DEMANDA EN PARTICION DE BIENES
Enviado por Yankary Acosta Rosa García rosa • 8 de Julio de 2018 • Tarea • 6.012 Palabras (25 Páginas) • 215 Visitas
UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
(UAPA)
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ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
DERECHO.
Nombre:
Yankary Acosta Rosa
Rosmelina Rosario Duran
Matricula:
15-8074
16-2922
Facilitador/a
Yudelka Padilla
Carrera:
Derecho.
Asignatura:
Derecho Civil VI
Diciembre del 2017.
Santiago de los Caballeros.
República Dominicana.
DEMANDA EN PARTICION DE BIENES
ACTO NÚMERO: ____________
En la ciudad y municipio de Constanza, provincia La Vega, República Dominicana, a los _____________________________ ( ) días del mes de __________________ del año dos mil _____________________________________(__________________________), siendo las_____________________________________________.
ACTUANDO a requerimiento de la señora ILEANA GIL ROSA, dominicana, mayor de edad, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No. 053-0046048-1, domiciliada y residente en El Cercado, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a LIC. YANKARY ACOSTA ROSA, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República, portadora de la cédula de identidad personal y electoral No. 402-2811979-9, con estudio profesional abierto en la calle 27 de febrero No. 26, de la ciudad de Constanza lugar donde mis requerientes hacen formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto.
Yo, KELVIN DE LEON BAUTISTA, Alguacil dominicano del Juzgado de la Instrucción de Constanza, mayor de edad, domiciliado y residente en el Barrio El Cercado de esta ciudad. Abajo Firmado.
EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento me he trasladado, dentro de mi jurisdicción, Primero: a la casa marcada con el número ________, Constanza, que es donde tienen su domicilio y residencia el señor ANABEL ROSA PEÑA, y una vez allí, hablando personalmente con _______________________________, según me declaró y dijo ser ___________________________, de mi requerido, con calidad para recibir acto a nombre del mismo acto de la presente naturaleza, Segundo: a la casa marcada con el número ________, Constanza, que es donde tienen su domicilio y residencia el señor Raúl Suriel y una vez allí, hablando personalmente con _______________________________, según me declaró y dijo ser ___________________________, de mi requerido, con calidad para recibir acto a nombre del mismo acto de la presente naturaleza; LES HE NOTIFICADO a mis requeridos, que mis requerientes mediante el presente acto le cita y emplaza para que comparezcan, como fuere de derecho en el plazo de la octava franca de ley por ante la EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CONSTANZA, en sus atribuciones civiles, el cual celebra sus audiencias, la cual será fijada oportunamente, en uno de los salones de la Primera Planta del Palacio de Justicia del Centro de Constanza, ubicado en la calle General Luperón No. 11 de esta ciudad de Constanza, todos los días laborables a las 9:00 a.m., a fin de conocer de la presente demanda en partición de bienes, bajo los hechos y medios de derecho siguiente:
- RELACION DE LOS HECHOS:
1º. Que el señor OTILIO ROSA TRINIDAD procreo varios hijos entre los que están Juan Isidro Rosa Trinidad, quien a su vez procreo a las señoras ROSALINA ROSA TRINIDAD, ANABEL ROSA PEÑA.
2º. Que a la hora de la muerte de OTILIO ROSA TRINIDAD el mismo dejó una parcela ubicada en El Arenazo, la cual se mantiene en estado de indivisión, correspondiente a la Parcela No. 716 del distrito Catastral No. 2 de Constanza, cuyo heredero resulta Juan Ysidro Rosa Trinidad, quien a su vez fallece 1/01/1989
3º. Que también falleció la señora Rosalina Rosa Peña, madre de la demandante, falleció en fecha 10/02/1982, dejando como representante a su única hija Ileana, de acuerdo al acta de nacimiento inscrita en el libro 0001, folio no. 0057, año 2010.
- FUNDAMENTO LEGAL DE LA DEMANDA.
4º. A que a nadie puede obligarse a permanecer en estado de indivisión de bienes, y siempre podrá pedir la partición, a pesar de los pactos y prohibiciones que hubiere en contrario;-
5º. A que la acción de partición y las cuestiones litigiosas que se susciten en el curso de las operaciones, se someterán al tribunal del lugar en que esté abierta la sucesión; y ante ese mismo tribunal se procederá a la licitación, y se discutirán las demandas relativas a la garantía de los lotes entre los copartícipes, y las de rescisión de la partición;
6º. A que la tasación de los bienes inmuebles se verificará por peritos designados por las partes; y si estos se niegan, serán nombrados de oficio;
7º. A que las diligencias de los peritos deben contener las bases del avalúo; indicarán si el objeto tasado es susceptible de cómoda división, de qué manera ha de hacerse ésta y fijan, por último, en caso de proceder a la misma, cada una de las partes que puedan formarse y su respectivo valor;
8º. A que el avalúo de los muebles, si no se ha hecho estimación en un inventario regular, debe hacerse por personas inteligentes, en un justo precio y sin aumento;
9º. A que si no pueden dividirse cómodamente los inmuebles, se procederá a su venta por licitación ante el tribunal;
10º. A que cada coheredero traerá a colación de la masa común, conforme a las reglas que establece el Código Civil, las donaciones o regalos que se le hubiesen hecho y las sumas que deba;
11º. A que si la colación no se ha hecho en naturaleza, los coherederos a quienes se deban percibirán una porción igual a los objetos en cuestión, tomada de la masa general de la sucesión;-
12º. A que hechas las deducciones, se procederá con lo que quede en la masa de bienes, a la formación de tantos lotes iguales como individuos o estirpes copartícipes haya;
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