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Codigo de Etica del abogado


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2022  •  Ensayo  •  2.101 Palabras (9 Páginas)  •  82 Visitas

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ENSAYO SOBRE EL CODIGO DE  ÈTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO

1.1.Introducción:

La ética profesional del abogado es el deber y la obligación de regular su ejercicio profesional. De esta manera, se asegura la máxima protección para cada cliente. Así, un código de ética obligará a los abogados a cumplir con ciertas obligaciones de manera positiva. Esto demuestra la importancia de la ética profesional para los abogados. Ayudarán a su trabajo y protegerán a sus clientes:


Libertad para ejercer
 la abogacía: De esta manera, puede garantizar la libertad para ejercer su profesión sin presiones ni coacciones por parte de las autoridades gubernamentales u otros organismos. Si en algún momento siente que no puede hacer su trabajo de forma completamente independiente, entonces abandone el caso. Confidencialidad: Como abogado, usted tiene el deber de mantener confidenciales todas las comunicaciones o información proporcionada por los clientes. Informar al cliente: Antes de contratar, debe indicar el costo estimado del trabajo y lo que el cliente puede encontrar. Asimismo, debe mantenerlo siempre informado sobre el estado del proceso y consultar con él sobre cualquier asunto que pueda afectar el caso de alguna manera. Debe obtener permiso antes de cambiar de abogado: si lo contratan en este proceso, debe obtener el permiso de su ex abogado. El ex abogado debe enviarle todos los documentos que tiene sobre el caso. Libre comunicación con la parte contraria a través de abogado: Este es un principio ético y procesal básico. Las partes deben comunicarse solo a través de sus abogados. Por ello, su comunicación con otros profesionales debe ser flexible y cordial.

1.2 Desarrollo:

Entrando en el contexto legal que es el tema de esta primera discusión, comenzaré con sus ideas; así, se crea y revisa un libro abierto de acuerdo con varios criterios, involucrando no solo a abogados expertos y profesionales académicos en el campo, sino también a todo un equipo, incluidos, por supuesto, estados, filósofos que estudian la moral. No se puede excluir a los políticos, los sociólogos, los economistas y la sociedad civil, y finalmente mencionaré a los políticos, son la clase de poder y habilidad a la que aspira nuestro país. Ahora es mi intención establecer legalmente que todos los miembros anteriores tienen gran poder e influencia autorizada sobre ellos. Si bien no creo que el derecho sea un fenómeno irracional del poder, me gustaría señalar que el poder no puede ser ignorado en la creación y aplicación del derecho y las normas jurídicas. Relaciono algunos de los aspectos no triviales del poder en la definición legal mencionada en los puntos anteriores con la definición de Hauriou y Kelsen. Hauriou, por ejemplo, se refiere a la ley como "un conjunto de reglas de conducta obligatorias diseñadas para crear orden y justicia en las relaciones sociales". O, como dice Kelsen, "... la ley es esencialmente una orden coercitiva". ¿Por qué mencioné lo anterior? Como las obligaciones siempre incluyen deberes, la inobservancia de los mismos genera sanciones, es decir, detrás de las obligaciones está la fuerza coercitiva de que las reglas deben cumplirse de una forma u otra. Lo mismo sucede con la definición de Darío Botero Uribe, que se refiere al derecho como "...una norma persuasiva", pero con la misma diferencia de "normas primarias o normas prenacionales o sociales", me llamó la atención porque analizaba estas mismas normas profundas. . formas de normas, y estas normas son especialmente importantes para la cultura de la sociedad, y mostró claramente que si no las hubiera. Tales normas conducen a la anomia social. Una ley (sic) que deroga el estado de derecho; e indica que la sociedad vivirá una serie de procesos muy profundos en los que todos los sectores de la sociedad deberán participar y trabajar, tratando constantemente de restaurar la confianza en la sociedad en su conjunto. Según "honestidad, normas sociales, valores, principios, respeto mutuo, reglas sociales claras". Sólo así la ley puede recuperar el poder que perdió entonces. Para ilustrar más lo mencionado en el párrafo anterior, ilustraré un pasaje dado por el autor acerca de cómo reaccionaría la sociedad si no estuviera regulada; más concretamente, si no existieran leyes penales que regularan cierto tipo de delitos, como el asesinato, estos actos tendrían en la sociedad las mismas consecuencias que cuando tales leyes existieron: ostracismo, condena social, etc. Al mismo tiempo, al hablar de normas sociales, Durkheim señaló que no importa qué tipo de sociedad exista, siempre habrá más personas necesitadas que individuos. En este punto del texto aparece otro actor (filósofo), que siempre trae a colación el tema de las normas sociales, hablo de Hegel, quien lo llama “…el principio rector, la norma rectora, la comprensión del comportamiento social ." Otro punto de este artículo que me pareció interesante y digno de mención es una crítica a la legislación colombiana, que en realidad no solo actualmente incluye una amplia gama de derechos y obligaciones que se cumplen, como lo hacen la mayoría de los países. , pero, yendo más allá, me refiero a los abusos a los que alude el autor en su interpretación, y que han sido cometidos por abogados. Lo anterior se basa en un análisis comparativo de “…el contenido actual de la Ley N° 196 de 1971 y la Ley N° 1123 de 22 de enero de 2007” en los países mencionados, destacando varios vacíos entre ambas leyes. Ha fallado. Bueno, en cuanto al último párrafo, no solo Perú, sino muchos países latinoamericanos tienen mucho que recortar.

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