Contaminacion Del Espacio Publico
Enviado por ALEXANDER1981 • 3 de Agosto de 2014 • 4.907 Palabras (20 Páginas) • 245 Visitas
CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCION
1. INFORMACION GENERAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOTENIBLE 5
1.1. Objetivos y funciones generales 5
1.2. Misión – Visión del Ministerio de Ambiente 9
2. COMPONENTES 10
2.1. SUELO 11
2.1.1. Espacio público 11
3. TRABAJO DE CAMPO
3.1. REGISTRO FOTOGRAFICO 12
3.1. ENCUESTAS 17
3.2. ESTADÍSTICAS 19
3.3. CONCLUSIONES 20
3.4. GLOSARIO 21
3.5. TABLAS 22
3.6. MAPAS 23
3.7. ANEXOS 24
3.8. BIBLIOGRAFIA – WEBGRAFIA 25
INTRODUCCION
El medio ambiente es el hábitat donde nos movemos a diario el cual debemos velar por mantener en óptimas condiciones para su conservación, este mismo se divide en tres componentes principales para facilitar su entendimiento y poder ser identificados, estos son hídrico, atmosférico y suelo, cada uno de ellos dividido en subcomponentes y es precisamente el último componente “suelo” donde se quiere destacar uno de los derivados que es donde se centrara el trabajo.
Este informe esta direccionado a conocer lo que en su momento llamamos “espacio público” que se desprende del componente suelo, la contaminación, las dificultades, el mal uso, el deterioro, el manejo que le han dado las diferentes administraciones locales y los derechos a los que tenemos sobre estos mismos, así como un repaso por la historia del ministerio de ambiente y sus objetivos.
Además de un registro fotográfico de diferentes sitios ubicados en la ciudad donde se evidencia la problemática que se presenta especialmente en las localidades de Chapinero, Barrios Unidos y Santa Fe por su ubicación en la ciudad y su gran número de universidades, colegios, oficinas de trabajo y sector comercial que las componen.
1. INFORMACION GENERAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOTENIBLE
1. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es uno de los ministerios actuales del poder ejecutivo de Colombia. Es un ente regulador que determina normas y directrices en materia de ambiente, desarrollo, agua potable, por medio de estrategias que involucran el desarrollo sostenible.
El ministerio se creó en el año de 1993, por medio de la ley 99/93. A finales de 2002, a iniciativa del primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez, se fusionó con el Ministerio de Vivienda, tomando el nombre de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
En 2011, dentro de la primera reforma al Estado del Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos, se separaron nuevamente en dos carteras las funciones de Medio Ambiente y Vivienda, momento desde el cual fue llamado Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
1.1. Objetivos y funciones generales.
Objetivos
Artículo 1 - Decreto 3570
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es el rector de la gestión del ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de orientar y regular el ordenamiento ambiental del territorio y de definir las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del ambiente de la nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible, sin perjuicio de las funciones asignadas a otros sectores.
El Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible formulará, junto con el Presidente de la República la política nacional ambiental y de recursos naturales renovables, de manera que se garantice el derecho de todas las personas a gozar de un medio ambiente sano y se proteja el patrimonio natural y la soberanía de la Nación.
Corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible dirigir el Sistema Nacional Ambiental -SINA-, organizado de conformidad con la Ley 99 de 1993, para asegurar la adopción y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos respectivos, en orden a garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos del Estado y de los particulares en relación con el ambiente y el patrimonio natural de la Nación.
Funciones
Artículo 2 - Decreto 3570
Además de las funciones determinadas en la Constitución Política y en el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y en las demás leyes, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible cumplirá las siguientes funciones:
l. Diseñar y formular la política nacional en relación con el ambiente y los recursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar su conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del ambiente.
2. Diseñar y regular las políticas públicas y las condiciones generales para el saneamiento del ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural, en todos los sectores económicos y productivos.
3. Apoyar
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