Convenciones Colectivas De Trabajo En El Sector Privado.
Enviado por riczyd • 1 de Abril de 2014 • 475 Palabras (2 Páginas) • 1.098 Visitas
Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Privado.
La convención colectiva es una fuente específica del derecho del trabajo, nacida del poder normativo ejercido conjuntamente por los representantes de los trabajadores y los empresarios, en virtud del principio de autonomía colectiva. Por tanto, no es una fuente estatal, sino que se materializa a través de entes y organismos privados.
En la actualidad las Convenciones Colectivas en Venezuela, ocupan tanto al ámbito público como el privado gran relevancia ya que está consagrado así la Carta Magna de 1999, que eleva a la categoría de derecho constitucional el derecho a la negociación colectiva, extendiéndolo a todos los trabajadores, incluso los del sector público como se esbozo con anterioridad.
La negociación colectiva constituye un proceso que apunta a someter propuestas, a discutirlas y a averiguar su significado y los efectos que ellas podrían aportar y tratar de hacerlas aceptar por la parte contraria. Luego esa parte puede someter a estudio sus contraposiciones o sus modificaciones a las propuestas originales. Este procedimiento de negociación expresa, por una parte, la existencia del conflicto; la contraposición de intereses y la falta de acuerdo entre las partes. Los procesos de negociación representan un medio de llegar a acuerdos, y de armonizar los intereses de trabajadores y empleadores. La negociación a nivel de empresa o descentralizada, debido a su adaptabilidad y flexibilidad, no presenta un modelo único.
Esta negociación se inicia, en general, por las organizaciones sindicales en función de las necesidades de la empresa, que generan la fase contractual con la presentación de sus plataformas reivindicativas. Tampoco existen reglas únicas en referencia a los actores. En la empresa, la iniciativa de negociar puede nacer de las representaciones sindicales, de los consejos de fábrica o incluso, de grupos informales de trabajadores
En el sector privado la negociación colectiva, se puede decir que inicia con un desacuerdo entre trabajadores y patronos, donde la LOTTT, contempla estas situaciones en el Capítulo II, De la Convención Colectiva de Trabajo, Sección Tercera: De las Convenciones Colectivas de Trabajo en el Sector Privado, los Artículo 448 al 451.
Se da inicio a la negociación cuando el Inspector del Trabajo, una vez admitido el Proyecto de Convención, fija la primera reunión para dar inicio a las negociaciones de la Convención Colectiva de Trabajo dentro de los treinta (30) días siguientes a la misma. Para su validez, la convención colectiva de trabajo acordada deberá ser depositada en la Inspectoría del Trabajo donde fue tramitada y debe ser verificará su conformidad con las normas de orden público que rigen la materia, a efecto de impartir la respectiva homologación. A partir de la fecha y hora de homologación surtirá todos los efectos legales. Y si el Inspector del Trabajo lo estimare
...