Contrato Laboral
Enviado por cmanrique08 • 4 de Noviembre de 2012 • 1.678 Palabras (7 Páginas) • 463 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO
PERSONAL DE DIRECCIÓN, CONFIANZA Y MANEJO
Nombre del Empleado
Lugar y Fecha de Nacimiento
Nacionalidad
Cédula de Ciudadanía Expedida en
Cargo
Entre los suscritos a saber, por una parte XXXXXX identificada con la cédula de ciudadanía número XXXXX de Bogotá, mayor de edad, vecina de Bogotá D.C, en su calidad de Jefe de Gestión Humana de SASTRECITOS EL CONDOR, y que para todos los efectos del presente contrato se denominará SASTRECITOS EL CONDOR, y por la otra, NOMBRE TRABAJADOR, de las condiciones arriba indicadas, mayor de edad, de estado civil Soltera, y quien se denominará EL EMPLEADO, hemos celebrado el presente Contrato Individual de Trabajo a TERMINO INDEFINIDO, contenido dentro de las siguientes cláusulas: PRIMERA.- EL EMPLEADO se obliga a incorporar su capacidad normal de trabajo en el desempeño de las funciones propias como PROFESIONAL DE COMPRAS, y en las labores anexas, dependientes y complementarias del mencionado cargo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que para tal fin le imparta SASTRECITOS EL CONDOR o sus representantes; trabajo que realizará en forma exclusiva para SASTRECITOS EL CONDOR, no pudiendo laborar en favor de otro empleador ni trabajar por cuenta propia en labores similares o conexas a las que esté realizando en desarrollo de este contrato de trabajo. Parágrafo.- Queda entendido que este contrato seguirá rigiendo la presente relación aunque EL EMPLEADO cambie de cargo o llegue a realizar funciones distintas a las fijadas en razón de esta cláusula. SEGUNDA.- SASTRECITOS EL CONDOR pagará a EL EMPLEADO por la prestación de sus servicios, la cantidad de $1.800.000 mensuales como salario remunerativo, suma que se cubrirá por quincenas vencidas. Parágrafo.- En el salario mensual aquí estipulado, ha quedado incluido el valor del descanso dominical y festivo remunerado por el correspondiente mes de servicios. TERCERA. - En el desempeño de la función contratada, EL EMPLEADO deberá proceder con extremo cuidado, diligencia y honestidad propios de las personas de bien, en el tiempo y en las condiciones acordadas con SASTRECITOS EL CONDOR, como también en aquellos sitios o lugares en que esta tenga establecido el giro de sus negocios. CUARTA.- EL EMPLEADO conoce y acepta que en ejecución de este contrato podrán ser modificadas sus funciones y responsabilidades y que su sitio de trabajo será la ciudad de Bogotá, sin embargo, podrá ser trasladado a cualquiera de las oficinas o dependencias de SASTRECITOS EL CONDOR en cualquier sector de la ciudad e incluso del país, sin que este solo hecho pueda ser considerado como desmejora de sus condiciones de trabajo. QUINTA.- EL EMPLEADO está obligado a guardar estricta reserva sobre todos los datos, fórmulas, hechos y circunstancias de los cuales tenga conocimiento por razón de su trabajo, en relación con la actividad de SASTRECITOS EL CONDOR y cuya comunicación a otros, de forma directa o indirecta, pudiera causarle cualquier clase de perjuicios a ésta. Por lo anterior, EL EMPLEADO se obliga a mantener absoluta confidencialidad respecto de toda información que a partir de la fecha de ingreso reciba de manera directa o indirecta, en forma verbal, escrita, gráfica, en medio magnético o bajo cualquier otra forma, que no sea pública. En consecuencia, EL EMPLEADO tomará las medidas necesarias para que la información no llegue a manos de terceros bajo ninguna circunstancia y se obliga a no utilizarla para ningún objeto diferente al de adelantar las tareas que se deriven directamente del cumplimiento de sus funciones. Al suscribirse el presente contrato EL EMPLEADO se obliga a responder legalmente por cualquier perjuicio que se pueda sufrir como resultado del incumplimiento de cualquiera de los compromisos contenidos en la presente cláusula. Las obligaciones señaladas en esta cláusula continuarán vigentes aún después del vencimiento o terminación del contrato. El incumplimiento de la presente cláusula podrá dar lugar a la terminación del contrato de trabajo con justa causa por parte de SASTRECITOS EL CONDOR. SEXTA.- Por razón de las funciones que realiza EL EMPLEADO y por el hecho de desempeñar un cargo de dirección, confianza y manejo, está excluido de la regulación sobre jornada máxima legal y deberá trabajar el número de horas que sean necesarias para el cabal desempeño de sus funciones, por lo cual no habrá lugar al reconocimiento de horas extras cuando se sobrepase el límite de la jornada máxima legal; esto, sin perjuicio del cumplimiento de los horarios mínimos señalados por SASTRECITOS EL CONDOR. Teniendo en cuenta que El TRABAJADOR representa a SASTRECITOS EL CONDOR por ser un trabajador de confianza y manejo, se encuentra excluido de la aplicación de la Convención Colectiva de Trabajo. SEPTIMA.- EL EMPLEADO ingresa a SASTRECITOS EL CONDOR en período de prueba por tres (3) meses corridos, pudiendo cualquiera de las partes dar por terminado el contrato en ese período sin que se genere ningún tipo de indemnización por esta causa. OCTAVA.- Vencido el período de prueba, la duración de este contrato será indefinida y tendrá vigencia mientras subsistan las causas que le dieron origen y la naturaleza del trabajo. NOVENA.- Queda específicamente autorizado SASTRECITOS EL CONDOR, en concordancia con las leyes laborales vigentes, para descontar del
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