Criterios Para Determinar Contratos Anexos
Enviado por Indira20 • 20 de Septiembre de 2013 • 732 Palabras (3 Páginas) • 463 Visitas
Criterio para determinar la existencia de contratos conexos:
Tal como adelantamos, “Para distinguir cuando hay uno o varios contratos es irrelevante que estén vinculados por su celebración en un mismo momento, por la unidad del documento en que se celebran o por otra causa. En este supuesto la influencia es mínima, puesto que lo único que muestra cierta vinculación entre ellos es el momento de celebración o su desarrollo en un mismo documento, y ambos son datos que no producen efectos”[25] .
En otras palabras, para determinar si estamos ante un supuesto de conexidad contractual no interesa que los contratos aparezcan celebrados en el mismo instrumento[26] , o que se celebren en un mismo momento[27] .
Tampoco interesa “a los fines de establecer una conexión negocial... que medie identidad de sujetos, habida cuenta que el nexo puede operar entre negocios jurídicos concluidos por las mismas partes o entre partes diversas”[28] .
“En cambio es importante establecer si hay una o varias causas o finalidades económico-sociales ya que es el elemento determinante para constatar la pluralidad de contratos”[29] .
Como enseña Messineo, "para establecer si hay pluralidad o unidad de negocio jurídico, es necesario acudir a la causa del negocio: si la causa es única, aún cuando sea compleja, se tendrá
negocio único; si hay varias causas, se tendrán otros tantos negocios jurídicos, aunque eventualmente conexos[30] .
De ahí la importancia capital de analizar la causa del negocio, ya que habrá unidad de negocio cuando la causa sea única y pluralidad de ellos cuando, por el contrario, existan dos o más causas[31] .
“En ese orden se ha señalado que la situación jurídica debe ser examinada a la luz de las obligaciones de las partes: cuando las prestaciones aparecen entre ellas coordinadas de modo que responden a un fin único perseguido por ellas, deberá concluirse por la unidad del contrato. Viceversa, cuando las prestaciones cuentan con suficiente independencia y se hallan ordenadas hacia fines diversos debe admitirse la pluralidad negocial”[32] .
En suma, el análisis de la causa del contrato o negocio es definitorio para determinar cuando nos hallamos ante un único negocio, o, bien, ante una pluralidad de contratos; ya que sólo en esta última hipótesis es posible hablar de encadenamiento o conexidad, con los efectos que más adelante veremos.
La conclusión anterior sin desmedro de destacar la disparidad de criterios que existe en cuanto a la noción de causa, fundamentalmente entre la doctrina italiana y la doctrina nacional[33] . Los autores, según sigan una u otra doctrina, discrepan en cuanto a que debe entenderse por causa del negocio, pero esa discrepancia conceptual no enerva la conclusión a que hemos arribado supra[34] : si
...