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Creacion De Una Ley


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2012  •  1.944 Palabras (8 Páginas)  •  604 Visitas

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INTRODUCCIÒN

Una de las funciones más importantes si no es que la más importante del poder legislativo es la creación de leyes, pero para poder crearlas hay que seguir una serie de pasos para que pueda surgir una ley.

Para poder empezar a explicar este proceso debemos empezar por decir lo que significa una ley.

Ley: Es un acto de autoridad que tiene como elemento crear normas que establecen el comportamiento individual en sociedad; tiene como elementos inherentes la abstracción, la impersonalidad y generalidad.

De esta misma forma podemos mencionar el concepto de Proceso Legislativo: es la serie ordenada de actos que deben realizar los órganos del gobierno facultados Para ello, a fin de elaborar, aprobar y expedir una ley o decreto.

Así como este concepto hay más pero el punto de esto es que tales conceptos van ligados uno de otro, estos están incorporados a tres elementos imprescindibles en el procedimiento legislativo:

a) es una serie de pasos, fases o actos.

b) realizados por entes estatales, facultados para ello.

c) la finalidad es crear (reformar o derogar, en su caso) una ley.

El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Las normas sobre la producción jurídica están reflejadas en los artículos 71 y 72 constitucionales.

Las etapas que integran el proceso legislativo son: iniciativa, discusión, aprobación o rechazo, sanción, promulgación, publicación e inicio de vigencia, hay que señalar que esta última no es regulada por el artículo 72 de la Constitución Mexicana.

Dentro del procedimiento legislativo existen dos momentos: el legislativo, propiamente dicho, desarrollado por el órgano legislativo, y que termina con la aprobación o rechazo del proyecto de ley; por lo tanto, en el segundo es indispensable la participación del Ejecutivo, ya que la sanción, promulgación y publicación deben ser realizadas por éste.

INICIATIVA

Muchos doctrinarios tienen diferentes definiciones de iniciativa pero para todo esto definimos como iniciativa como poder de elección de intereses sociales a ser tutelados por el orden jurídico. De ahí su connotación de acto político relevante, pues sólo a la función política le cabe la elección libre e indiscriminada de las vías a seguir.

Los que pueden iniciar leyes, el artículo 71constitucional faculta al Presidente de la República, a los legisladores del Congreso de la Unión y a las Legislaturas de los estados para presentar iniciativas, sin olvidar que el inciso de la base primera del artículo 122 constitucional, faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para presentar iniciativas de leyes o decretos en materias relativas al Distrito Federal, ante el Congreso de la Unión.

Por último tenemos que mencionar que las iniciativas pueden presentarse indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados (inciso H del artículo 72 constitucional).

DISCUSIÒN

La discusión es un estudio, análisis y deliberación de un objeto o materia, por parte de dos o más sujetos, y en el caso que, nos ocupa, se constituye como la segunda etapa del procedimiento legislativo, a través de la cual cada una de las Cámaras del Congreso decide aprobar o rechazar las iniciativas de proyectos de ley o decreto. El debate tiene una estructura establecida en cuanto a las intervenciones, turnos, interpelaciones, etc. Esto es para lograr un orden en la discusión parlamentaria, el debate tiene características comunes en cualquier reunión que son las siguientes:

1. Apertura. Verificada la asistencia de los legisladores se informa que hay quórum y se abre la sesión.

2. Orientación. Se explicitan en un orden del día, aprobado por la asamblea, los temas que serán tratados. Asimismo se da lectura, y en su caso se aprueba, el acta de la sesión anterior.

3. Objeto de la sesión. Se emprende la discusión de cada uno de los dictámenes o temas que fueron aprobados en el orden del día.

4. Conclusión. Se someten a votación las propuestas presentadas en el desarrollo del paso anterior.

5. Terminación. Se propone el orden del día de la próxima reunión y se da por terminado el encuentro con la fórmula “se levanta la sesión”.

Según el primer párrafo del Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de laguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.

APROBACIÒN O RECHAZO

Ya que la iniciativa fue discutida o sea ya que hubo un debate sobre el tema llega la hora de pasar por la aprobación, en este paso se decide si es aceptada o no, es decir si es aprobada o es rechazada; pero la aprobación puede ser total o parcial.

Ahora vamos a ver las diversas hipótesis que surgen en este paso del proceso legislativo:

1. El proyecto es aprobado en ambas cámaras, entonces se remite al Ejecutivo, quien, en caso de no tener observaciones que hacer, lo debe publicar inmediatamente.

2. Cuando el proyecto es rechazado en la cámara de origen, entonces no se puede presentar de nuevo sino hasta el período de sesiones siguiente.

3. En caso de que el proyecto sea aprobado por la cámara de origen, pero rechazado totalmente por la cámara revisora, éste se devolverá con las observaciones que le fueren hechas a la de origen, quien puede aprobarla de nuevo, por la mayoría de los miembros presentes, supuesto por el cual se regresará el proyecto a la cámara revisora para su nueva revisión, y en caso de aprobarla será enviada al ejecutivo para la sanción, pero si por el contrario, la revisora lo rechaza una vez más, existirá la posibilidad de presentar el proyecto, pero hasta el siguiente período de sesiones.

4. El proyecto aprobado por la cámara de origen,

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