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Cartas Credito


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2012  •  1.225 Palabras (5 Páginas)  •  840 Visitas

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LAS CARTAS DE CREDITO

La Carta de crédito, es la promesa dada por un Banco (Banco Emisor), actuando por instrucciones de su cliente (Ordenante), de pagar hasta determinada suma de dinero a una persona o empresa (Beneficiario), a través de alguno de sus corresponsales (Banco Notificador), siempre y cuando sean cumplidos ciertos requisitos; éstos, por regla general, son la entrega de documentos dentro de una fecha estipulada.

Ampliando esta definición podríamos decir que el Banco ofrece su crédito que es bueno y bien conocido, en sustitución del de su cliente, que es bueno pero no tan bien conocido.

La carta de crédito es siempre un crédito documentario, o sea, que el beneficiario (exportador) sólo podrá girar sobre la misma mediante la presentación. Estos documentos evidencian el embarque de las mercancías y el cumplimiento de cualquier otra formalidad que haya exigido el tomador (importador) de la carta de (seguros, planillas, consulares, etc.).

La carta de crédito comercial internacional crea una relación triangular donde unos o más bancos sirven como mecanismos para el pago del precio, mientras que la transferencia de las mercancías continúa siendo una relación directa entre el exportador y el importador, pero en la cual el banco asegura al importador que sólo pagara si el beneficiario presenta los documentos, (certificación de embarque, facturas comerciales, etc.) exigidos en la carta de crédito

VENTAJAS

• Instrumento financiero aceptado mundialmente para operaciones de importación y exportación.

• Garantiza el pago de la Compra/Venta de mercancía entre el importador y el exportador.

• Las Cartas de Crédito están regidas por leyes internaciones.

CARACTERISTICAS

• Dirigido a Personas Naturales y Jurídicas.

• Destinadas a financiar la adquisición de Inventarios, insumos y servicios.

• Condiciones de pago:

o A la vista o con financiamiento en moneda extranjera (Letra de Cambio).

o Se cobran comisiones según la negociación que se realice.

o Anticipo de acuerdo con análisis de crédito (% sobre el monto del crédito).

• Tipo de Garantías: Garantías reales (mobiliaria e inmobiliaria), personales y otras.

• Gastos: En caso de garantía reales:

o Avalúo.

o Póliza de incendio y terremoto sobre edificaciones, que se encuentren sobre el terreno por el valor del inmueble.

o Notaria o registro

• Cobranza:

o Por el Banco.

o La tasa de mora a aplicar será variable, según lo establezca la Institución

TIPOS

1. Domésticas

Es la Carta de Crédito abierta en favor de un beneficiario que tiene su domicilio localmente y, generalmente no requiere la intervención de otra institución financiera. Establece una relación triangular entre el Ordenante del instrumento, el Banco Emisor y el Beneficiario vendedor. Es la Carta de Crédito abierta en favor de un beneficiario que tiene su domicilio en el exterior. Generalmente intervienen Bancos del exterior como intermediarios ante el beneficiario.

Al abrir la Carta de crédito, el Banco la remite a su corresponsal extranjero para que agregue su confirmación y dé aviso al beneficiario, directamente ó a través de su propio corresponsal en el país de destino

2. Revocables o Irrevocables

La carta de crédito, por defecto se considera "irrevocable", es decir que el compromiso emitido y aceptado por las partes no puede ser modificado sin el consentimiento de todas las partes involucradas (ordenante, Bancos, beneficiario). Por expresa indicación puede emitirse un crédito documentario nominado como "revocable" en cuyo caso podrá modificarse siempre que no haya sido utilizado, quedando firmes las obligaciones adquiridas o en curso de ejecución.

3. Comerciales o Financieras

Según el tipo de obligación que ampara la Carta de Crédito puede ser comercial, cuando la transacción que la involucra es una operación de Compraventa que puede ser local o internacional (de importación o de exportación); ó financiera cuando asegura el cumplimiento de una obligación de este orden (Stand By)

4. Nominativas ó negociables

Es nominativa la Carta de Crédito que indica expresamente los bancos autorizados para confirmar,

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