DERECHOS HUMANOS
Enviado por adans123 • 14 de Marzo de 2014 • 6.065 Palabras (25 Páginas) • 178 Visitas
PROYECTO: VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA
La crisis de los derechos humanos en Colombia no ha tenido las manifestaciones externas de las dictaduras militares que asolaron el continente latinoamericano en las décadas pasadas; pero se ha alimentado de las mismas prácticas en la comisión de crímenes de lesa humanidad: torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y genocidio; en un marco similar de terrorismo de Estado. Lo peculiar y paradoxal a la vez es que hablamos de un formal régimen civil que se ufana de ser una de las democracias más estables y antiguas del continente.
Ciertamente que el poder militar ha estado sometido a un sector de la sociedad civil en Colombia, que son las minorías que gozan de los privilegios del poder económico. Minorías que en busca de perpetuar el statu quo le han concedido a la Fuerza Pública, en particular al Ejército, la facultad de actuar por fiera de los marcos legales y constitucionales en el "control del orden público". Para garantizar ese ejercicio servil de la muerte le han ofrecido a sus perpetradores la impunidad sobre sus acciones criminales. Al terrorismo de Estado corresponde entonces una política de impunidad.
En Colombia en los últimos diez años se han asesinado trescientas mil personas (alrededor de cien por día), treinta mil de las cuales por razones políticas (en promedio diez diarias), de las cuales tres perecen en combates entre la guerrilla y la fuerza pública, y siete en ejecuciones extrajudiciales o masacres. Cerca de un millón de personas han sido obligadas a desplazarse de su terruño (la mayoría viudas y niños huérfanos) dejando atrás sus ranchos quemados, sus seres queridos asesinados y cargando con su miseria a cuestas. Dos mil quinientas personas han sido detenidas desaparecidas, miles han sido detenidos arbitrariamente y miles han sido torturadas. Estas cifras espantosas que afectan los espíritus sensibles, describen el tamaño del terror y de la impunidad que padece el pueblo de Colombia.
El propósito de estas reflexiones es el de señalar que más que fallas en el aparato judicial que impide la persecución del delito y el castigo del verdugo, en Colombia respecto de las violaciones de los derechos humanos existe una verdadera política de impunidad que compromete no solamente todos los órganos del Estado, sino los medios de comunicación de masas privados al servicio del capital, y por parte de las élites que controlan dicho capital, que encubren no solamente los crímenes de lesa humanidad que el Estado comete, sino la exclusión económica, social y política en que dichas élites mantienen a la mayoría de la población; todo ello bajo la cortina de humo de un discurso democrático. Por tanto no resulta incomprensible entender el contraste que se presenta en la legalidad y la realidad, entre uno de los aparatos judiciales y la burocracia de derechos humanos más grandes del mundo, con las estadísticas de violaciones y de impunidad más aberrantes del planeta.
II. Burocracia e impunidad:
En efecto el aparato judicial en Colombia cuenta con cinco órganos máximos, independientes entre sí, encargados de la administración de justicia: La Corte Suprema, la Corte Constitucional el Consejo de Estado, la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura. De otro lado como órganos de control de la función pública están la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, a ésta última está adscrita la Defensoría del Pueblo. La Procuraduría cuenta a su vez con una unidad de Investigaciones Especiales y con una Delegada de Derechos Humanos, a la vez que varias delegadas especializadas en las Fuerzas Militares, la Policía y la Policía Judicial, así mismo extiende su función de control y de protección a los derechos humanos a cada uno de los municipios del país a través de los personeros.
De otra parte la rama Ejecutiva cuenta con la Justicia Penal Militar, la Consejería Presidencial para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos, con unidades de Derechos Humanos en el Ministerio del Interior, de la Defensa y cada una de las guarniciones militares y de policía, así como en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Congreso de la República tiene por su parte una Comisión de Derechos Humanos tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes. Además el Parlamento debe ejercer en su conjunto el control político sobre el uso de los estados de excepción.
Si añadimos a lo anterior que el Estado colombiano contempla en su Carta Política más de cien artículos que consagran los derechos humanos y mecanismos de protección de los mismos como el hábeas corpus, las acciones de tutela (o acciones de amparo) y las acciones de cumplimiento; al tiempo que reconoce la primacía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos sobre el derecho interno (Arts. 93 y 94 de la Constitución). Y que ha firmado y ratificado casi la totalidad de declaraciones, convenciones y pactos referidos a los Derechos Humanos. No podemos menos que sentirnos estupefactos cuando la formalidad y el discurso se convierten frente a los hechos en mecanismos de perpetuación de las violaciones y en afirmación de la impunidad.
Por qué éstos órganos encargados de velar por el imperio de la ley no han correspondido a las expectativas de un Estado de Derecho? Debemos brevemente explicar las razones que nos parecen fundamentales para comprender el papel que estas entidades han cumplido en la degradación de la Institucionalidad democrática.
Restricción de los mecanismos de protección de los derechos fundamentales.
A partir de la Constitución de 1991 cualquier persona puede interponer acciones de tutela para que se salvaguarde un derecho fundamental, propio o ajeno, que esté siendo vulnerado o pueda ser vulnerado por una autoridad pública (Art. 86). La reacción del aparato judicial a ésta norma fue adversa y se impuso una reglamentación restrictiva (tanto del punto de vista del procedimiento como del derecho sustancial) que desconoce el espíritu del mandato constitucional. Además los jueces y magistrados en general son reacios a defender los derechos fundamentales de las personas que son atacadas por ser consideradas subversivas, que es precisamente la razón fundamental por la cual se han presentado y se siguen presentando la mayor parte de las violaciones a los derechos humanos. Lo mismo puede decirse con la acción de hábeas corpus (art. 30) que precisamente está consagrada para proteger a las personas detenidas arbitrariamente, pero cuyo derecho ha sido restringido en la ley por iniciativa del Ejecutivo (por decreto en uso de facultades de excepción, Decreto 1156 de julio de 1992), respaldado por el Congreso (convirtiéndolo en legislación permanente, ley 15 de 1992)
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