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DECRETO Por El Que Se Reforma Los Artículos Segundo, Tercero Y Cuarto Transitorios De La Ley De La Economía


Enviado por   •  18 de Julio de 2013  •  713 Palabras (3 Páginas)  •  506 Visitas

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Jueves 24 de enero de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21

DECRETO por el que se reforma los artículos Segundo, Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley de la Economía

Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia

de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMA LOS ARTÍCULOS SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRANSITORIOS DE LA LEY DE LA

ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO SÉPTIMO DEL ARTÍCULO 25 DE

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL

DE LA ECONOMÍA.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el primer párrafo del Segundo Transitorio, así como el cuarto párrafo

del Tercero Transitorio, de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del

artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la

Economía, para quedar como sigue:

TRANSITORIOS

SEGUNDO. La convocatoria y asuntos relativos a la celebración de las asambleas regionales de los

Organismos del Sector, será efectuada por la Secretaría, a través del Instituto, en un plazo no mayor de

dieciocho meses después de la publicación de la presente Ley en el Diario Oficial de la Federación. Una vez

realizadas las asambleas regionales, la Secretaría, a través del Instituto, deberá convocar a la instalación del

Congreso Nacional.

...

...

TERCERO. El Instituto deberá quedar constituido, instalado y reglamentado en un plazo no mayor a ciento

ochenta días naturales posteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, asumiendo las funciones e

integrándose con los recursos financieros, materiales y humanos que actualmente están asignados a la

Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad.

...

...

En tanto se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y se expida el Reglamento

Interior del Instituto, se continuará aplicando el Acuerdo que regula la organización y el funcionamiento interno

de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, publicado en

el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2009, en lo que no se oponga a esta Ley; y en lo no

previsto, se estará a lo que resuelva la Secretaría.

...

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