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Enviado por   •  1 de Octubre de 2015  •  Trabajo  •  621 Palabras (3 Páginas)  •  98 Visitas

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Articulo 19

El consumidor tendrá derecho a la reposición del  producto o a la otorgación de crédito para adquirir uno distinto al primero

Articulo 20

El consumidor podrá elegir el tipo de indemnización que le acomode para reparar los daños del producto adquirido

  1. Cuando los productos adquiridos estén sujetos a normas y no cumplan dichas normas

  1. Cuando los componentes del producto no sean los que están indicados  en el rotulado y estos sean necesarios para el consumo

  1. Cuando el producto no este apto para el consumo al que está dirigido por faltas de piezas o elementos  necesarios para su funcionamiento
  1. Cuando el producto no cumpla con especificaciones acordadas previamente en un contrato entre las partes
  1. Cuando las garantías y/o  reparaciones por el servicio técnico hayan sido efectuadas y aun persista el problema
  1. Cuando la cosa objeto tenga defectos o vicios   que dificulten el uso al que está destinado

 


Articulo 21

 La aplicación de los derechos de los artículos 19 y 20 se deberá hacer  efectiva dentro de los 3 meses siguientes a la compra y en caso de los alimentos perecibles 7 días o el tiempo dispuesto en el envoltorio, siempre que este no haya sido deteriorado por el consumidor

Dicha garantía podrá ser efectuada ante el vendedor o conjuntamente al fabricante e importador según corresponda

En el caso de ser ante el importador y el fabricante ambos serán solidarios en los prejuicios ocasionados al consumidor  

Si fuese ante el vendedor deberá hacerse efectiva en el lugar o lugares en donde este atienda habitualmente a sus clientes

En ambos el proveedor del producto o servicio  tendrá que  disponer de las mismas condiciones en las que se efectuó la venta

Articulo 22

Aquellos proveedores o comerciantes que tuviesen que reponer o devolver la cantidad pagada por el producto deberán ser indemnizados por el fabricante o importador del producto en cuestión

Articulo 23

 Cometerá infracción el proveedor que al vender un producto o prestar un servicio actúa con descuido y afecta al consumidor debido a que a la falta de un ingrediente o característica del bien o servicio tendrá una multa de 100 a 300 UTM

También se aplicara a organizadores de eventos y servicios de transportes que sobrevendan cupos del servicio que ofrecen. A excepción del transporte aéreo

Articulo 24

Sera sancionada la publicidad engañosa o falsa  difundida por medios de comunicación social el infractor será multado por 750 UTM

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