DECLARACIÓN DE PERTENENCIA DE INMUEBLE RURAL CONFORME A LA LEY 1561 DE 2012
Enviado por espemur • 13 de Septiembre de 2013 • 652 Palabras (3 Páginas) • 1.473 Visitas
DECLARACIÓN DE PERTENENCIA DE INMUEBLE RURAL CONFORME A LA LEY 1561 DE 2012
¿QUIÉN?
Artículo 2°. Sujetos del derecho. Se otorgará título de propiedad a quien demuestre posesión material sobre bien inmueble, rural, que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley.
Quien tenga título registrado a su nombre con inscripción que conlleve la llamada falsa tradición, de conformidad con lo dispuesto en la ley.
¿CONTRA QUIÉN?
Contra el titular o titulares de derechos reales principales que aparezcan en el certificado expedido por el registrador de instrumentos públicos, quienes tendrán para contestar la demanda el término previsto para al proceso verbal en el estatuto general de procedimiento vigente.
¿ANTE QUIÉN?
Artículo 8°. Juez competente. Para conocer el proceso verbal especial de que trata esta ley, será competente en primera instancia, el Juez Civil Municipal del lugar donde se hallen ubicados los bienes.
Artículo 9°. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a los Jueces Civiles del I Circuito dentro de los procesos especiales que conozcan con ocasión del objeto I de la presente ley.
¿QUÉ COSA?
Artículo 10°. Objeto. Obtener por sentencia de un Juez de la República de Colombia se declare la titulación de esa posesión material o en su defecto el saneamiento del título registrado con falsa tradición en un lapso de tiempo seis meses.
¿CON QUÉ FUNDAMENTO?
Fundamento Jurídico
Artículo 6°. Requisitos. Para la aplicación del proceso verbal especial de que trata esta ley se requiere:
1. Los casos a que se refiere la ley 1.561 de 2012, dictada para otorgar títulos de propiedad al poseedor material de bienes urbanos, de pequeña entidad económica y sanear la falsa tradición.
2. Que las construcciones no se encuentren, total o parcialmente, en terrenos afectados por obra pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 9a de 1989.
3. Que el inmueble no se encuentre sometido conforme a la legislación agraria y aquellos que están dentro del régimen de propiedad parcelaria establecido en la Ley 160 de 1994 y las normas que la modifiquen o sustituyan.
4. Que el inmueble no se encuentre ubicado en zonas declaradas de inminente riesgo de desplazamiento o de desplazamiento forzado, en los términos de la Ley 387 de 1997, y a los que se refiere el Decreto 2007 de 2001.
5. Las prescripciones descritas en el código civil artículos 2.512 y siguientes, reformados para la prescripción agraria por la ley 200 de 1936, ley 4 de 1973 y ley 791 de 2002.
6. Art. 375 del cgp que es la norma procesal del derecho común
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