Cualquier ensayo
Enviado por Sebastian Porma • 1 de Octubre de 2015 • Trabajo • 621 Palabras (3 Páginas) • 98 Visitas
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Articulo 19
El consumidor tendrá derecho a la reposición del producto o a la otorgación de crédito para adquirir uno distinto al primero
Articulo 20
El consumidor podrá elegir el tipo de indemnización que le acomode para reparar los daños del producto adquirido
- Cuando los productos adquiridos estén sujetos a normas y no cumplan dichas normas
- Cuando los componentes del producto no sean los que están indicados en el rotulado y estos sean necesarios para el consumo
- Cuando el producto no este apto para el consumo al que está dirigido por faltas de piezas o elementos necesarios para su funcionamiento
- Cuando el producto no cumpla con especificaciones acordadas previamente en un contrato entre las partes
- Cuando las garantías y/o reparaciones por el servicio técnico hayan sido efectuadas y aun persista el problema
- Cuando la cosa objeto tenga defectos o vicios que dificulten el uso al que está destinado
Articulo 21
La aplicación de los derechos de los artículos 19 y 20 se deberá hacer efectiva dentro de los 3 meses siguientes a la compra y en caso de los alimentos perecibles 7 días o el tiempo dispuesto en el envoltorio, siempre que este no haya sido deteriorado por el consumidor
Dicha garantía podrá ser efectuada ante el vendedor o conjuntamente al fabricante e importador según corresponda
En el caso de ser ante el importador y el fabricante ambos serán solidarios en los prejuicios ocasionados al consumidor
Si fuese ante el vendedor deberá hacerse efectiva en el lugar o lugares en donde este atienda habitualmente a sus clientes
En ambos el proveedor del producto o servicio tendrá que disponer de las mismas condiciones en las que se efectuó la venta
Articulo 22
Aquellos proveedores o comerciantes que tuviesen que reponer o devolver la cantidad pagada por el producto deberán ser indemnizados por el fabricante o importador del producto en cuestión
Articulo 23
Cometerá infracción el proveedor que al vender un producto o prestar un servicio actúa con descuido y afecta al consumidor debido a que a la falta de un ingrediente o característica del bien o servicio tendrá una multa de 100 a 300 UTM
También se aplicara a organizadores de eventos y servicios de transportes que sobrevendan cupos del servicio que ofrecen. A excepción del transporte aéreo
Articulo 24
Sera sancionada la publicidad engañosa o falsa difundida por medios de comunicación social el infractor será multado por 750 UTM
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