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DEMANDA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL


Enviado por   •  29 de Julio de 2014  •  448 Palabras (2 Páginas)  •  483 Visitas

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SEÑOR

JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO (REPARTO)

E. S. D.

REF: PROCESO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.

De: JAIME BONILLA AVILA EN REPRESENTACION DE JOAQUIN EMILIO BONILLA MURILLO

Contra: BERNABE RONDON RODRIGUEZ

JENNIFFER ALFARO ROMERO, identificada con cedula de ciudadanía número 65.633.168 de Ibagué Tolima, abogada en ejercicio, portadora de la Tarjeta Profesional No. 782.697 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderada del señor JAIME BONILLA AVILA en representación DE JOAQUIN EMILIO BONILLA MURILLO, según poder que se adjunta, me permito impetrar ante su despacho demanda de RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, en contra del señor BERNABE RONDON RODRIFUEZ, mayor de edad y vecino de esta ciudad, como conductor y propietario del vehículo distinguido con placas CHH924, marca Mazda sedan de servicio público, modelo 1992; domiciliado en la cra 6 No. 57-29 Barrio Limonar, para que previo el trámite correspondiente a un proceso ordinario de mayor cuantía, se hagan las declaraciones y condenas que en su parte respectiva formulare:

HECHOS

PRIMERO: El día 17 de Septiembre de 2011, siendo las 06 : 00 AM , en la calle 31 con carrera 5, de este municipio, fue atropellado el señor JOAQUIN BONILLA VASQUEZ por el vehículo de placas CHH924, marca mazada sedan 626 de servicio público Modelo 1992, De propiedad del señor BERNABE RONDON RODRIGUEZ conducido por el mismo

SEGUNDO: Se deduce que el señor BERNABE RONDON, por conducir con manifiesta imprudencia y a alta velocidad, atropello y ocasiono la muerte en el lugar de los hechos al señor JOAQUIN BONILLA VASQUEZ quien circulaba como peatón.

TERCERO: El señor JOAQUIN BONILLA VASQUEZ victima en el accidente de tránsito tenía bajo su cargo, protección y representación a su hijo JOAQUIN EMILIO BONILLA MURILLO de 48 años de edad quien presenta una discapacidad mental absoluta producto de MENINGITIS en su

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Suscríbase

niñez.

CUARTO: En la actualidad y como consecuencia de la muerte del señor JOAQUIN BONILLA VASQUEZ en el referido accidente de tránsito, el cual se originó por la imprudencia del demandado, el señor JOAQUIN EMILIO BONILLA MURILLO, a partir del deceso de su padre JOAQUIN BONILLA VASQUEZ el día 17 de septiembre de 2011, se encuentra bajo la protección y responsabilidad moral y económica de su primo hermano JAIME BONILLA AVILA, por tanto depende de el en todo aspecto, tal como se refleja en el proceso de interdicción que se tramita ante en el juzgado sexto de familia y auto de 02 de marzo de 2012, el cual decreto la interdicción provisional y como curador al señor JAIME BONILLA AVILA.

QUINTO: Mi poderdante actualmente se desempeña como maestro de construcción devengando un salario promedio

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