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Enviado por   •  19 de Septiembre de 2013  •  1.344 Palabras (6 Páginas)  •  284 Visitas

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TEMA III

Las Familias Jurídicas del Mundo Contemporáneo. Familia Romano-Germánica

3.1. Familia Romano-Germánica.

Origen, Europa; Norma, ligada a conducta y preocupaciones de justicia y moral; y fuente principal, la ley. Tuvo su cuna en Europa y a ella pertenecen los países construidos sobre la base del Derecho romano. Su norma es concebida como norma de conducta vinculada estrechamente a preocupaciones de justicia y de moral. Un enunciado normativo es: “Todo el que sustrae la cosa ajena se hace reo de robo” (Art. 379 del Código Penal Dominicano) y la lectura normativa es “Las personas debemos comportarnos respetando la propiedad ajena

La familia del derecho romano-germánica es la más antigua y la más ampliamente difundida. La fecha tradicional de su nacimiento es 450 años antes del Cristo (A.C.), que es la fecha en que se asegurara la publicación de las XII tablas de Roma.

La familia romano-germánica es heredera del:

• Derecho Romano; y del

• Derecho Alemán.

La familia de Derecho Romano- Germánico se formó en Europa continental la cual sigue siendo hoy en día su centro principal de irradiación.

La característica principal de la familia de derecho Romano-Germánico: es el predominio de la legislación o, más claro aún, la codificación.

Breve Historia del Origen y Evolución de la Familia del Derecho Romano-Germánica.

El Imperio Romano desarrolló una amplia civilización y el genio romano construyó un sistema jurídico sin precedente en el mundo.

Al producirse las invasiones bárbara, tanto los pueblos romanizados como los bárbaros, continuaron viviendo bajo la propia ley romana.

Las Compilaciones de Justiniano fueron: (código, Digesto, Institutas, publicados entre 529 y 534) en Oriente y en Italia.

El Derecho medieval no fue más que un conjunto de normas de forma más o menos espontánea.

En la Edad media tanto entre los particulares como entre los grupos sociales, los litigios se resuelven de acuerdo con la ley del más fuerte o por la autoridad arbitraria de un jefe común.

3.2. Concepto de familia jurídica, agrupamiento de los derechos en familia.

Toda sociedad política posee su propio sistema jurídico, puede ocurrir que coexistan en un mismo Estado varios derechos. Existen en el campo del Derecho categorías que sobresalen de la gran variedad de los Derechos particulares; en dichas categorías no es posible agrupar los derechos. La nomenclatura para referirnos a esas categorías, es la de familias jurídicas.

Podemos definir como familias jurídicas, como al agrupamiento de los sistemas jurídicos contemporáneos en conjuntos supranacionales, atendiendo diversas categorías que puedan ser identificadas en todo derecho positivo; con el propósito de organizar su estudio, tales como:

a) Sus orígenes históricos.

b) Su naturaleza jurídica.

c) Su estructura.

d) Su operatividad.

e) Por su tradición intelectual.

La clasificación de los Derechos no posee solamente un interés descriptivo. El interés Legislativo es evidente cuando se trata de Derechos que pertenecen a la misma familia. El interés dogmatico de la comparación cuando se tratan de Derechos que pertenecen a familias diferentes.

FAMILIAS.- (Conjunto de sistemas Jurídicos que tienen rasgos en común, atendiendo a sus antecedentes, a sus fuentes, a sus conceptos y principios jurídicos y a su metodología legal y procesal. c) Clasificación de las Familias.-

1.- Neorromanista (Derivada del Derecho Romano Justinianeo, combinada con el Derecho Germánico y Canónico).

2.- Familia del Common Law ( con orígenes en el Derecho Anglosajón con influencia Danesa o Vikinga.

3.- Familia Socialista (originada en 1917, con la llegada al poder de los bolcheviques con la doctrina del Materialismo Dialéctico.

4.- Sistemas Mixtos

5.- Sistemas Religiosos (de orígenes diversos pero que tienen en común la unicidad del derecho estatal - secular - y el dogma religioso)

3.3. Importancia de la clasificación de los derechos en familias.

Los juristas emplean las categorías de norma, estructura, método y técnica, fuentes y principios para facilitarse el trabajo de agrupar los derechos en familias. Observando las semejanzas de categorías entre un sistema y otro, podemos señalar varios sistemas y afirmar que pertenecen a una misma familia.

Respecto al concepto de norma, la noción que de ella tengan los países determinará que desde este punto de vista correspondan a una misma familia.

También en el

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