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DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2012  •  9.722 Palabras (39 Páginas)  •  834 Visitas

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TRABAJO ACADEMICO

Desarrolle cada pregunta

1. Elabore un mapa conceptual de la evolución del Derecho Comercial en nuestro país, y de presentarse una controversia en materia comercial cuál es la legislación a aplicar. (4 ptos)

1. Definiciòn.- 2. Divisiòn del derecho privado.- 3. Ubicación.- 4. Derecho romano.- 5. Apariciòn e historia del derecho comercial.- 6. Denominacion.-

1. DEFINICION

En todo trabajo de investigación conviene estudiar la definición para que de esta forma tomemos al toro por las astas, y podamos andar en nuestra investigación por un camino tachonado de antorchas. El derecho comercial es la rama especial del derecho privado. Siendo la primera un conjunto de ramas del derecho. Es decir, el derecho comercial es la rama del derecho privado que regula y estudia las sociedades, valores negociables, tìtulos valores, quiebra, concursos, mercado de valores, telecomunicaciones, comunicaciones, bancos, mercado financiero, comercio internacional, entre otros importantes temas dentro del derecho privado. En tal sentido podemos afirmar que el derecho no es igual que el derecho positivo, sin embargo, son muy confundidos, incluso por grandes tratadistas, lo cual hemos hecho notar en otra sede y, por lo tanto, debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

2. DIVISION DEL DERECHO PRIVADO

El derecho en general se divide en tres ramas que son el derecho privado, pùblico y social, por lo cual a continuación estudiaremos la primera, lo cual servirà para comprender las características del derecho comercial. El derecho privado tiene dos ramas principales que son el derecho civil y el derecho comercial, por lo cual la primera es conocida como derecho comùn, mientras que la segunda es conocida como derecho especial.

3. UBICACIÓN

Es conveniente que se determine la ubicación del tema estudiado, como es por cierto el derecho comercial. El derecho comercial se ubica en el derecho empresarial, corporativo y privado. Es decir, el primero es mas reducido que los siguientes, o dicho de otra forma los ùltimos son mas amplios que el primero. Teniendo en cuenta que queda ubicado dentro del derecho privado se pueden realizar pactos dentro del mismo, por ejemplo, se puede constituir sociedades, lo cual se realiza por acuerdos de partes. Pero para otros queda ubicado el derecho comercial dentro del derecho social porque tiene parte de derecho privado y de derecho pùblico, teniendo del primero por que se puede constituir sociedades por acuerdo de partes o socios y del segundo porque no se pueden pactar requisitos legales, por ejemplo no se puede eliminar requisitos del estatuto o del pacto social de las sociedades por acuerdo de partes, con lo cual esperamos tener enfoques mas amplios de esta rama del derecho.

4. DERECHO ROMANO

El derecho romano se divide en dos grandes etapas que son el derecho romano antiguo y el derecho romano actual. En todo trabajo de investigación se debe estudiar derecho romano antiguo, porque se enriquece el estudio del derecho y ademàs porque se conoce los antecedentes del derecho actual, sin embargo, pocos estudian y conocen este derecho. Por lo cual en esta sede estudiaremos el primero, para precisar que en el mismo el derecho comercial no existiò, por lo tanto, si estudiamos el derecho romano no encontraremos estudios sobre la rama del derecho estudiada. En tal sentido podemos afirmar que en el derecho romano antiguo el derecho civil rigiò el comercio, sin embargo, en la actualidad para nosotros es inimaginable el mercado sin la existencia del derecho comercial.

5. APARICION E HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL

El derecho comercial no existiò en el derecho romano ni en el derecho griego, sino que aparece posteriormente, por lo cual segùn los diferentes tratadistas tanto nacionales como extranjeros el mismo apareciò recièn en la edad media, ya que en dicho tiempo el derecho civil fuè insuficiente para estudiar y regular el comercio, y en todo caso no debemos confundir el derecho comercial con el derecho codificado, porque son dos instituciones jurìdicas que si bien es cierto tienen mucha relaciòn tambièn es cierto que son diferentes. Posteriormente a su aparición del derecho comercial se aprobò el còdigo de comercio Francès de 1807, el cual fuè aprobado por Napoleón Bonaparte, y posteriormente se aprobò el primer còdigo de comercio español, para lo cual se tuvo en cuenta el còdigo anteriormente citado y luego el primer còdigo de comercio peruano, habièndose recepcionado el primer còdigo de comercio español, y posteriormente en 1902, se aprobò el segundo còdigo de comercio peruano, siguièndose como ejemplo el segundo còdigo de comercio español, pero con algunas diferencias. Posteriormente se llevò adelante en el estado peruano y en algunos otros màs un proceso de descodificación, por lo cual sale del còdigo de comercio peruano los tìtulos valores, sociedades, concursal, bursátil, bancario, por lo tanto, en la actualidad este còdigo tiene sòlo algunos artìculos vigentes.

6. DENOMINACION

El derecho comercial para algunos es lo exactamente lo mismo que el derecho mercantil, pero para otros son distintas, y por lo cual precisan que lo correcto es la segunda denominación y no la primera. En el derecho peruano se encuentra mas difundida la primera denominación en lugar de la segunda, incluso existe un libro de esta rama del derecho con dicha denominaciòn, como es por cierto el que tiene por autores a los MONTOYA. En Argentina tambièn hemos advertido que se estudia el derecho comercial.

Evolución Histórica del Derecho Comercial

Ausencia del D° Comercial en Roma: D° Comercial no siempre ha existido como rama diferenciada del derecho común, depende de la organización jurídica. El D° C° surge como rama diferenciada al D° común en la edad media. Este punto busca explicar los motivos por los que en Roma a pesar de haber comercio no hubo tratamiento diferenciado, habiendo motivos: a. Económicos: La actividad en roma fue fundamentalmente agrícola, la economía estaba basada en la esclavitud. – b. Jurídicos: Largo tiempo el comercio fue desarrollado por NO ciudadanos romanos (peregrinos), En la época donde ya el ciudadano se encargo del comercio se desarrollo en el D° el periodo cognitio extraordinem donde el pretor usaba su criterio en el Ius civile. / Como se adaptaba al comercio el D° Común (caso peregrino) o el D° pretorio, no hubo necesidad de normas especializadas. / Época de Justiniano tampoco evoluciona en tercera etapa y hay depresión en la actividad económica.

Etapas

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