Comparaciones Ley Organica De Educacion Del 99 Y 2009
Enviado por yendimar85 • 29 de Mayo de 2014 • 3.487 Palabras (14 Páginas) • 346 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR.
INSTITUTO PEDAGOGICO RURAL “GERVASIO RUBIO”
Análisis de los artículos 17, 18, 19 de la
Ley Orgánica de Educación de 2009 a comparación con la de 1999
(Ensayo)
Integrantes:
Quintero Maribel
Gómez Yendimar
Quintero Dorila
Queniquea, mayo 2014
En nuestro país, se aprobó en 2009 una nueva constitución con principios renovadores, que declara la refundación de la República, para brindar la consistencia ideológica de los derechos individuales, sociales y la garantía que el estado debe ofrecer para hacerlos realidad, y así construir el futuro con una nueva visión de la sociedad y del ser humano para luchar contra la inercia individual y social que apoltrona a unos para que otros lo hagan todo. En la Venezuela de hoy, marcada por profundos cambios todos debemos participar en ellos, pensarlos, asumirlos, concretarlos, buscando que esos mismos cambios generen un sentido de autodinámica en nosotros mismos, en nuestra comunidad y en la nación.
De allí, que la educación es un proceso social interrumpido que comienza desde la concepción y se extiende a lo largo de toda la vida. En él se dan las fases para la formación de la personalidad, el aprendizaje y el desarrollo afectivo; juega un papel determinante, donde confluyen variedad de actores, diversidad de intereses; concepciones, conocimientos y tendencias pedagógicas, por ellos de destaca la obligatoriedad de la educación en los niños y adolescentes como sujetos pleno derecho para asumir la difícil tarea de incorporarse al modelo de estado cuyos principios se destaca la participación de los ciudadanos en la formulación, ejecución y control de la gestión pública.
De ella también se deriva la intención de potenciar las capacidades de cada persona, proporcionando las mejores oportunidades para el desarrollo pleno de la personalidad de cada ser, en correspondencia con los valores, aceptados por la sociedad para lograr la transformación social a través de la educación como uno de los derechos humanos universales más importantes del individuo. Considerando que la educación, tiene como finalidad formar niños, niñas y adolescentes activos, críticos y reflexivos para lo cual es trascendental la participación de todos los actores en el proceso educativo (familia – escuela – comunidad).
De ahí que, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ubica a la familia en un rol determinante en la garantía de los derechos humanos y la análoga en cuanto sujeto activo, con los niños, niñas y adolescentes durante el ejercicio de la construcción de sus derechos. Sin embargo, ésta no representa en modo algunos puntos de vistas parciales ni opiniones personales, sino más bien, aquellos puntos básicos en que convergen el pensamiento y el modo de sentir de la mayoría de los venezolanos. En este sentido, la carta fundamental pretende agrupar las aspiraciones que nuestro pueblo considera imprescindible, para ello se debe reflexionar sobre el desempeño de la familia en su rol de sujeto de derecho en el estado de justicia, es decir, como sujeto de ciudadanía activa, sin que ello suponga una única visión de la familia, por el contrario, que nos permita valorarla en su diversidad y heterogeneidad como una construcción social de desarrollo.
Es evidente que, la familia es el lugar donde se internalizan los límites propios y de los demás, así como también la importancia de respetar, enseñar y aprender todo el tiempo, no hay manera de evitarlo, para bien o para mal. De allí, surge el interés de conocer el papel que desarrolla la familia como institución y agente educadora, con relación a otra organización formadora del hombre como es la escuela, para el pleno ejercicio de su ciudadanía. Es por esto, que se hace indispensable hacer de la familia un espacio de realización desde el cual se siembre en la persona el germen de todos los valores, se den los elementos necesarios para la formación del carácter, se infunda el sentido de pertenencia y se fortalezcan las capacidades requeridas para asumir las responsabilidades con la vida y la sociedad.
Es por ello, que la familia es la célula fundamental de la sociedad según el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación de 1999, esta educación, comienza en el hogar, donde se inculcan y adquieren valores éticos, morales, religiosos que contribuyen a la formación integral del individuo. Por lo que es la guía y modelo de conducta ante los hijos. En nuestra opinión, la familia exitosa establece límites claros y los mantiene con firmeza, pero, también son flexibles y negociables; los padres que marcan poco limite tienden a terminar con hijos carentes de auto disciplina y auto control, por el contrario los que han establecido demasiados y muy rígidos limites tienden a ser excesivamente conformistas, dependientes y carentes de creatividad o rebeldes y resentidos. Es así que, de acuerdo al apoyo que se les brinde dependerá el éxito o el fracaso que tengan en la vida y la participación en la sociedad.
Es importante señalar que, al dialogar acerca de la familia se tiene que decir que es para el niño el primer transmisor de pautas culturales y su primer agente de socialización; en la cual tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, tal cual como lo establece el artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación de 2009. Pero, que actualmente los padres no lo ven de esa manera, ya que, el estado plantea la participación de la ciudadanía a través de diversas organizaciones como: (consejos comunales, comités, resoluciones, entre otras que forman parte de la legislación educativa); sin embargo, la realidad del sistema educativo es otra, puesto que, no existe un seguimiento para la aplicación, cumplimiento, y correcto funcionamiento de estas organizaciones.
Tal es, el caso del poder popular constituidos por los Consejo Comunales, quienes están en la obligación de contribuir con la formación integral de los ciudadanos, así como el fortalecimiento de los valores éticos. Pero, que si nos vamos a revisar nuestra carta magna este poder no se encuentra contemplado en la misma, lo que crea desconfianza, ya que en la normativa legal no
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