DECLARATORIA DE EMERGENCIA
Enviado por leo122 • 22 de Noviembre de 2013 • 457 Palabras (2 Páginas) • 301 Visitas
Declaratoria de Estado de Emergencia
1. Declaratoria del estado de emergencia:
2. Es un Régimen de Excepción regulado por el artículo 137º de la Constitución Política del Perú y que es dispuesto por el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, que se aplica por un plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación.
3. Las solicitudes y gestiones, deben generarse, con la debida oportunidad y dentro de los parámetros de los procedimientos establecidos por la Ley.
4. Todas las DEE, se oficializan exclusivamente por el Presidente de la República con el acuerdo del Consejo de Ministros.
Procedimiento para la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia
5. Debe seguir el procedimiento dado por el DS Nº 058-2001-PCM, según el Artículo 8º del Reglamento de la Ley del SINADECI y su modificatoria el DS Nº 069-2005-PCM, en la que se establecen las condiciones de orden técnico y legal que debe seguir la Autoridad Local a cargo del Comité DC de la zona crítica o jurisdicción afectada.
6. En relación al D.S Nº 058-2001-PCM, según el artículo 1º:
Autoridad del Comité de DC del Gobierno Local (Provincial o Distrital): Canaliza su petición a través del Comité Regional de DC.
Comité Regional de DC: A través de la Autoridad respectiva, evalúa la viabilidad de la solicitud y, de ser justificada, la eleva al INDECI.
Informe EVAR ó EDAN: Solicitud que debe adjuntar las Estimaciones de Riesgos-EVAR en casos de situación de peligro inminente (alto riesgo) y Evaluación de Daños-EDAN,en caso de ocurrencia de daños post impacto proporcionado por el Comité Regional de Defensa Civil y de las entidades y sectores comprometidos. Incluye detalles específicos de los requerimientos para la rehabilitación.
INDECI: Con opinión de los sectores de nivel nacional comprometidos, de ser procedente la solicitud, remite a la PCM el proyecto de DS donde se establece: plazo de la DEE, ámbito geográfico y entidades del sector que deben ser exoneradas de los procesos de selección. Adjunta Informes Técnicos sobre las acciones para afrontar la emergencia.
En relación al D.S Nº 058-2001-PCM, según el artículo 2º:
Titular de Ministerios y OOPPDD: Pueden solicitar la DEE y canalizarla a través del INDECI.
PCM: Excepcionalmente por circunstancias o desastres de gran magnitud, presentará de oficio la solicitud de DEE al Consejo de Ministros.
Prórroga del Estado de Emergencia y medidas de carácter presupuestalPueden ser solicitadas por las entidades encargadas de ejecutar las acciones para afrontar la emergencia, rehabilitación y/o reconstrucción, adjuntando los
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