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Contestacion de demanda


Enviado por   •  19 de Agosto de 2015  •  Ensayo  •  3.485 Palabras (14 Páginas)  •  422 Visitas

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SERVICIOS JURÍDICOS INTEGRALES

ABOGADOS

DR. VELASCO NO. 162, 3° PISO, DESP. 22

COL. DOCTORES, CP. 06720

TELS. 55 78 03 43 Y 55 78 03 53

ANA LAURA GARCÍA REZA

VS

LEONOR ORTEGA TORRES

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

EXPEDIENTE: 1600/ 2014

C. JUEZ CIVIL DE CUANTÍA MENOR DE

CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

P R E S E N T E:

LEONOR ORTEGA TORRES, POR MI PROPIO DERECHO, SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TANTO NOTIFICACIONES COMO DOCUMENTOS; EL UBICADO EN LOS ESTRADOS DE ESTE H. JUZGADO, Y AUTORIZANDO PARA DICHOS EFECTOS, A LOS LICENCIADOS EN DERECHO. SANDRA SANTOS HERNÁNDEZ, CON CÉDULA PROFESIONAL #3920896 Y ROBERTO ACACIO GARCÍA, CON CEDULA PROFESIONAL NO. 1511206, ANA LUISA SOLANO MOLINA, ANA BERTHA HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Y JOSÉ ANTONIO CASTAÑEDA PIÑA, INDISTINTAMENTE; ANTE USTED C. JUEZ, CON EL DEBIDO RESPETO COMPAREZCO PARA EXPONER:

POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO, ACUDO A DAR CONTESTACIÓN A LA IMPROCEDENTE E INFUNDADA DEMANDA ENTABLADA EN MI CONTRA, CON APOYO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1399 Y 1400 DEL CÓDIGO DE COMERCIO ASÍ COMO 8 Y 167 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO POR PARTE DEL HOY ACTOR ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN EL C. LUIS ERNESTO LOYOLA MIRANDA, MISMA QUE DESDE LUEGO SE NIEGA EN CUANTO SU PROCEDENCIA, FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, POR LO QUE SE PROCEDE A CONTESTAR LAS SIGUIENTES PRESTACIONES:

1.- ESTA PRESTACIÓN SE NIEGA EN CUANTO AL FONDO Y DERECHO CONFORME EL CÓDIGO DE COMERCIO Y LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO PUES DEL TÍTULO DE CRÉDITO DENOMINADO PAGARE QUE FUE PRESENTADO EN LA DEMANDA AL RUBRO ESTABLECIDA, SE OBSERVA A TODAS LUCES QUE SE SUSCRIBIÓ A FAVOR DE ANA LILIA GARCÍA REZA, POR LO QUE LA C. ANA LAURA GARCÍA REZA NO TIENE FACULTADES NI DE ENDOSAR Y MUCHO MENOS DE DEMANDAR UN PAGO DE UN ADEUDO QUE NO SE ADQUIRIÓ CON LA MISMA, Y CONCATENADO A LO ANTERIOR LAS FACULTADES DEL ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN SON INEXISTENTES, AUN ASÍ ES EVIDENTE Y A TODAS LUCES QUE DICHA FIRMA PLASMADA NO ES DE MI PUÑO Y LETRA.

2.- DICHA PRESTACIÓN SE NIEGA EN SU TOTALIDAD YA QUE DERIVA DE LA ANTERIOR POR LO TANTO, NO PUEDE SER RECLAMADA, YA QUE CARECE DE FUNDAMENTO DE HECHO Y DE DERECHO.

3.- ESTA PRESTACIÓN SE NIEGA EN SU TOTALIDAD EN VIRTUD DE QUE LA QUE SUSCRIBE NO DIO ORIGEN A LA MISMA.

ASÍ MISMO EN ESTE ACTO DOY CONTESTACIÓN A LOS

H E C H O S

1.- ESTE HECHO ES FALSO DE TODA FALSEDAD YA QUE EL TITULO DE CRÉDITO QUE PRESENTA LA PARTE ACTORA NO ESTÁ NI A FAVOR DE LA C. ANA LAURA GARCÍA REZA Y MUCHO MENOS DEL C. LUIS ERNESTO LOYOLA MIRANDA, DE HECHO ESTE H. JUZGADO NO DEBIÓ DE HABER ADMITIDO UNA DEMANDA QUE ESTÁ FIRMADA POR PERSONA DISTINTA A LA QUE APARECE EN EL PAGARE Y EN MISMO NO APARECE QUE HAYA SIDO ENDOSADO EN PROPIEDAD O PROCURACIÓN A FAVOR DE ANA LAURA GARCÍA REZA. Y AUNADO A LO ANTERIOR SE OBSERVA QUE MI FIRMA ESTÁ ALTERADA PUES ES DISTINTA A LA QUE UTILIZO EN TODOS MIS DOCUMENTOS PERSONALES Y UTILIZO EN MI VIDA DIARIA.

2.- ESTE HECHO TAMBIÉN ES FALSO YA QUE JAMÁS HE TENIDO UNA DEUDA CON LA C. ANA LAURA GARCÍA REZA Y MUCHO MENOS CON LA C. ANA LILIA GARCÍA REZA A QUIEN NI SIQUIERA CONOZCO, POR LO TANTO NO PUEDO PAGAR UNA DEUDA QUE NO RECONOZCO, YA QUE LA QUE SUSCRIBE NO SUSCRIBIÓ DICHO PAGARE, PUES COMO LO ESTABLECÍ ANTERIORMENTE EN DICHO DOCUMENTO SE PLASMA UNA FIRMA DIFERENTE A LA QUE UTILIZO Y DESDE ESTE MOMENTO MANIFIESTO QUE NO ES MI FIRMA, POR LO QUE INICIARE LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIENTE.

ASÍ MISMO VUELVO A HACER ÉNFASIS DE QUE QUIEN SUSCRIBE LA PRESENTE DEMANDA NO TIENE FACULTADES PARA DEMANDARME YA QUE LA C. ANA LILIA GARCÍA REZA NO ENDOSO DICHO PAGARE, YA QUE DICHA FIRMA ES EVIDENTE QUE ES DE LA C. ANA LAURA GARCÍA REZA, POR LO DICHO DOCUMENTO SE ENCUENTRA ALTERADO

3.- ESTE HECHO ES FALSO YA QUE NUNCA SE HABÍAN PRESENTADO A MI DOMICILIO A REQUERIRME PAGO ALGUNO, PUES DE LO CONTRARIO YA HUBIESE INICIADO MI DENUNCIA PENAL EN CONTRA DE LA C. ANA LILIA GARCÍA REZA POR HABER FALSIFICADO MI FIRMA Y HABER ALTERADO Y FALSIFICADO UN TITULO DE CRÉDITO A SABIENDO DE QUE ESTE FUE FALSIFICADO O ALTERADO. MAS SIN EMBARGO FUE HASTA EL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO CUANDO ME ENTERO QUE UNA PERSONA DE NOMBRE ANA LILIA GARCÍA REZA ME SOLICITA UN PAGO, CUANDO A DICHA PERSONA NO SOLO NO LA CONOZCO, SI NO QUE NUNCA LE HE SUSCRITO UN PAGARE. SOLICITANDO A ESTE H. JUZGADO SE LE DE VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO A ESTE H. JUZGADO POR EL DELITO DE FRAUDE PROCESAL.

D E R E C H O

ES IMPROCEDENTE EL DERECHO QUE INVOCA EL ACTOR EN VIRTUD DE QUE NO CUENTA CON LA PERSONALIDAD PARA DEMANDAR DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 1057 Y 1126 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

EXCEPCIONES

A.- FALTA DE ACCIÓN Y DERECHO.- QUE SE HACE CONSISTIR EN LA FALTA DE ACCIÓN Y DERECHO EN LA PARTE ACTORA PARA PRETENDER LA REALIZAR EL RECLAMO DE LAS PRESTACIONES QUE ESTABLECE EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA YA QUE COMO SE OBSERVA EN DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN EL MISMO SE ENCUENTRA A FAVOR DE LA C. ANA LILIA GARCÍA REZA, Y NO DE ANA LAURA GARCÍA REZA COMO LO ESTABLECE EN RUBRO DE SU DEMANDA AYUDADO EN EL MISMO ESCRITO DE DEMANDA DONDE ESTABLECE SU PERSONALIDAD HACE CONFESIÓN EXPRESA DE QUE QUIEN LE ENDOSA EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN ES LA C. ANA LAURA GARCÍA REZA Y NO ANA LILIA GARCÍA REZA, Y MÁS AUN EN EL AUTO DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO SE ADMITE LA DEMANDA DEL C. LUIS ERNESTO LOYOLA MIRANDA COMO ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DE ANA LAURA GARCÍA REZA Y NO DE ANA LILIA GARCÍA REZA, HECHO POR EL CUAL CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 1057 Y 1126 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. NO TIENE LA PERSONALIDAD QUE ESTABLECE LA LEY PARA DEMANDARME EN VÍA Y FORMAS PROPUESTAS EN SU ESCRITO INICIAL DE DEMANDA.

B) FALTA DE PERSONALIDAD.- QUE SE HACE CONSISTIR EN LA FALTA DE PERSONALIDAD DE LA PARTE ACTORA PARA PRETENDER LA REALIZAR EL RECLAMO DE LAS PRESTACIONES QUE ESTABLECE EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA YA QUE COMO SE OBSERVA EN DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN EL MISMO SE ENCUENTRA A FAVOR DE LA C. ANA LILIA GARCÍA REZA, Y NO DE ANA LAURA GARCÍA REZA COMO LO ESTABLECE EN RUBRO DE SU DEMANDA AYUDADO EN EL MISMO ESCRITO DE DEMANDA DONDE ESTABLECE SU PERSONALIDAD HACE CONFESIÓN EXPRESA DE QUE QUIEN LE ENDOSA EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN ES LA C. ANA LAURA GARCÍA REZA Y NO ANA LILIA GARCÍA REZA, Y MÁS AUN EN EL AUTO DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO

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