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RESUMEN CREACION DE LEY EN GUATEMALA


Enviado por   •  5 de Junio de 2012  •  1.226 Palabras (5 Páginas)  •  3.483 Visitas

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PROCESO DE LA CREACION DE LA LEY EN GUATEMALA

El proceso de un proyecto de ley antes de llegar al Congreso de la República:

Elaboración:

Para la elaboración de un proyecto de ley, se debe definir con precisión lo que el legislador quiere plasmar en una disposición jurídica. Los objetivos a alcanzar con la nueva ley deben estar bien definidos, identificar y analizar las diferentes tareas y actividades e iniciar un amplio estudio e investigación sobre el tema en particular. Para la elaboración de un proyecto de ley debe redactarse los artículos congruentes con el resultado de investigación y de la necesidad que sustenta la elaboración del proyecto de ley, así como ordenarlos técnicamente.

La persona que participa en la elaboración de proyectos de ley debe auxiliarse de personas técnico-jurídicas conocedoras en la materia a tratar, ya que facilitará el desenvolvimiento de la investigación y, por lo tanto, ayudará a descifrar cual debe ser el objetivo del proyecto de ley, es decir, determinar cuáles son las deficiencias que se deben de regular. Esta regulación debe de tomar en cuenta los resultados de la investigación .Asimismo, es importante hablar públicamente de que existe un proyecto determinado para legislar o modificar una ley vigente. Esta técnica responde a la necesidad de comunicar a la población en general de los cambios que pueden surgir con determinada legislación o bien de la creación de una futura norma para que así estos se manifiesten al respecto, aunque en la práctica lamentablemente esto no sucede.

La creación de una ley en Guatemala lleva un proceso y pasos a seguir, a continuación una información detallada.

El proceso de creación de la ley en Guatemala por mandato constitucional el Congreso de la República es el único órgano del Estado que puede crear, modificar y derogar las leyes del ordenamiento jurídico del país. La facultad del Congreso de la República de crear leyes es exclusiva para las leyes de carácter ordinario. El proceso legislativo es el conjunto de etapas y pasos que la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica del Organismo Legislativo señalan para la formación de la ley. Los pasos indicados deben seguirse en un orden cronológico con el objeto de no violar los preceptos señalados en los cuerpos legales citados y por consiguiente no incurrir en la violación del debido procedimiento legislativo. La Carta Magna, establece las etapas que conforman el procedimiento legislativo y en virtud de la jerarquía normativa constitucional es preciso enumerar primariamente estas. Las etapas correspondientes son las siguientes:

Iniciativa de ley:

La iniciativa de ley, es aquella facultad que es otorgada por la norma constitucional con el objeto de que determinados entes puedan someter a consideración del Congreso de la República, un proyecto de ley que se presuma que es acorde a las necesidades del ordenamiento jurídico del país. Dicha facultad esta encomendada a:

- Al Congreso de la República,

- El Organismo Ejecutivo,

- La Corte Suprema de Justicia,

- La Universidad de San Carlos de Guatemala,

- El Tribunal Supremo Electoral.

-

En esta primera etapa se da el impulso inicial para que una proposición sea analizada por el Congreso Nacional.

Según nuestra constitución tienen iniciativa de ley el Presidente de la República a través

de un Mensaje y los parlamentarios, tanto diputados como senadores a través de una moción. Esta última no puede ser firmada por más de diez diputados ni más de cinco senadores.

Presentación y discusión:

La presentación consiste

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