DEVOLUCION DE IVA
Enviado por Piguina02 • 8 de Noviembre de 2014 • 1.230 Palabras (5 Páginas) • 568 Visitas
Cuando presentamos nuestra declaración de impuestospodemos tener saldos a favor sobre los que pidamos su devolución, dado que es dinero que nos corresponde. Aquí lo que todos se preguntan es: ¿cómo solicito mi devolución?
En primer lugar, para poder tener derecho a solicitar devolución de tus impuestos será necesario que cumplas con todas las obligaciones como contribuyente y de haber determinado un saldo a tu favor estarás en posibilidad de obtener devolución.
Las devoluciones más comunes son:
• Saldos a favor del impuesto sobre la renta (ISR).
• Saldos a favor del impuesto al valor agregado (IVA).
• Saldos a favor del impuesto empresarial a tasa única (IETU).
Asimismo, debemos saber que existen dos tipos de devoluciones, automática y manual.
En el primer caso, para tener una devolución de forma automática, las personas físicas que determinen un saldo a favor igual o mayor a 13,970 pesos deben enviar su declaración con Fiel.
Requisitos para obtener la devolución
Para tener la devolución de impuestos debemos cumplir con lo siguiente:
• Tener Clave Bancaria Estandarizada (Clabe)
• Nombre del contribuyente
• Enviar la declaración con Firma Electrónica Avanzada si saldo a favor es mayor de 40,000 pesos
• Capturar correctamente los datos y montos de las deducciones personales
Adicionalmente, tendrás que usar el sistema DeclaraSAT tradicional o en línea para elaborar y presentar tu Declaración Anual si eres persona física, y el sistema DEM (Documentos Electrónicos Múltiples) en caso de ser persona moral.
La devolución manual debes solicitarla con el formato 32; de igual manera, debes conocer los requisitos necesarios para tramitar tu devolución; dichos requisitos se encuentran en el Anexo 1-A. Ambos documentos te serán presentados más adelante, conforme avances en el proceso de devolución.
¿Cuándo obtenemos la devolución de impuestos?
Una vez que entregues tu documentación, recibirás un acuse de presentación de tu solicitud de devolución con número de control. Luego, debes esperar la resolución a tu solicitud, esto sucede dentro de los 40 días hábiles siguientes a la entrega de tus documentos.
Si tu solicitud ha sido aceptada, entonces recibirás dentro del plazo mencionado el importe de tu devolución mediante un depósito bancario en la cuenta que hayas proporcionado, o bien un cheque en el domicilio fiscal que tengas registrado.
El Impuesto al Valor Agregado, aquel que grava toda transacción onerosa de compra venta de bienes, es pasible de una devolución de los saldos a favor en caso de exportación de bienes.
Así lo determina el artículo 29 de la Ley que dice que las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten.
• La enajenación de bienes intangibles realizada por persona residente en el país a quien resida en el extranjero.
• El uso o goce temporal, en el extranjero de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el país.
• El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país.
Con esto se tiene fundamento para solicitar el IVA que queda a favor en todos y cada uno de los meses que se determine.
Devolución de saldos a favor del IVA por inversión en activo fijo
Los contribuyentes que realicen proyectos de inversión de activo fijo, es decir, adquisición o elaboración de bienes, o prestación de servicios u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes relacionados con la adquisición o elaboración de los bienes de activo, tendrán la posibilidad de una resolución de su solicitud de devolución de saldos a favor del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles. Para ello se deberá cumplir con lo siguiente:
• El IVA acreditable de las citadas inversiones represente cuando menos el 50% del IVA acreditable total que se declare.
• El saldo a favor
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