Cuadro Comprativo Tipos De Robos
Enviado por cecilia415980 • 7 de Septiembre de 2012 • 1.326 Palabras (6 Páginas) • 664 Visitas
Infracción Definición Base Legal Elementos Constitutivos Penal Aplicable Agravantes Tentativa Complicidad Proyecto Codigo Penal
Estafa Consiste en hacerse entregar o remesar, valores u objetos, usando un falso nombre o falsa calidad o empleando maniobras fraudulentas, en las condiciones resistas en el Art. 405 de CP ,
Art- 313-1
Constituye estafa el hecho de usar un falso nombre o calidad, o abusar de una calidad verdadera, o emplear maniobras fraudulentas, para engañar a otra persona fisica o moral y convencerla asi, en su perjuicio o en el algún tercero, para entregue valores, fondos o un bien cualquiera, o brinde algun servicio, o consienta un acto que opere obligación o descargo. Art. 405 Cp 1.-Que haya tenido lugar mediante el empleo de maniobras fraudulentas.
2.-Que la entrega o remesa de valores capitales u otros objetos ha sido obtenida con la ayuda de esas maniobras fraudulentas.
3.-Que haya un perjuicio
4.-Que el culpable haya actuado con intención delictuosa.
Art 405.-
• Prisión correccional de 6 meses a 2 años y multa de igual a un ¼ del salario mínimo vigente.
• Reclusión menor si no sobrepasa los RD$ 5,000.00, B) Reclusión mayor si excede los RD$ 5,000.00.
• La devolución del valor que envuelva la estafa y multa no menor de ese valor ni mayor del triple.
• Cuando los hechos incriminados en el Art. 405, sean cometidos en perjuicio del Estado Dominicano o de sus instituciones.
Art. 2.- Toda tentativa de crimen podrá ser considerado como el mismo crimen Art 59 cp
.-Lo los cómplices de un crimen o delito se les impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponde a lo autores de este crimen y delito. Captiulo III la estafa e infracciones afines.
Art.- 313-1La estafa se sancionara con las penas de 2 meses a 3 años de prision menor y multa de 2 a 4 salarios.
Abuso de confianza
Art. 408 CP
Lo que con perjuicio de los propietarios , poseedores o detenedores8 ,sustrajeren o distrajeren efectos , capitales, mercancías, billetes ,finiquitos o cualquier otro documentos que contenga obligaciones o que opere en calidad de mandato, deposito, alquiler, prenda, prestamos a uso o comodato o para un trabajo sujeto o no a remuneración. Art. 406,407,408 CP 1.-Es necesario que haya disipación o distracción.
2.-Distracción fraudulenta
3.-La naturaleza del Objeto
4.-La entrega del onjeto a titulo precario
5.-Que la entrega haya tenido mediante unos de los contratos enumerados por el art. 408 de CP- Abuso Confiaza simple: Pena de 1 a 2 años de prisión y multa no menor de ¼ del salario mínimo vigente, ni mayor de la tercera parte de la indemnización que se le imponga al condenado.
Abuso confianza Agravado:
1)Dirigiéndose al publico: Reclusión menor y multa no menor de ¼ de salario mínimo a RD$ 2,000.00
2) Agravante en razón de la calidad del agente: de 3 a 10 años de reclusión mayor.
3Perjuicio de RD$ 1,000.00 a RD$ 5,000.00: de 3 a 5 años de reclusión menor perjuicio de mas de RD$ 5,000.00: El Máximo de la reclusión menor.
• Medios Empleados: Cuando ha sido cometido dirigiéndose al publico con el objeto de obtener la entrega de fondos o valores a titulo de deposito, mandato o prenda.
• Calidad del Agente: 1) Oficial publico o ministerial;2) Criados, asalariados, discípulos, dependientes, obreros o empleados.
• En razon del monto del perjuicio: Cuando exceda RD$ 1,000.00 Art. 2.- Toda tentativa de crimen podrá ser considerado como el mismo crimen
. . Art 59 cp
.-Lo los cómplices de un crimen o delito se les impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponde a lo autores de este crimen y delit Capitulo IV
las distracciones ,
Sección I
Abuso de Confianza.
Art-314-1,
Constituye abuso de confianza el hecho de distraer en perjuicio de otro persona valores, fondos o algun bien cualquiera que le ha sido entregado, para que este lo devuelva.
El abuso de confianza se sanciona con las penas de 2 meses a 3 años de prisión menor
...