Contabilidad Bancaria
Enviado por lindaaquino • 22 de Junio de 2013 • 2.669 Palabras (11 Páginas) • 412 Visitas
Naturaleza de los Seguros:
Es de carácter social pero de consecuencias económicas en sus métodos, ofrece una importante ayuda a la economía en general, al permitir la liberación de los fondos, lo que, si no fuera por el seguro mismo, habría necesidad de acumular para hacer frente a la contingencia de un siniestro. De esta manera, las sumas reunidas con el propósito mencionado dejan de ser una simple inversión de fácil cobro y se utilizan para procurar nuevas posibilidades a la economía particular y a la del país, pues las primas que reciben las compañías aseguradoras, después de cubrir los gastos y compromisos dejan un remanente que constituye la reserva de la póliza, especialmente en el caso del seguro de vida, y así las sumas reunidas por estos conceptos, que casi siempre alcanzan niveles elevados, los invierten las empresas en bienes y valores que, por si solos, constituyen una corriente que generará un movimiento que afecta a toda la iniciativa comercial y al bienestar personal.
Ninguna empresa o persona quiere sufrir pérdidas, siempre existen las probabilidades de evitarlas o al menos de prevenir el riesgo de que se conviertan en realidad, por cualquier motivo. Cuando la sociedad se enfrenta a esos riesgos que son desagradables para todo ser humano, la reducción de estos, se traduce en el control de sus efectos, lo que hace surgir problemas importantes. Los resultados obtenidos pueden ser de poco valor, aunque las precauciones y el cuidado eficientes pueden reducir las pérdidas. La mayoría de los daños están fuera de los límites de preveerse y controlarse por el hombre. Una solución indicada es la de los Seguros, que si bien no eliminan el hecho de que en el futuro sucedan pérdidas, si garantizan al que sufre el daño, quien al obtener un seguro, no tendrá que soportar por sí solo la cuantía de los daños o destrozos.
DEFINICIÓN DE SEGUROS
“El seguro es un mecanismo para reducir la incertidumbre de una parte llamada el Asegurado por medio de la transferencia de ciertos riesgos a otra parte, llamada el Asegurador, quien ofrece una reposición, al menos parcialmente, de las pérdidas económicas sufridas por el Asegurado”.
Los principales elementos contenidos en esta definición son “reducción de la incertidumbre”, como lo es la aminoración de las ansiedades del asegurado individual; “transferencia de ciertos riesgos”, implica que no todas las causas de pérdida pueden ser transferidas; y “restitución de las pérdidas económicas”, significa que no todos los daños sufridos por el asegurado pueden ser indemnizados. Ningún asegurador puede lograr restituir el amor hacia algo que se ha perdido o el valor estético de una obra de arte original, puede hacer solamente una reposición parcial de la pérdida económica del asegurado y nunca podrá hacer más por él.
Características y principios básicos
El contrato de seguro se caracteriza por ser, fundamentalmente, consensual, bilateral, aleatorio, oneroso, de adhesión y por estar basado en la buena fe.
- Es consensual, por cuanto se establece por el mero consentimiento de las parte.
- Es bilateral, ya que en el las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra.
- Es aleatorio, pues mediante el mismo, las partes contratantes pactan expresamente, la posibilidad de una ganancia o se garantizan contra la posibilidad de una perdida, según sea el resultado de un acontecimiento de carácter fortuito.
- Es oneroso, ya que cada una de las partes se contrata obtiene una prestación a cambio de otra que debe realizar.
- Es de adhesión, ya que sus cláusulas las fija una de las partes, y la otra las acepta.
Esta basado en la buena FE, principio básico y característico de los contratos que obligan a las partes a actuar entre si con la máxima honradez, sin torcer arbitrariamente el sentido recto de los términos recogidos en su acuerdo, y sin limitar o exagerar los efectos que naturalmente se derivan del modo en que los contratantes hayan expresado su voluntad y contraído sus obligaciones
Aseguradora:
Empresas privadas sociedades anónimas con fines de lucrar, dedicadas al negocio del seguro, el reaseguro o ambas actividades de las cuales asumen el riesgo especificando en el contrato de los seguros.
Asegurador:
Es el que asume los riesgos especificados en el contrato de seguro, ellos pueden actuar como aseguradores únicamente en la empresas que ha sido autorizadas.
Agente de seguro:
Personas que su actividad consiste en la intermediación de contratos de los seguros que están a favor de una o varias empresas que son aseguradoras, y que se dedican a concluir contratos de seguro en su nombre.
Asegurado:
Son las personas que soportan el riesgo y que normalmente estipula el contrato asume la obligación de pagar la prima y las otras cargas que impone la ley adquiere el derechos percibir la indemnización o el pago de la suma convenida..
Beneficiario:
Persona que recibe en caso de siniestro, el producto del seguro, puede ser el solicitante o el asegurado pero también una persona distinta.
Compañía afianzadora:
Son empresas privadas en calidad de Sociedades Anónimas que están autorizadas a contraer contratos de fianzas que incluyen póliza, que sus requisitos son:
El lugar y la fecha de emisión
Las Direcciones y Nombres de la afianzadora y fiador
El nombre del beneficiario
La mención de las obligaciones garantizadas, el monto y las circunstancias de la garantía.
Firma de la afianzadora, la cual podrá ser autógrafa o sustituirse por impresión o reproducción.
Coaseguro:
Es donde intervienen varios aseguradores que aseguran un mismo riesgo, corresponde a cada uno determinada cuota en el valor de interés asegurable y por tanto, en el pago del siniestro por e coaseguro.
Loa que caracteriza a el coaseguro es que los diferentes aseguradores reparten entre si el riesgo y la suma total asegurada estando de acuerdo respecto al porcentaje o a la parte asumida por cada asegurador.
Reaseguro:
Consiste en dividir los riesgos, de tal manera que el asegurador conserve una parte y transfiera otra al otro asegurador. también se define como un seguro con el cual dentro e los limites del contrato, el asegurador se cubre a su vez del riesgo asumido, es decir, se asegura contra el daño que puede repercutir por la realización del riesgo que ha asegurado.
Contrato de seguro:
El asegurador se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista en el contrato el asegurado o tomador del seguro
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