Causales de anulabilidad
Enviado por caca1000 • 30 de Octubre de 2012 • Informe • 316 Palabras (2 Páginas) • 694 Visitas
Artículo 221.- Causales de anulabilidad
El acto jurídico es anulable:
1.- Por incapacidad relativa del agente.
2.- Por vicio resultante de error, dolo, violencia o intimidación.
3.- Por simulación, cuando el acto real que lo contiene perjudica el derecho de tercero.
4.- Cuando la ley lo declara anulable
Artículo 227.- Anulabilidad por incapacidad relativa
Las obligaciones contraídas por los mayores de dieciséis años y menores de dieciocho son anulables, cuando resultan de actos practicados sin la autorización necesaria.
Artículo 163.- Anulabilidad del acto jurídico por vicios de la voluntad
El acto jurídico es anulable si la voluntad del representante hubiere sido viciada. Pero cuando el contenido del acto jurídico fuese total o parcialmente determinado, de modo previo, por el representado, el acto es anulable solamente si la voluntad de éste fuere viciada respecto de dicho contenido
Artículo 166.- Anulabilidad de acto jurídico del representante consigo mismo
Es anulable el acto jurídico que el representante concluya consigo mismo, en nombre propio o como representante de otro, a menos que la ley lo permita, que el representado lo hubiese autorizado específicamente, o que el contenido del acto jurídico hubiera sido determinado de modo que excluya la posibilidad de un conflicto de intereses.
El ejercicio de la acción le corresponde al representado.
Artículo 205.- Anulación del acto jurídico por error en el motivo
El error en el motivo sólo vicia el acto cuando expresamente se manifiesta como su razón determinante y es aceptado por la otra parte
Artículo 210.- Anulación por dolo
El dolo es causa de anulación del acto jurídico cuando el engaño usado por una de las partes haya sido tal que sin él la otra parte no hubiera celebrado el acto.
Cuando el engaño sea empleado por un tercero, el acto es anulable si fue conocido por la parte que obtuvo beneficio de él
Artículo 214.- Anulación por violencia o intimidación
La violencia o la intimidación son causas de anulación del acto jurídico, aunque hayan sido empleadas por un tercero que no intervenga en él
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