Conflictos de trabajo
Enviado por Daniel Aguilar • 1 de Octubre de 2015 • Ensayo • 335 Palabras (2 Páginas) • 178 Visitas
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PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO
- Inicia cuando el ejecutivo Federal realiza un estudio del bien que pretende expropiar a través de sus órganos respectivos.[pic 1]
- Interés público a satisfacer. Justificar la utilidad pública.
- Ejecutivo Federal a través de sus órganos respectivos declara la expropiación en el Diario Oficial de la Federación.
- Decreto (Esta publicación surte efectos de notificación del decreto expropiatorio.)
- declaración que debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación. Esta publicación surte efectos de notificación del decreto expropiatorio.
- Si el afectado no estuviera de acuerdo con la declaración mencionada, tiene derecho de interponer, en el lapso de quince días hábiles, el recurso administrativo de revocación contra la declaratoria. Además, la SCJN ha establecido que los afectados tienen derecho a ofrecer pruebas.
- Por último, el afectado tiene el derecho de reclamar, dentro del término de cinco años, la reversión del bien expropiado. En otras palabras: si los bienes que han originado la declaratoria no fueron destinados total o parcialmente al fin que dio causa a ésta, el propietario afectado podría solicitar a la autoridad que haya tramitado el expediente, la reversión total o parcial del bien de que se trate.
- No obstante, en caso de que no se haya interpuesto ningún recurso, la autoridad administrativa que corresponda pasará a ocupar el bien de cuya expropiación se trate. Así, se pasa a la indemnización y ésta deberá basarse en valor fiscal establecido en las oficinas catastrales, y sólo procedería avalúo respecto de las mejoras o deterioros que afecten a la propiedad posteriores a la asignación del valor fiscal, o cuando no exista este valor. Después de la reforma de 1993, se estableció que la indemnización debe ser equivalente al valor comercial del bien objeto de la declaración, sin que este monto sea inferior al valor fiscal establecido en la oficina de catastro.
- RELACION ESTADO VS PARTICULAR.
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