Civil
Enviado por lupis_rodriguez • 20 de Agosto de 2015 • Tarea • 2.020 Palabras (9 Páginas) • 104 Visitas
INDICDE
ESTADO CIVIL3
Definición3
La inscripción o asiento del estado civil3
El objeto del estado civil3
Tres estados jurídicos de una persona3
Clasificación del estado civil3
Caracteres del derecho civil4
Comprobación del estado civil4
Elementos que deben comprobarse de conformidad con nuestro código5
Acciones del estado civil5
Conclusión8
Recomendaciones9
Bibliografías10
Anexos11
ESTADO CIVIL
Etimología de la palabra estado: a stando dicitur señala su carácter su estable o no fácilmente variable.
Y responde así también al estado civil tanto en el matrimonio, nacionalidad y a cada relación en las que hay que registrar a las personas.
Definición: El estado civil es la situación de las personas físicas determinada por sus relaciones de familia, provenientes del matrimonio o del parentesco, que establece ciertos derechos y deberes.
En otras palabras se puede decir que estado civil es la situación jurídica que posee una persona frente al estado, la sociedad y la familia en cuanto le otorga derechos y obligaciones.
Es la relación concreta de una persona que guarda en relación con la familia. Son las diversas circunstancias en que la persona se encuentra colocada en relación con el Estado, con la Familia y consigo misma.
Generalmente los Estados llevan un registro público con los datos personales básicos de los ciudadanos, entre los que se incluye el estado civil. A este registro se le denomina Registro civil el que ahora conocemos como RENAP.
El estado civil esta integrado por una serie de hechos y actos de tal manera importantes y trascendentales en la vida de las personas, que la ley la toma en consideración, de una manera cuidadosa, para formar con ellos, digámoslo así, la historia jurídica de la persona.
La inscripción o asiento del estado civil: La calidad del estado civil de las personas en Guatemala debe hacerse constar en el registro nacional de las personas (RENAP), según la ley bajo la cual se rige el Renap en su artículo 2. Nos indica que es la entidad encargada de organizar y mantener el registro de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a: estado civil, capacidad civil y los datos necesarios para la identificación de las personas desde su nacimiento hasta su muerte.
El objeto del estado civil: Es establecer el numero y naturaleza de los derechos que le corresponden a las personas.
Existen tres estados jurídicos en los que una persona puede encontrarse: estos son:
- Estado de Libertad: todos los seres humanos son libres para el derecho
- Estado de Nacionalidad: el ser humano desde que nace se vincula a una sociedad políticamente organizada
- Estado de familia: las personas formamos parte de una familia que es la base de la sociedad.[1]
CLASIFICACION DEL ESTADO CIVIL
Actualmente el estado civil de las personas se clasifica en:
- En relación con la nación
- Nacionales
- Extranjeros
- En relación con la familia
- En función con el matrimonio
- Soltero
- Casado o conviviente de hecho
- Viudo
- Divorciado
- En función con el parentesco por consanguinidad:
- En línea recta:
- Abuelo
- Padre
- Hijo
- Nieto
- En línea colateral:
- Hermanos
- Tíos
- Sobrinos
- Primos
- En función con el parentesco por afinidad:
- Suegro
- Yerno
- Nuera
- Cuñado
- En relación con la persona considerada en si misma
- Por su situación física o psíquica
- Normal
- Anormal
- En razón de la edad
- Mayores
- Menores adultos
- Impúberes
Caracteres del estado Civil: los caracteres son:
- Inalienable: el estado civil no puede ser objeto de enajenación, negociación, compromiso o gravamen bajo ningún titulo.
- Imprescriptible: el estado civil no se extingue en modo alguno.
- Irrenunciable: a nadie se le puede quitar el derecho del estado civil.
- Es indivisible
- No permite la transacción
- No puede separarse de la persona[2]
Comprobación del estado civil: el estado civil se puede comprobar por medio de las certificaciones extendidas por el Registro Nacional de las Personas.
En los casos especiales señalados por la ley se puede demostrar el estado civil de las personas mediantes pruebas supletorias.
Las pruebas supletorias en lo referente a la filiación (relación de paternidad), se le concede este carácter a la prueba denominada posesión notoria de estado civil.
Esta posesión notoria se refiere al conjunto de testimonio fidedigno que la establezca de modo demostrado, es decir, que es el conjunto de circunstancias de hechos que cuenta con valor de derecho en relación con el Estado civil de la persona.
Para la justificación de la anterior mencionada la doctrina señala como indispensable e inevitable la comprobación de tres factores:
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