DERECHO: DIFERENCIA EN TRE CRIMINALISTICA Y CRIMINOLOGIA
Enviado por eskato • 10 de Diciembre de 2012 • 1.475 Palabras (6 Páginas) • 1.020 Visitas
La Criminalística es una CIENCIA multidisciplinaria, que tiene como objeto determinar el: Cómo, cuándo, dónde y quién cometió un hecho delictivo. Para poder lograr su objetivo, la Criminalística se vale del conocimiento de otras ciencias afines, como ser: Medicina Forense, Física, Psicología, Abogacía, entre otras. La Criminalística es independiente de la Criminología, ya que son dos ciencias distintas, esto es porque mientras la primera estudia el cómo, cuando, dónde y quién cometió un hecho delictivo, la segunda, -Criminología- estudia el POR QUÉ? Qué fue lo que llevó al individuo a cometer el delito?.
En Argentina existe la carrera universitaria independiente ), (porque no está dentro de ninguna otra carrera) denominada: Licenciatura en Ciencias Criminalística y Criminología, en las cuales se estudian las cuatro especialidades más importantes: ACCIDENTOLOGÍA-BALÍSTICA-DACTILOSCOPÍA y DOCUMENTOLOGÍA. Dentro de cada especialidad se dan materias de distintas ciencias afines: matemática, física, medicina forense, psicopatología, derecho penal, derecho civil, química, planimetría, fotografía judicial, ética, método de investigación, etc.
Las preguntas más frecuentes no sólo de los estudiantes sino también de los abogados, jueces, entre otros, son las que a continuación escribo y respondo, claro, siempre desde mi punto de vista y experiencia personal.
¿Qué función cumple el Perito Criminalístico?
La de ser auxiliar directo de la Justicia, cuando existen hechos delictivos que causen daños físicos, morales y/o económicos, ya sea a una persona, institución pública o privada y/o al Estado, ya sea provincial y/o nacional.
¿El Criminalístico actúa sólo en los “homicidios”?
No, que se cometa un hecho delictivo no quiere decir que tenga que ser necesariamente un crimen, un suicidio o un robo.
El Perito Criminalístico ), (en mi provincia: Chaco-Argentina- necesariamente debe tener título universitario de la ciencia) puede intervenir en accidentes de tránsito en donde si existen muertes: se denominan “homicidios culposos”, en incendios de vehículos, casas, etc; en delitos documentales: adulteraciones o falsificaciones de documentos, sellos, manuscritos, anónimos, estudio de las máquinas de escribir, entre otros. En caso de personas ahogadas o desaparecidas, puede determinar identidad a través del estudio de las huellas digitales, o en documentos donde exista la huella digital de una persona que no sabe firmar, o en homicidios donde se levantan huellas de los objetos existentes en el lugar del hecho, etc. En casos balísticos, cuando existen heridas por armas de fuego, también heridas por armas blancas ), (cuchillos) entre otros. Cada especialidad tiene sus incumbencias.
¿El Perito concurre siempre al lugar del hecho apenas ocurrido el mismo?
No, quienes acuden en primera instancia son los peritos policiales. El Perito Criminalístico civil que tenga encomendada la función de realizar una pericial de la especialidad que sea, debe concurrir al lugar del hecho, para hacer su propia inspección ocular, así haya pasado el tiempo que sea, es necesario tener contacto directo con el lugar, para de esta manera, al utilizar los antecedentes policiales de los indicios encontrados en el lugar, pueda realizarse una objetiva valoración e interpretación de los mismos.
¿Qué es más importante: la formación universitaria o la experiencia?
Las dos van de la mano. Un/a Perito que cuenta con uno o varios títulos universitarios y/o posgrados, que se leyó todos los libros, apuntes, pero que jamás hizo una pericia o que sólo domina la teoría pero no lo aplicó en la práctica, no sirve.
Si el Perito tiene “experiencia” por haber trabajado en una institución policial, pero no tiene la formación universitaria pertinente en donde se enseñan los distintos métodos de investigación, las leyes, la Ética, tampoco sirve.
El o la Perito debe tener ambas cosas: formación y experiencia, son requisitos indispensables para poder cumplir el objetivo y función: ser AUXILIAR de Justicia.
¿Cómo debe ser el/la Perito?
Debe ser Científico: porque debe actuar de acuerdo a los fundamentos de cada una de las especialidades que se apliquen de la Ciencia Criminalística, trabajando sólo aquello que nos otorgue un conocimiento cierto y adquirido de lo que existe, que admita principios y causas que sean posibles de demostración.
Concreto: debe reducirse a lo más esencial o seguro la materia sobre la que se habla.
Imparcial y Objetivo: debe actuar en forma justa, sin prejuzgar. No debe prevalecer el modo de pensar o sentir, debe dejarse de lado toda subjetividad a fin de no emitir conclusiones personales y erróneas.
Narrativo: todo lo relatado en la pericial debe ser claro, preciso, conciso,
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