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Contesto Demanda De Alimentos


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2014  •  1.226 Palabras (5 Páginas)  •  360 Visitas

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EXP. Nº : 0074-2011

ESP LEG : TALLEDO PORTOCARRERO LILY

ESCRITO : 01

CONTESTO DEMANDA ALIMENTOS

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PIURA.

MOISES FELIPE LIZAMA NUÑEZ, identificado con DNI Nº 43535665, con domicilio real en la Urbanización Ignacio Merino-Piura y con domicilio procesal ubicado en Jr. Libertad Nº 629 2do. Piso – Piura (CONSULTORIO JURÍDICO DE LA UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO); en el proceso de ALIMENTOS seguido en mi contra por JORGE EDUARDO JARED LIZAMA NUÑEZ; a Ud. me presento y expongo lo siguiente:

I. PETITORIO

En ejercicio del Derecho a la Defensa que me asiste, mediante el presente escrito, dentro del plazo de Ley, ABSUELVO EL TRASLADO DE LA DEMANDA, planteada por MIRIAM KATHERINE ROJAS AQUINO; en mi contra, CONTRADICIÉNDOLA en algunos de sus extremos y en consecuencia solicito se declare FUNDADA EN PARTE, por los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer:

II.- RESPECTO DE LOS HECHOS EXPUESTOS EN LA DEMANDA

PRIMERO

Respecto al fundamento uno, es verdad, que producto de nuestra relación extramatrimonial con la demandante hemos procreado nuestro hijo el cual es aún menor de edad.

SEGUNDO

TERCERO

Que, respecto al fundamento Nº 3, es totalmente falso lo indicado por la demandante, ya que desde hace mucho tiempo no trabajo como ambulante en el Mercado de Piura distribuyendo Tamales, desayunos o almuerzos, pues no cuento con los medios económicos suficientes como para empezar de nuevo mi negocio, además si bien es cierto que uno de mis hijos mayores me ayudan, queda claro que no es económicamente, simplemente cuido su taller y como pago recibo un plato de comida diario. Siendo en la actualidad no cuento con un trabajo estable; desempeñándome en empleos esporádicos debido a mi edad. Además los gastos de mi hijo deben cubrirse tanto por el padre como por la madre.

CUARTO

Acerca del fundamento Nº 4, la demandante alega que trabajo como moto-taxista en una moto lineal que es de mi propiedad, y que además gano un aproximado de S/.40.00 Nuevos Soles, por lo que resulta ser totalmente falso; si bien es cierto trabajo en moto lineal, esta no es de mi propiedad es un de un amigo quien me la presta solo por las mañanas para trabajarla, por lo que tengo un ingreso de solo S/.10.00 Nuevos Soles, de los cuales diariamente S/. 3.00 Nuevos Soles los usos para echar gasolina, y lo que resta es para mí sustento de todo el día. Además debo indicar que la moto lineal la trabajo de lunes a viernes; siendo imposible para mi persona atender su pedido de cumplir con una asignación anticipadamente de S/. 600.00 (seiscientos y 00/100 Nuevos Soles), por lo tanto debe valorarse el hecho de que la madre aún tiene la fuerza física suficiente para trabajar y que no padece de ninguna discapacidad física o mental; en consecuencia se encuentra con posibilidades de conseguir un trabajo y poder contribuir a la manutención de nuestro hijo.

QUINTO

Que, en atención al fundamento Nº 5, es verdad mi hijo aún tiene 17 años de edad y realiza trabajos de limpieza, pero me es imposible darle estudios superiores, pues no tengo los medios económicos suficientes y tampoco cuento con un trabajo estable que me permita seguir dando estudios a mi menor hijo. Además tal como lo indica la parte demandante en su último fundamento la pensión de alimentos debe recibirse de ambos padres.

III.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

1.- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ:

- Artículo

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