CONTESTACION DE DEMANDA
Enviado por jorjass2000 • 29 de Enero de 2016 • Documentos de Investigación • 7.192 Palabras (29 Páginas) • 337 Visitas
CLAUDIA IVONNE MONTOYA GARCÍA
VS
HÉCTOR ARREDONDO ROJAS
CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR
JUICIO DE ALIMENTOS
EXPEDIENTE: 1903/2015
C. JUEZ TRIGÉSIMO SEXTO DE LO FAMILIAR
DEL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE.
HÉCTOR ARREDONDO ROJAS promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos las listas y boletín judicial de este H. Juzgado, autorizando en términos de lo dispuesto por el artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal para que me patrocinen en este juicio indistintamente así como para los efectos de oír y recibir toda clase de notificaciones, valores y documentos a las Licenciadas en Derecho Lic. HORTENSIA REYES ROJAS, con Número de Cédula Profesional 3089266, Expedida por la Dirección General de Profesiones y a la Lic. NANCY HURTADO FLORES, con Número de Cédula Profesional 09051872, Expedida por la Dirección General de Profesiones y al C. RUBÉN GIOVANY RAMÍREZ ALCANTAR, ante usted con el debido respeto, comparezco para exponer lo siguiente:
Que con fundamento en el Artículo 985 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal, en legal tiempo y forma vengo a dar contestación a la infundada e improcedente DEMANDA instaurada en mi contra por la C. CLAUDIA IVONNE MONTOYA GARCÍA, en los siguientes términos:
CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES
1.- En cuanto a la prestación marcada con el numero 1 de la demanda que se contesta, se Acepta el derecho de mi menor hija Itzia Gibrany Arredondo Montoya de percibir una pensión alimenticia, misma que deberá ser fijada por su Señoría en los términos de proporcionalidad que fija la ley, de acurdo al Código Civil para el Distrito Federal, igualmente se acepta el pago de la pensión alimenticia definitiva para mi menor hija siempre y cuando sea una parte proporcional y equitativa de mi salario, y la misma pensión se encuentra apegada a derecho; pensión que su Señoría deberá de dictar de acuerdo a la verdad de los hechos ya que la pensión alimenticia solicitada por la hoy actora se encuentra apegada a hechos falsos y mentirosos, hechos expresados por la hoy actora en su escrito inicial de demanda, hechos que mas delante quedarán desvirtuados en el presente escrito de contestación de demanda.
No obstante lo anterior cabe manifestar que el porcentaje del 40% de todas, y cada una de mis prestaciones que recibo en forma ordinaria y extraordinaria de mi fuente detrabajo es una suma muy elevada y deviene en un perjuicio patrimonial para el suscrito y me restringe mis posibilidades de obtener los satisfactores económicos que requiero para sobrevivir dignamente.
Así mismo no omito manifestar su Señoría que me encuentro viviendo en diferente domicilio al de mi acreedor alimentario, generando gastos para mi manutención y de acuerdo a lo anterior esta situación también me impide proporcionar una pensión alimenticia tal elevada como la solicitada por la hoy actora en el presente juicio que nos ocupa, misma pensión que me deja en estado de indefensión y se encuentra violando uno de los preceptos jurídicos de nuestro Código Civil para el Distrito Federal que a la letra dice:
ARTÍCULO 311.Proporcionalidad a las posibilidades y necesidades
Los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien deba recibirlos…..
Además de que la hoy actora es Ingeniero en XXXXXXXXXXXXXXXXXX y labora en COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, fuente laboral que se encuentra ubicada en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, percibiendo un salario aproximado de $XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, información que la actora se ha abstenido de poner en conocimiento a su Señoría de una forma dolosa y de mala fe, aclarando a su Señoría que nunca me he negado ni me negare a cumplir con mi pensión alimenticias, pero toda vez que la actora también percibe ingresos, también tiene la obligación de otorgar alimentos para mi menor hija.
Lo anterior con fundamento en lo establecido en el artículo 303 de Código Civil para el Distrito Fedérala, artículo que a la letra dice:
Artículo 303. Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos….
2.- En cuanto a la prestación marcada con el número 2, manifiesto a su señoría que NO EXISTE OPOSICIÓN a que mi menor hija de nombre ITZIA GIBRANY ARREDONDO MONTOYA, permanezca bajo LA GUARDA Y CUSTODIA de su madre, la C. CLAUDIA IVONNE MONTOYA GARCÍA, durante y después de haber concluido el presente procedimiento, asumiendo así que es legalmente procedente, ejerciéndose en el domicilio ubicado en CALLE TULUM, MANZANA 10, LOTE 4-B, COLONIA LOMAS DE PADIERNA, CÓDIGO POSTAL 14200, DELEGACIÓN TLALPA, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, ahora bien la C. CLAUDIA IVONNE MONTOYA GARCÍA deberá informar de inmediato al Juez de lo Familiar y al suscrito cualquier cambio de domicilio, su nueva dirección y la ubicación de esta, a efecto de que el suscrito continúe cumpliendo con su derecho de velar en todo momento un ambiente sano para mi menor hija, acorde a las necesidades de nuestras hija de nombre ITZIA GIBRANY ARREDONDO MONTOYA, así mismo, la hoy actora deberá evitar generar sentimientos negativos, como odio, desprecio, rencor o rechazo hacia sus progenitores.
3.- En cuanto a la prestación marcada con el número 3 de la demanda que se contesta, es IMPROCEDENTE en virtud de que en atención al interés superior de mi menor hija Itzia Gibrany Arredondo Montoya, la convivencia que tengo con ella beneficia su desarrollo armónico, integral, físico, psicológico, moral y emocional, por lo que me encuentro lejos de ser un peligro para ésta, ya que soy una persona responsable, cuidadoso, emocionalmente estable, y tengo conocimiento de las necesidades alimenticias, cuidados médicos, así como de descanso, juego y esparcimiento de mi menor hija, siendo así apto para tenerla a mi cargo por periodos de tiempo, además de que nunca la he dejado en completo abandono económico, medico, moral y afectivo, por lo que no he puesto en riesgo la integridad de mi menor hija, por lo tanto la convivencia con mi menor hija, tiene como fin único salvaguardar la integridad física, emocional, psicológica y moral de ésta, por que soy idóneo para tener convivencia con mi menor hija, por las razones mencionadas anteriormente y que más adelante detallaré.
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