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Consejo Federal Der Gobierno


Enviado por   •  18 de Abril de 2015  •  1.465 Palabras (6 Páginas)  •  191 Visitas

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El Consejo Federal de Gobierno: es un organismo compuesto por los Poderes Municipales, Estadales y Nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo objeto es profundizar el proceso descentralizador del Estado.

Tiene su basamento Constitucional en el artículo 185, y en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno dictada por la Asamblea Nacional el 30 de junio año 2005.

Es el órgano encargado de la coordinación y la planificación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios, así como el desarrollo equilibrado de las regiones, respetando los principios que rigen al Estado Federal Descentralizado: justicia social, participación ciudadana, integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia, coordinación, interdependencia y subsidiaridad.

FUNCIÓN DEL CONCEJO FEDERAL DE GOBIERNO: regular la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y desarrollar los principios, normas y atribuciones que rigen la planificación y coordinación de políticas y acciones para el proceso de descentralización y transferencia de competencias y servicios del Poder Público Nacional a los estados y municipios, así como el desarrollo equilibrado de las regiones.

Su Concepto: Es la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Público Nacional a los estados y municipios; del cual dependerá el Fondo de Compensación Interterritorial, de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y Ley de Consejo Federal de Gobierno.

Proceso de Planificación: La planificación asignada al Consejo Federal de Gobierno, se destina a establecer los lineamientos de los entes descentralizados territorialmente y a las organizaciones populares de base, así como el estudio y la planificación de los Distritos Motores de Desarrollo que se creen para apoyar especialmente la dotación de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo. El Consejo Federal de Gobierno con base en los desequilibrios regionales, discutirá y aprobará anualmente los recursos que se destinaron al Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) y las áreas de inversión prioritaria a las cuales se aplicarán dichos recursos.

Distritos Motores de Desarrollo: EI Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros y Ministras, sin perjuicio de la organización política territorial de la República, podrá crear Distintos Motores de Desarrollo con la finalidad de impulsar en el área comprendida en cada uno de ellos un conjunto de proyectos económicos, sociales, científicos y tecnológicos, destinados a lograr el desarrollo integral de las regiones y el fortalecimiento del Poder Popular, en aras de facilitar la transición hacia el socialismo.

Transferencia de Competencias: La transferencia de competencias es la vía para lograr el fortalecimiento de las organizaciones de base del Poder Popular y el desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y regiones del país, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

Principios Rectores: Los objetivos, funciones y actividades a los cuales se destina el Consejo Federal de Gobierno, deben desarrollarse con base con los principios de justicia social, participación ciudadana, protección de la integridad territorial, desarrollo sustentable, cooperación entre las entidades públicas, territoriales, corresponsabilidad, interdependencia, solidaridad y concurrencia.

De la Organización del Consejo Federal de Gobierno: Para el cumplimiento de sus fines, el Consejo Federal de Gobierno está integrado por la Plenaria y la Secretaría.

Sede: El Consejo Federal de gobierno tendrá su sede en la ciudad de Caracas, y puede sesionar en otro lugar de la República, cuando así lo acuerde la Plenaria.

De la Plenaria y la Integración:

La Plenaria es el órgano que reúne a todos los miembros del Consejo Federal de Gobierno integrado por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, por los Ministros o Ministras, los Gobernadores o Gobernadoras, un Alcalde o Alcaldesa por cada estado y por la sociedad organizada, los voceros o voceras de las organizaciones de base del Poder Popular, cuya selección y número determine el reglamento de la Ley del Consejo Federal de Gobierno.

Selección de los Alcaldes o Alcaldesas

La selección de los Alcaldes o Alcaldesas que representarán a cada estado en la Plenaria, serán escogidos o escogidas por decisión de la mayoría de los Alcaldes o Alcaldesas de cada uno de los estados que conforman la República, en reunión que al efecto convoque el Presidente o Presidenta del Consejo Federal de Gobierno. Durarán un año en sus cargos, pudiendo ser seleccionados o seleccionadas para subsiguientes períodos.

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