Codigo De Etica
Enviado por franciscapestana • 7 de Julio de 2013 • 477 Palabras (2 Páginas) • 242 Visitas
ARTICULO 9.- El Contador Público que tuviere motivo profesional
justificado para no continuar atendiendo a un cliente,
podrá hacerlo, pero estará obligado si el cliente lo
requiere, a suministrar los datos e informaciones para que
otro Contador Público continúe la asistencia profesional,
de acuerdo a la Declaración sobre Normas y
Procedimientos de Auditoría N° 8, “Comunicación entre
el Auditor Predecesor y el Sucesor” sancionada por la
Federación de Colegios de Contadores Públicos de
Venezuela.
ARTICULO 10.- El Contador Público no expresará opinión acerca de los
estados financieros sin antes haber practicado un examen Código de Ética Profesional del Contador Público Venezolano/ 7
de acuerdo a las Normas de Auditoría de Aceptación
General promulgadas por la Federación de Colegios de
Contadores Públicos de Venezuela, o de uso
generalmente seguido y/o aceptado en la profesión y la
comunidad.
ARTICULO 11.- El Contador Público no deberá firmar informes de
auditoría que no hayan sido redactados por él o bajo su
dirección. .Tampoco deberá estampar su firma autógrafa
y el número de colegiación en el cuerpo de los estados
financieros que prepare, revise limitadamente o
dictamine.
En todo caso, deberá expresar en un informe escrito la
naturaleza del trabajo realizado, su alcance y grado de
responsabilidad que asume.
ARTICULO 12.- El Contador Público que actúe en forma independiente
no permitirá que se utilice su nombre en relación con
proyectos e informaciones financieras o estimaciones de
cualquier índole, cuya realización dependa de hechos
futuros, en tal forma que induzca a creer que el Contador
Público asume la responsabilidad sobre el cumplimiento
o realización de esas estimaciones o proyectos.
ARTICULO 13.- A fin de garantizar su criterio independiente e
imparcialidad, el Contador Público deberá abstenerse de
actuar en los casos siguientes:
a) Cuando sea pariente hasta el cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad del
propietario o socio principal de la empresa, o de
algún director, administrador o empleado que tenga
intervención importante en la dirección y
administración de los negocios del cliente.
b) Tenga o pretenda tener alguna injerencia o
vinculación económica o propiedad total o parcial,
directa o indirecta en la empresa, en un grado que
pueda afectar su libertad de criterio.
c) Hubiere desempeñado cargos de responsabilidad en
aquellas instituciones públicas o privadas, sus
filiales y/o subsidiarias que
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