSICION AUTONOMA; independiente de la institución de heredero, donde el de cujus plasma en un testamento su voluntad de disponer de su patrimonio, respetando la legítima en caso de poseer herederos universales.
• ES UNA DISPOSICION MORTIS CAUSA “o por causa de muerte. Opera desde el momento de la apertura de la sucesión, el cual debe iniciarse en el último domicilio del de cujus, ya que si se hace en un acto inter vivos estaríamos en presencia de una donación.
• ES UNA EDQUISICION A TITULO PARTICULAR.
• ES UN ACTO DE LIBERALIDAD; ya que el testador después de cubrir la alícuota que le corresponde a sus herederos legítimos correspondiente al 50%de su patrimonio, puede disponer libremente del otro 50% restante su patrimonio cuando hay herederos universales, en caso de no existir herederos universales el testador puede disponer de la totalidad de su patrimonio sin más limitaciones que las que establece la ley.
• EL LEGADO SOLO PUEDE SER OTORGADO POR TESTAMENTO, porque si no existe la figura del testamento no existirá la institución del legado. Esta es una de las características mas importantes para que pueda existir la institución del legado.
OBJETO DE LEGADO
El testador goza de una libertad en cuanto a la escogencia del objeto de sus instituciones a titulo particular. Tal libertad deriva del principio de la autonomía de la voluntad que constituye el fundamento de la sucesión testamentaria, los únicos límites que existen al respecto son:
• La Ley
• El Orden Público
• Las Buenas Costumbres.
El objeto del legado puede ser una cosa o un hecho, siempre que uno ú otro sean:
● Ciertos
● Lícitos
● Posibles.
Lo normal y lo regular es que el legado tenga por objeto uno o varios bienes que forman parte del patrimonio hereditario pertenecientes a algunos de los herederos o legatarios; la institución a titulo particular tiene por objeto un bien de uno o varios de los otros legatarios se les da la denominación de Sublegados. En determinadas circunstancias el objeto del legado puede ser un bien de un tercero. Igualmente podría ser objeto del legado un bien que ni si quiera existe para el momento de la apertura de la sucesión o determinada prestación que, de acuerdo con la voluntad del causante, deba ser cumplido por el heredero, por otro legatario o por un tercero.
Ejemplos de lo señalado:
a) Legado de un bien perteneciente al testador:
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