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Clasificacion De Riesgo


Enviado por   •  8 de Febrero de 2015  •  1.241 Palabras (5 Páginas)  •  165 Visitas

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Que es calificadora de riesgos

La Calificación de Riesgo es una opinión sobre el riesgo crediticio emitida por una empresa independiente, basada en la evaluación cuantitativa y cualitativa sobre la capacidad de pago del clasificado, según los términos y condiciones pactadas; incluyendo además su capacidad para poder afrontar eventuales problemas o cambios en el entorno.

Es decir da una opinión independiente sobre la capacidad del emisor de pagarles a los inversionistas.

La misma NO es una recomendación para comprar, vender o mantener algún valor; Tampoco implica que se haya realizado una auditoría, ni el otorgamiento de una garantía con relación a la información proporcionada por el emisor.

Es en cambio una herramienta importante para la toma de decisiones de inversión dentro de una economía globalizada.

La Calificación de Riesgo es muy importante y es utilizada por varios participantes del Mercado de Valores como un parámetro a considerar al momento de analizar una inversión. Por ejemplo:

• Para los Inversionistas representa información crucial de apoyo para la toma de decisiones de inversión. Y les ayuda a tener un mejor conocimiento del Mercado para la diversificación de riesgo.

• Para los Emisores es de mucha utilidad, para comparar el riesgo y fijar la tasa de interés de sus emisiones, además de ser un requisito para el ingreso al Mercado de Valores

¿Cuál es la Interpretación de las Calificaciones de Riesgo?

Las categorías de calificación de valores de deuda de largo plazo son las siguientes:

Por ejemplo: entre más alta es la calificación (AAA), menos riesgo tiene su inversión.

• Categoría AAA: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores cuentan con la más alta capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía.

• Categoría AA: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores cuentan con una muy alta capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía.

• Categoría A: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores cuentan con una buena capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía.

• Categoría BBB: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores cuentan con una suficiente capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía.

• Categoría BB: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores cuentan con capacidad para el pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es variable y susceptible de deteriorarse ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía, pudiendo incurrirse en retraso en el pago de intereses.

• Categoría B: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores cuentan con el mínimo de capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es muy variable y susceptible de deteriorarse ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía, pudiendo incurrirse en pérdida de intereses y capital.

• Categoría C: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores no cuentan con una capacidad de pago suficiente para el pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, existiendo un alto riesgo de pérdida de capital e intereses.

• Categoría D: Corresponde a aquellos instrumentos en que sus emisores no cuentan con una capacidad para el pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, y que presentan incumplimiento efecto de pago de intereses o capital, o requerimiento de quiebra en curso.

• Categoría E: Corresponde a aquellos instrumentos cuyo emisor no ha presentado información suficiente, o no tiene información representativa para el período mínimo exigido para la clasificación,

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