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Contrato Laboral


Enviado por   •  15 de Julio de 2015  •  445 Palabras (2 Páginas)  •  147 Visitas

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¿Cuándo se considera en Colombia que estamos en presencia de un contrato de trabajo?

Un contrato de trabajo en Colombia es aquel en el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a una persona natural o jurídica bajo su dependencia y subordinación y de la cual recibe una remuneración, dicho contrato puede ser verbal o escrito, siendo cualquiera de los dos aceptado por las Leyes colombianas.

Las actividades desarrollas por el empleado pueden ser manuales o intelectual, pero siendo fundamental que estas sean prestadas de forma personal e indelegable, es decir la función o tarea que se realice debe ser desarrollada por sí mismo, pudiendo intervenir terceras personas pero bajo la supervisión u orden del empleador.

La subordinación se da cuando el empleador es quien ordena al empleado cuales son las funciones a desarrollar para cumplir con la labor para la cual fue contratado, logrando alcanzar los objetivos trazados por la empresa. En este punto hay que tener claro que dicha subordinación debe darse sin pasar por encima de los derechos humanos, las Leyes colombianas y las políticas de la empresa. Además es importante tenerlo presente en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, pues independiente de la labor que esté desarrollando, sea para la que fue contratado o no el empleado, si existe una orden directa del empleador y este sufre un accidente, en la normatividad colombiana se considera accidente de trabajo. Si la persona realiza sus actividades de manera autónoma y no depende de subordinación u orden de otra persona, no estaremos frente a un contrato de trabajo.

El salario es la contraprestación que recibe el trabajador por los servicios prestados al empleador el cual puede ser pagado de forma diaria, semanal, decenal, quincenal o como máximo mensual. Dicho salario puede pactarse entre las parte que sea pagado una parte en efectivo y otra parte en especie, como máximo puede ser pagado en especie el 50% del salario, pero si el trabajador devenga un salario mínimo solo podrá pactarse en especie el 30%. En Colombia una persona que trabaja una jornada completa no debe recibir menos de un salario mínimo el cual se concerta cada año en el mes de diciembre por el Gobierno nacional, representantes de los gremios y las centrales sindicales teniendo en cuenta el IBC, la meta de inflación para el siguiente año, el incremento del PIB, entre otros.

Si dentro de una relación laboral existen los tres elementos básicos: prestación personal, subordinación y salario dependientemente del tipo de contrato que se haya celebrado nos encontramos frente a un contrato de trabajo y se encuentra amparado dentro de las Leyes Colombianas.

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