Particion Extrajudicial De Bienes
Enviado por gise_7 • 17 de Diciembre de 2013 • 1.273 Palabras (6 Páginas) • 712 Visitas
TESTIMONIO DE LA ESCRITURA DE PARTICIÓN EXTRAJUDICIAL DE LOS BIENES DEJADOS POR LA EXTINTA SEÑORA; CARMEN TERESA MACIAS VERA VIUDA DE JOSÉ LUIS PIGUAVE ALCÍVAR CELEBRADA ENTRE LOS HEREDEROS: FLORA MARCELINA PIGUAVE MACÍAS Y LUIS JOSÉ PIGUAVE MACÍAS A FAVOR DE LOS MISMOS.-PARTICIÓN:
CUANTIA: $144.280,60
NÚMERO: CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO (No.465).- En la Ciudad de sucre, Cabecera Parroquial del mismo nombre, Cantón 24 de Mayo, Provincia de Manabí, república del Ecuador, hoy día VIERNES VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, ante mí; Abogado PEDRO DANIEL MONTUFAR PALOMEQUE, NOTARIO PÚBLICO PRIMERO INTERINO DE ESTE CANTÓN, comparecen por sus propios derechos: los señores: FLORA MARCELINA PIGUAVE MACÍAS, de estado civil casada, de profesión Ingeniera Civil, Y LUIS JOSÉ PIGUAVE MACÍAS de estado civil soltero, de profesión Arquitecto. Los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en esta Ciudad de Sucre, Cantón 24 de Mayo, portadores de las cédulas de ciudadanías que me fueron presentadas y devueltas a los interesados, idóneos, capaces para contratar y poder obligarse recíprocamente a quienes de conocer personalmente DOY FE.- Bien instruidos de la naturaleza y efectos legales de esta Escritura de Partición Extrajudicial de los bienes dejados por la extinta señora: CARMEN TERESA MACIAS VERA VIUDA DE JOSÉ LUIS PIGUAVE ALCÍVAR a cuyo otorgamiento proceden con libertad y pleno conocimiento para que sea elevada a Escritura pública, los comparecientes antes nombrados me entregaron una minuta la misma que copiada textualmente dice así: MINUTA: Señor Notario Público: En los protocolos de Escrituras públicas a su cargo, sírvase incorporar la presente minuta que contiene un contrato de Partición Extrajudicial de los bienes dejados por la extinta señora: CARMEN TERESA MACIAS VERA VIUDA DE JOSÉ LUIS PIGUAVE ALCÍVAR de conformidad a las siguientes cláusulas: PRIMERA: COMPARECIENTES.- Comparecen a la celebración y suscripción de esta escritura de Partición Extrajudicial de Bienes; los señores: FLORA MARCELINA PIGUAVE MACÍAS Y LUIS JOSÉ PIGUAVE MACÍAS, en su calidad de herederos de la causante señora: CARMEN TERESA MACIAS VERA VIUDA DE JOSÉ LUIS PIGUAVE ALCÍVAR. Los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, hábiles y capaces para contratar y obligarse de conformidad con la ley. SEGUNDA: ANTECEDENTES.- La causante señora: CARMEN TERESA MACIAS VERA VIUDA DE JOSÉ LUIS PIGUAVE ALCÍVAR adquirió el siguiente bien: A) La causante adquirió mediante escritura pública de compraventa autorizada por la Notaría pública primera del Cantón 24 de Mayo, señora Flor María Tóala de Calvopiña el trece de enero de mil novecientos ochenta y seis, e inscrita en la Registraduría de este Cantón con fecha veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta y seis por lo que la señora Carmen Teresa Macías Vera compró a los señores: Flora Marcelina Tóala Macías de león y Elisa Agripina Tóala Macías de Cárdenas, dos lotes de terreno ubicados en la ciudad de sucre cantón 24 de mayo, distribuidos de la siguiente forma: LOTE NUMERO 1.- El mismo que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Por el frente, calle sin nombre que conduce al Río con ciento cuarenta varas, Costado Derecho, Isaías Mora con setenta y seis varas, costado Izquierdo: El Río Sucre con cuarenta y cuatro varas y por atrás, propiedad de los herederos Tóala Macías con ciento veintisiete varas. LOTE NÚMERO 2.- El mismo que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Por el frente, calle sin nombre con y setenta y cuatro varas, atrás Calle quince de febrero, con cincuenta y cinco varas. Un costado propiedad de Olivares Urdánigo con treinta varas y por el otro costado, Callejón que conduce el río con cuarenta y siete varas. TERCERA: PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS.- Fundados en lo que dispone el artículo 1.345 del Código Civil y 665 del Código de Procedimiento Civil Vigente,
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