DECRETO Por El Que Se Reforma Los Artículos Segundo, Tercero Y Cuarto Transitorios De La Ley De La Economía
Enviado por monicalanderos • 18 de Julio de 2013 • 713 Palabras (3 Páginas) • 506 Visitas
Jueves 24 de enero de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21
DECRETO por el que se reforma los artículos Segundo, Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley de la Economía
Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA LOS ARTÍCULOS SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRANSITORIOS DE LA LEY DE LA
ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO SÉPTIMO DEL ARTÍCULO 25 DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL
DE LA ECONOMÍA.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el primer párrafo del Segundo Transitorio, así como el cuarto párrafo
del Tercero Transitorio, de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del
artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la
Economía, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
SEGUNDO. La convocatoria y asuntos relativos a la celebración de las asambleas regionales de los
Organismos del Sector, será efectuada por la Secretaría, a través del Instituto, en un plazo no mayor de
dieciocho meses después de la publicación de la presente Ley en el Diario Oficial de la Federación. Una vez
realizadas las asambleas regionales, la Secretaría, a través del Instituto, deberá convocar a la instalación del
Congreso Nacional.
...
...
TERCERO. El Instituto deberá quedar constituido, instalado y reglamentado en un plazo no mayor a ciento
ochenta días naturales posteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, asumiendo las funciones e
integrándose con los recursos financieros, materiales y humanos que actualmente están asignados a la
Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad.
...
...
En tanto se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y se expida el Reglamento
Interior del Instituto, se continuará aplicando el Acuerdo que regula la organización y el funcionamiento interno
de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2009, en lo que no se oponga a esta Ley; y en lo no
previsto, se estará a lo que resuelva la Secretaría.
...