Contrato De Deposito
Enviado por pereznazaret • 21 de Mayo de 2014 • 782 Palabras (4 Páginas) • 243 Visitas
CONTRATO DE DEPOSITO
El contrato de depósito consiste en confiarle una cosa corporal a una persona que se encarga de guardarla y restituirla después; quien encarga la cosa corporal se denomina depositante y a quien le es encargada depositario. Este contrato se perfecciona con la entrega de la cosa para que sea guardada por parte del depositante al depositario.
Básicamente las características del depósito son las siguientes:
• Unilateral, pues la principal obligación que se genera en este contrato es la del depositario de restituir la cosa corporal que se dio a guardar.
• Gratuito, así lo expresa el artículo 2244 del código civil, pues si se estipula remuneración por el depósito degenera en arrendamiento de servicios.
• Principal, no necesita de otro contrato para existir.
• Nominado, pues se encuentra regulado en los artículos 2236 al 2272 del código civil.
• De ejecución instantánea, pues se perfecciona con la entrega de la cosa al depositario.
El contrato de depósito recae solo sobre cosas corporales muebles cuya entrega solo se hace a titulo de mero tenedor al depositario, es decir, el depositante no se desprende de su derecho de dominio, el depositario solo se encarga de guardar la cosa y le queda prohibido usar la cosa a menos que se estipule otra cosa por parte del depositante.
Por otro lado, son obligaciones del depositario guardar la cosa dada en depósito, devolver la cosa dada en depósito con todos sus frutos cuando el depositante así lo solicite o cuando el tiempo estipulado para el depósito se venza. Además el depositante tiene la obligación de indemnizar al depositario por lo que hubiere empleado para la conservación de la cosa dada en depósito y los perjuicios que sin su culpa le haya causado el depósito.
Por último, el depositario solo puede retener la cosa dada en depósito cuando el depositante no le ha pagado las expensas que se utilizaron para la conservación de la cosa, o no le haya pagado los perjuicios que sin culpa del depositario le haya causado el depósito a este
Banco de la ciudad S.A de C.V.B Institución de Banca Múltiple México
1, D.F. Contrato de depósito bancario de dinero, que celebran Banco de la ciudad S.A de C.V.B como depositario y el Sr Juan José Gonzales Rodríguez en representación de “Creaciones Pantoja S.A”, como el depositante, quienes se ajustan a lo establecido en las siguientes clausulas:
CLAUSULAS:
1ª.- El depositante depositará en este acto en favor del Depositario, en depósito bancario en dinero efectivo la cantidad de 18.000.00 Dieciocho mil pesos M/N, como depósito inicial.
2ª.- El depositante tendrá derecho de aumentar o incrementar este depósito, durante todos los días hábiles mientras sea.
3ª.- El depositante podrá realizar el retiro de una parte
...