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Cooperativas


Enviado por   •  24 de Agosto de 2011  •  2.914 Palabras (12 Páginas)  •  596 Visitas

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Cooperativismo

Concepto

El cooperativismo como es conocido en la actualidad, empieza a desarrollarse en Europa a partir de los últimos años del siglo XVIII, y se fortalece durante el siglo XIX, período durante el cual adquiere su fundamento filosófico, que curiosamente se debe a los planteamientos de una serie de pensadores considerados utópicos.

Es en esa época cuando este movimiento adquiere sus principios fundamentales, y luego empieza a difundirse y consolidarse, hasta el punto de que en la legislación de muchos países se haya considerado al cooperativismo como una iniciativa que debe ser fomentada por el Estado mismo, como lo es el caso de Costa Rica.

De ese modo es la misma Ley de Asociaciones Cooperativas la que define qué es una cooperativa: “Las cooperativas son asociaciones voluntarias de personas y no de capitales, con plena personería jurídica, de duración indefinida y responsabilidad limitada, en las que los individuos se organizan democráticamente a fin de satisfacer sus necesidades y promover su mejoramiento económico y social, como un medio de superar su formación individualista y en las cuales el motivo del trabajo y de la producción, de la distribución y del consumo, es el servicio y no el lucro” (Ley 6756 de Asociaciones Cooperativas,). Esta definición lleva implícitos una serie de valores y principios que caracterizan y distinguen a las cooperativas

de los demás tipos de asociaciones que existen, y que lo convierten en “uno de los medios más eficaces para el desarrollo económico, social, cultural, y democrático de los habitantes de un país” (Ley 6756 de Asociaciones )

Esos principios serán descritos uno a uno a continuación, para recalcar la importancia que éstos tienen para el desarrollo cooperativo.

Principios del cooperativismo :

En realidad los principios cooperativos nacen con las llamadas “reglas áureas” de la cooperación propuestos por los Pioneros de Rochdale, donde primero se planteó un modelo de sociedades de ayuda mutua, que finalmente se convertirían en sindicatos, pero que al lado de éstos nacerían las primeras cooperativas de consumo, de ahorro y de crédito. Esos principios originalmente eran: “adhesión libre, un voto por persona, repartición de los excedentes en forma proporcional a los servicios utilizados, interés limitado del capital,

neutralidad política y religiosa, venta al contado y desarrollo de la educación” (Mayorga, 1988). También son valiosos los aportes de pensadores como Roberto Owen, Charles Fourier, Louis Blanc, entre otros que a través de sus escritos y filosofía promovieron las ventajas de cooperación humana como instrumento para alcanzar la superación de las personas, la justicia social y el bienestar de las clases necesitadas.

Los principios cooperativos rigen las acciones y las decisiones que se tomen en una cooperativa, y tienen una importancia tal que la Alianza Cooperativa Internacional decidió en 1966 revisar los principios de Rochdale, quedando éstos como a continuación se describen.

1. Libre adhesión y retiro voluntario: la inscripción en cualquier cooperativa debe ser totalmente libre, voluntaria y abierta a todas las personas que así lo deseen y que quieran hacer uso de los servicios que la cooperativa les brinda, a la vez que aceptan las responsabilidades y obligaciones que esto implica.

2. Derecho de voz y un voto por persona: Las cooperativas como asociaciones democráticas que son deben garantizar a todos los asociados el derecho de participar igualitariamente en las decisiones y responsabilidades de la cooperativa. Esto implica igualdad de derecho y obligaciones.

3. Pago de un interés limitado a los aportes hechos al capital social: Debe existir una tasa limitada al capital por aportaciones sí éste recibe interés.

4. Distribución de los excedentes: Los excedentes generados por la cooperativa pertenecen a sus asociados, en este sentido los mismos asociados serán quienes decidirán el destino de los excedentes. Así los excedentes pueden distribuirse según se decida

1) la expansión de las actividades de la cooperativa,

2) se destinan a la prestación de servicios comunes y,

3) los excedentes se distribuyen entre los asociados en forma proporcional a los servicios utilizados.

4) Labor educativa: Es un deber de las cooperativas promover los principios y filosofía del cooperativismo entre sus empleados, asociados y en la comunidad en general.

5). Cooperación entre cooperativas: Con el objeto de cumplir aún mejor sus fines y favorecer sus intereses, las cooperativas deben en la medida de lo posible brindarse ayuda entre ellas.

La actual Ley de Asociaciones Cooperativas, también tiene como principios, además de los anteriores, a los siguientes:

1. “Neutralidad racial, religiosa y política”: Ni la raza, ni la religión, ni el color político deben ser obstáculo para la adhesión a una cooperativa, ni tampoco deben ser fuente de discriminación entre sus asociados.

2. “Duración indefinida, capital variable e ilimitado, y un número ilimitado de asociados”: Ninguna cooperativa puede imponer limitaciones en cuanto a su duración, capital o a la cantidad de sus afiliados.

3. “Responsabilidad limitada”.

4. “Irrepartibilidad entre los asociados de las reservas establecidas por Ley y de excedentes producidos por las operaciones con personas que sin ser asociados, hubieran usado los servicios de las cooperativas y de los ingresos no provenientes de la función social de la cooperativa”.

5. “Autonomía en su gobierno y administración, con excepción de las limitaciones que establece la presente ley”.

Organización administrativa, financiera y económica de una cooperativa

Organización administrativa:

La estructura administrativa de una cooperativa normalmente está compuesta por organismos administrativos, básicamente una asamblea general y un consejo de administración; comités, el comité de vigilancia y el comité de educación y bienestar social; y un gerente.

La administración y el proceso de toma de decisiones sigue el siguiente organigrama, donde la máxima autoridad es la Asamblea General, que se reúne tanto en forma ordinaria (al menos una vez al año) o en forma extraordinaria.

Después de la Asamblea General se encuentra el Consejo de Administración, órgano que tiene entre sus atribuciones nombrar al Gerente de la cooperativa, quien tendrá a cargo llevar a cabo los acuerdos del Consejo de Administración

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