Cesion De Derechos
Enviado por elii173 • 10 de Junio de 2013 • 464 Palabras (2 Páginas) • 704 Visitas
CESION DE DERECHOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA C. MARIA LUISA HERNANDEZ RODRIGUEZ, EN SU CARACTER DE CEDENTE Y POR OTRA PARTE EL “GRUPO JAUREGUI HERNANDEZ”, S.P.R. DE R.L. DEBIDAMENTE REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION EL C. JOSE JESUS JAUREGUI HERNANDEZ, EN SU CARÁCTER DE CESIONARIO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
A).- DECLARA LA C. MARIA LUISA HERNANDEZ RODRIGUEZ SER MEXICANO, MAYOR DE EDAD, VIUDA, ORIGINARIO DEL ROSARIO B.C., DE OCUPACION MA DE CASA CON DOMICILIO EN EJIDO NUEVOURUAPAN ROSARIO DE ARRIBA ENSENADA, B.C.
B).- DECLARA LA C. MARIA LUISA HERNANDEZ RODRIGUEZ SER PROPIETARIO DEL BIEN MUEBLE CONSISTENTE EN MOTOR FUERA DE BORDA CON NUMERO DE SERIE 1013264, MARCA YAMAHA, 60HP. DE POTENCIA, 4T.F, ACREDITANDO LA PROPIEDAD CON LA FACTURA NUMERO 61092 EXPEDIDA POR LA EMPRESA AQUAMAR DE ENSENADA, S.A. DE C.V.
C).- DECLARA EL C.JOSE JESUS JAUREGUI HERNANDEZ, SER MEXICANO, MAYOR DE EDAD, CASADO, SER ORIGINARIO DEL ROSARIO B.C., DE OCUPACION PESCADOR, CON DOMICILIO EN C EMPEDRADA 601 EJ NUEVO URUAPAN EN ENSENADA B.C. Y QUE EN ESTE ACTO COMPARECE COMO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL “GRUPO JAUREGUI HERNANDEZ”, S.P.R. DE R.L., ACREDITANDO SU PERSONALIDAD CON EL COTEJO DE NUMERO 9,907 EXPEDIDO POR EL NOTARIO PUBLICO NUMERO DOS DE ESTA CIUDAD DE ENSENADA B.C.
D).- DECLARAN AMBAS PARTES SER SU VOLUNTAD REALIZAR ESTE CONTRATO DE CESION DE DERECHOS, QUE NO EXISTE FUERZA O COACCION ALGUNA QUE LOS OBLIGE A REALIZAR ESTE ACTO, QUE SE ENCUENTRAN EN PLENO GOCE DE SUS CAPACIDADES PARA REALIZAR ESTE CONTRATO EL CUAL FORMALIZAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- POR MEDIO DE ESTE CONTRATO LA C. MARIA LUISA HERNANDEZ RODRIGUEZ, CEDE Y TRANSFIERE REL Y DEFINITIVAMENTE LOS DERECHOS SOBRE EL MOTOR FUERA DE BORDA CON NUMERO DE SERIE 1013264, MARCA YAMAHA, 60HP. DE POTENCIA, 4T.F.
SEGUNDA.- A PARTIR DE LA FECHA DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO DE CESION DE DERECHOS, “GRUPO JAUREGUI HERNANDEZ”, S.P.R. DE R.L., RECIBE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL MOTOR FUERA DE BORDA DESCRITO EN LA DECLARACION SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO, COMO PROPIETARIO TOMANDO POSESION FISICA Y JURIDICA DEL MISMO.
TERCERA.- CONVIENEN LAS PARTES EN RATIFICAR ANTE CUALQUIER AUTORIDAD O NOTARIO Y EN DONDE SEA REQUERIDO ESTE DOCUEMENTO, MANIFESTANDO QUE A LA FIRMA DEL MISMO NO EXISTIO COACCION FISICA NI MENTAL Y QUE ESTAN CONSIENTES QUE LO PACTADO NACE DE SU VOLUNTAD Y SER LO JUSTO PARA LAS PARTES.
ASI LO ESTABLECEN LAS PARTES, Y FIRMAN EL PRESENTE DOCUMENTO COMO CONSTANCIA DEL ACUERDO DE VOLUNTADES, EN LA CIUDAD DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
________________________________________________
...