Derecho Comparado
Enviado por Blasinat • 12 de Julio de 2013 • 1.557 Palabras (7 Páginas) • 804 Visitas
UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTO (UAPA)
TEMA I
TAREA 3 Y 4
ASIGNATURA:
DERECHO COMPARADO
PARTICIPANTE:
ESMELIDA DEL CARMEN RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ
MATRICULA:
11-5404
FACILITADORA:
DOÑA LUZ, MA
29 de mayo del 2013
DESARROLLE LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES SOBRE LAS DIFERENTES FAMILIAS JURIDICAS.
1- Define qué se entiende por familia jurídica.
Son sistemas jurídicos de distintos países o estados que tienen antecedentes históricos comunes e instituciones jurídicas similares.
Una familia jurídica es, por tanto, un conjunto de sistemas jurídicos que comparten determinadas características. El vocablo sistema jurídico se refiere al derecho nacional de un Estado, en tanto que el término familia remite al conjunto de sistemas jurídicos que rebasan las fronteras de una nación.
2- Explica cuál es la importancia de la clasificación de los derechos.
Los derechos en familia tiene un valor descriptivo, pero el máximo interés está en la utilidad que proporciona la comparación. Está clara la necesidad de comparar cuando los sistemas corresponden a una misma familia. En cambio, cuando es entre familias diferentes, el interés es dogmático y los resultados del estudio mejoran los rasgos característicos de nuestro derecho y aprendemos la diversidad de concepciones jurídicas existentes.
3- Identifica las relaciones o diferencias entre las familias del romano-germano y el common law.
Ambas familias se han aproximado debido a los muchos contactos entre ellas hasta el punto de que podemos hablar de una gran familia de Derecho occidental que las abarque. En cuanto a sus estructuras, la primera se asienta en las columnas del derecho público y derecho privado, y la segunda, en el Common Law y la Equity, nada que ver entre ellas. Respecto a sus métodos, éstos se acercan, el primero desarrolla su pensamiento por deducción cuando relaciona su caso concreto con la norma, y el segundo, por analogía, cuando relaciona su caso con una decisión judicial.
La norma jurídica de la familia Common Law tiende a concebirse al estilo de la Romano Germánica, en el sentido de promover ya no solo la solución del proceso, sino también en la idea de justicia.
4- Señala en un esquema las diferencias entre las familias de los derechos socialistas y los sistemas filosóficos y religiosos.
Basados en normas religiosas. Mientras la naturaleza de los sistemas de derecho clasificados en aquellas tres familias es jurídica, los sistemas religiosos son estrictamente así, religiosos. Sus normas regulan en determinados países las relaciones humanas, en su totalidad o en alguno de sus aspectos.
Los sistemas filosóficos o religiosos como musulmán, hindú, judío no llegan a constituirse en familias propiamente dichas debido a la independencia de cada uno y al hecho de que no agrupan una pluralidad de Derechos nacionales.
ACTIVIDADES DE LA UNIDAD IV SOBRE NUESTRA FAMILIA ROMANO-GERMANICO.
1- Explica brevemente la historia del origen y evolución de la familia romano-germánica señalando sus periodos históricos.
FAMILIA NEO-ROMÁNICA O GERMANO-ROMÁNICA O ROMANO-CANÓNICA
La familia neo-románica tiene su fundamento en el derecho romano. Tiene un énfasis en los valores de justicia y moral, impreso por el sistema religioso. Es la más antigua y difundida de las familias.
Tuvo su origen en la Ley de las XII Tablas, año 450 d. c., siglo V.
En la formación de la familia neo-románica tenemos dos grandes momentos:
Derecho Consuetudinario o derecho de la costumbre
Período Legislativo o de derecho escrito
Derecho Consuetudinario
Este derecho tuvo dos grandes ejes o componentes:
Las universidades
Los derechos nacionales y regionales
Dentro del derecho de las costumbres hubo dos etapas:
Un declive de la idea de derecho, por eso es una idea costumbrista, pues no era fuerte. Se habla de declive porque era un derecho no escrito y poco sólido.
Se produce antes del siglo XIII, donde existía un derecho con un carácter consuetudinario.
El hecho que favoreció a las costumbres fueron las invasiones bárbaras, las cuales trajeron nuevas costumbres.
Esta multiplicidad de costumbres da una confusión que dio origen a las primeras ideas de recopilación de las normas existentes en ese momento, como fue la recopilación o código de Justiniano.
En esta etapa había una idea inexacta del derecho porque la idea de derecho no formaba parte de la mentalidad de esa época.
Otro hecho que hace compleja las compilaciones es que las autoridades intervenían y tenían poder en el derecho público.
Otro hecho que hacía compleja la compilación y el derecho es que nadie había escrito las costumbres locales.
La capacidad del clero de intervenir
...