Contratos
Enviado por josephpaulsm • 15 de Enero de 2015 • 404 Palabras (2 Páginas) • 184 Visitas
CONTRATO DE SERVICIOS NO PROFESIONALES
Conste por el presente documento que el contrato de servicios que suscribimos de una parte la Municipalidad Distrital de Yaurisque con RUC. n° 20170329415, representado por el Sr. Alcalde Prof. Juan de Dios Ramos Pariguana con DNI. n° 09841123 domiciliado en la Plaza de Armas de Yaurisque, que en delante se denominara municipalidad y de otra parte el Sr. Feliciano P. Martínez Soncco, identificado con DNI n° 24564662 y RUC n° 10245646629, con domicilio legal en el distrito de Yaurisque, Paruro- cusco, que en adelante se llamara técnico en instalaciones sanitarias y eléctricas en los términos que condiciones siguientes:
PRIMERO.- DE LOS ANTECEDENTES
LA MUNICIPALIDAD , es un órgano de Gobierno Local con autonomía política , administrativa y económica y con competencia definida en los artículos 192° y 194° de la constitución política del estado, requiriendo para la ejecución de la obra “CONSTRUCCION DEL CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE YAURISQUE”, Técnico en Inst. Sanitarias y Eléctricas.
EL LOCADOR, es una persona natural con amplia experiencia en obras civiles.
SEGUNDO.-DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES
De la municipalidad se obliga:
Otorgar a EL LOCADOR, las facilidades necesarias e indispensables, para que este cumpla con sus funciones.
Pagar los honorarios profesionales, previa conformidad de servicio realizada por el ingeniero responsable de obra.
DEL LOCADOR:
Cumplir las funciones de Tec. En Inst. Sanitarias y Eléctricas en la obra “CONSTRUCCION DEL CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE YAURISQUE”.
Demás obligaciones de las que por ley está obligado.
CUARTO.- DE LOS HONORARIOS.- El monto pactado por el trabajo es de s/. 55.00 (cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles por día trabajado), realizando labores normales durante la semana.
Dicho monto se hará efectivo de manera mensual, previo informe del responsable de obra sobre el trabajo desarrollado.
QUINTO.-DEL PLAZO DEL CONTRATO.- El tiempo del contrato es por TODO EL MES DE NOVIEMBRE del 2010.
SEXTO.- El incumplimiento de algunas de las clausulas del presente contrato motivará la Disolución de la misma, reservándose la municipalidad el derecho de ejercer las acciones respectivas por los probables perjuicios generados por ese incumplimiento.
SEPTIMO.- Ambas partes renuncian al fuero de sus domicilios, sometiéndose expresamente a los jueces y tribunales de la provincia de Paruro.
OCTAVO.- Ambas partes se ratifican en todas y cada una de las clausulas del presente contrato, por no haber mediado vicio u otro que lo invalide.
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