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DEMANDA DE ACCION REIVINDICATORIA


Enviado por   •  5 de Mayo de 2018  •  Documentos de Investigación  •  3.379 Palabras (14 Páginas)  •  1.209 Visitas

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MA. LORENZA GARCÍA GARCÍA

                                                                VS

                                                        GUILLERMO DÍAZ CÁRDENAS

EXPEDIENTE________________

JUICIO ORDINARIA CIVIL, Y EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DE

LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QUERÉTARO

HÉCTOR AMEZCUA RAMÍREZ, en mi calidad de Representante Legal, y albacea así como único y universal heredero de la C. MA. LORENZA GARCÍA GARCÍA, en los términos  que establece el PODER ESPECIAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y DE RIGUROSO DOMINIO, CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, que mediante escritura pública número 39,107 TREINTA Y NIEVE MIL CIENTO SIETE, pasada ante la fe del Licenciado Alejandro Gutiérrez Santos, Notario Titular de la Notarían Pública número 17 Diecisiete de la Ciudad de Santiago de Querétaro, que me fuera otorgado respecto de la parcela número 27 Z-1 P1/2 del Ejido de La Negreta; Corregidora, Querétaro, misma que tiene una superficie de 9-58-55.88 Hectáreas lo anterior de conformidad con el artículo 2433 del Código Civil para el Estado de Querétaro, y las copias certificadas del expediente número 883/2017 relativo al juicio sucesorio testamentario a bienes de Ma. Lorenza García García, promovido en el Juzgado Cuarto Familiar de Querétaro, Querétaro, Se agrega testimonio notarial en copia certificada notarial y copias certificadas del expediente 883/2017, señalando  como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y demás documentos, el domicilio ubicado en  CALLE HIDALGO NUMERO 3 DESPACHO 19, PLAZA HIDALGO, EL PUEBLITO, CORREGIDORA, QUERÉTARO, y autorizando para los mismo efectos a los  Licenciados LUIS RENÉ GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, JOSÉ ERNESTO BEJARANO SÁNCHEZ, HILDA NOEMÍ CALTENCO BATALLA, y los pasantes en derecho MARY CRUZ AGUILERA RODRÍGUEZ EDGAR EMMANUEL HERRERA GARCÍA Y MARIANA BADILLO OLVERA, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que todas y todas y cada una de las de las declaraciones vertidas en este escrito son ciertas, además manifiesto, que me conduciré  con la verdad durante el presente procedimiento y soy sabedor de las sanciones que señalan el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro y el Código Penal del Estado de Querétaro, para el caso de hacerlo con falsedad, lo anterior de conformidad con el artículo 259 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.

Para el caso de reconvención señalo como domicilio para ser notificado el ubicado en ___________________________________________

Por lo antes expuesto es que en este acto y por medio del presente escrito y en la en la VÍA ORDINARIA CIVIL, y en ejercicio de la ACCIÓN REIVINDICATORIA, vengo a demandar reconvencional y formalmente al señor GUILLERMO DÍAZ CÁRDENAS, quien tiene su domicilio para ser emplazado y notificado a juicio en AVENIDA CRISTO REY LOTE 11, MANZANA 01, COLONIA LOMAS LA CRUZ, CORREGIDORA, QUERÉTARO, las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

a) La declaración judicial que emita su Señoría en sentencia ejecutoriada en el sentido de que mi representada es legítima propietaria del predio ubicado en AVENIDA CRISTO REY, LOTE 11, MANZANA 01, COLONIA LOMAS LA CRUZ, CORREGIDORA, QUERÉTARO, con superficie aproximada de doscientos metros, diecisiete decímetros cuadrados; y las siguientes medidas y colindancias:

  • Al Noroeste, en diez metros seis centímetros con Circuito Santa Cruz;
  • Al Sureste, en nueve metros noventa y cinco centímetros con Avenida Cristo Rey;
  • Al Noreste, en veinte metros con lotes nueve y diez; y
  • Al Poniente, en diecinueve metros noventa y siete centímetros con Lote 12.

La C. MA. LORENZA GARCÍA GARCÍA acredita la propiedad del LOTE 11, MANZANA 01, UBICADO EN LA AHORA LLAMADA COLONIA LOMAS LA CRUZ, CORREGIDORA, QUERÉTARO, mediante el testimonio notarial número 22, 433 veintidós mil cuatrocientos treinta y tres de fecha 11 once de octubre de 2003 dos mi tres, pasada ante la fe del Licenciado Jorge García Ramírez, Notario Público número 22 veintidós de la Ciudad de Santiago de Querétaro, mediante el cual se formaliza la APLICACIÓN DE BIENES de la Sucesión Testamentaria a bienes del Señor Cesáreo Zúñiga López, y se aplica a su favor la propiedad del inmueble marcado como la parcela 27 Z-1 P1/2 del Ejido la Negreta en el Municipio de Corregidora, Estado Querétaro, misma que tiene una superficie total de 9-58-55.88 Hectáreas y las siguientes medidas y colindancias:

  • Al Este en 322.68 trescientos veintidós metros sesenta y ocho centímetros en línea quebrada con tierras de uso común Zona 3 tres;
  • Al Sureste en 293.85 doscientos noventa y tres metros ochenta y cinco centímetros con tierras de uso común zona 3 tres;
  • Al Suroeste 298.15 doscientos noventa y ocho metros quince centímetros en tierras de uso común zona 3 tres;
  • Al Noroeste en 480.11 cuatrocientos ochenta metros once centímetros con parcela 25 del mismo ejido

El testimonio notarial se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Querétaro, bajo el Folio Real número 76929/1 de fecha 16 dieciséis de julio de 2007 dos mil siete

b) Como consecuencia de lo anterior, la desocupación y entrega real y material del inmueble antes descrito y que es base de esta acción.

c) La declaración de que, todas aquellas obras realizadas en el inmueble descrito, hechas por GUILLERMO DÍAZ CÁRDENAS, quedarán a favor de mi representada y del suscrito.

d) El pago de la cantidad de $ 5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) mensuales, por concepto de renta, por el uso del inmueble materia de este contrato que aquí se rescinde, desde la fecha en que su señoría ordene su desocupación, hasta la fecha en que materialmente sea entregado al suscrito.

e) El pago de los gastos y costas que origine el presente juicio.

La presente demanda se funda en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.

H E C H O S

1.- El día veintitrés de mayo de dos mil seis, mediante  el testimonio notarial número 33,709 treinta y tres mil setecientos nueve; tomo CCXXXV doscientos treinta y cinco, pasado ante la fe del Notario Público número diecisiete del Distrito Judicial de Querétaro, Licenciado Alejandro Gutiérrez Santos; la C. Ma. Lorenza García García otorgó testamento público, donde señaló que a su fallecimiento nombra como único y universal heredero de sus bienes presentes y futuros al suscrito, así como albacea testamentario, para observar el exacto cumplimiento de su decisión testamentaria.

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